Propiedad Industrial - Registro Nacional
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11. Si el que vende o compra es una persona jurídica, tiene que indicar elrepresentante con todas sus calidades, su domicilio y en qué concepto actúa,además de todos los requisitos antes mencionados. (art. 4 inc. b) RMG)12. Requisito especial para el abogado autenticante: aplicar el art. 1263 del CódigoCivil cuando sea necesario en entidades jurídicas y aportarlo la solicitud detraspaso13. Lugar exacto para notificaciones (comprador y vendedor) (art. 18 inc. e),RMG)14. Firmas de los solicitantes (Art. 4, inc. g) RMG)15. Firma del abogado autenticante y su respectivo sello. (Art. 18, inc. f) RMG)16. Derechos en timbres (¢250,00 del Colegio de Abogados, ¢20,00 de Archivo<strong>Nacional</strong> y ¢40.000,00 en Timbres de <strong>Registro</strong> <strong>Nacional</strong> (Acuerdo firme N° J471de la Sesión Ordinaria N° 43-2012 celebrada el 1 de noviembre de 2012 por laJunta Administrativa del <strong>Registro</strong> <strong>Nacional</strong>).17. Copia de la solicitud para presentarlo al diario de <strong>Propiedad</strong> <strong>Industrial</strong>18. Indicar por cuál medio está solicitando el traspaso (compraventa, cesión,dación, donación)B) Requisitos específicos1. Antecedentes de la marca2. Certificación de personería jurídica3. Cuando se solicita a nombre de un menor de edad, aportar la certificación dela patria potestad (art. 140 del Código de Familia)4. Certificación de bienes gananciales5. Certificación de la herencia del bien6. Poder especial registralXXXII. Inscripción de una prendaA) Requisitos generales48