13.07.2015 Views

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

59textura y la cantidad <strong>de</strong> masa forestal <strong>de</strong> los terrenos, conforme con elapartado (d) <strong>de</strong>l artículo 33 <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>nación <strong>de</strong>l Territorio yProtección <strong>de</strong>l Paisaje.b. Conservará el paisaje tradicional <strong>de</strong> la flora y al cubierta vegetal ypotenciará el crecimiento <strong>de</strong> vegetación autóctona espontánea queactualmente se encuentre a nivel <strong>de</strong> sotobosque.2. Queda prohibida la introducción sistemática, mediante plantación o siembra,<strong>de</strong> especies vegetales foráneas, no agrícolas, salvo en los casos especiales que seconsi<strong>de</strong>ren convenientes en el marco <strong>de</strong> acciones <strong>de</strong> or<strong>de</strong>nación paisajística omedioambiental.3. Los sistemas <strong>de</strong> repoblación a utilizar no <strong>de</strong>svirtuarán los usos <strong>de</strong>l suelo en elpasado.4. Las labores silvícolas se integrarán en el paisaje.Artículo 10. Integración sonora.1. <strong>El</strong> sonido constituye un elemento esencial <strong>de</strong> la percepción <strong>de</strong>l territorio, yconsiguientemente <strong>de</strong> la integración paisajística <strong>de</strong> cualquier actuación humanacon inci<strong>de</strong>ncia territorial, en especial en el medio natural2. La planificación territorial y urbanística y la legislación sectorial <strong>de</strong> usos,tendrá en cuenta la emisión sonora a la hora <strong>de</strong> establecer los usos compatibles eincompatibles en cada unidad paisajística. A tal efecto buscará la localización mása<strong>de</strong>cuada <strong>de</strong> los focos emisores para la minorización <strong>de</strong> la contaminaciónacústica, y adoptará, en su caso, las pertinentes medidas correctoras oatenuantes que se estimen necesarias para la disminución <strong>de</strong> los mismos.3. En cualquier caso, se establecerán bandas <strong>de</strong> protección entre las zonashabitadas o naturales especialmente sensibles y los focos <strong>de</strong> emisión <strong>de</strong>contaminación sonora, indicando la intensidad acústica admisible para laimplantación <strong>de</strong> los mismos.4. Se fomentarán medidas que contribuyan a la conservación y percepciónauditiva <strong>de</strong>l silencio así como <strong>de</strong> los sonidos emitidos por la flora y la fauna en elmedio natural.Artículo 11. Integración lumínica.1. La intensidad luminosa constituye un elemento esencial <strong>de</strong> la percepción <strong>de</strong>lterritorio, y consiguientemente <strong>de</strong> la integración paisajística <strong>de</strong> cualquier actuaciónhumana con inci<strong>de</strong>ncia territorial, en especial en el medio natural.2. La planificación territorial y urbanística y la legislación sectorial reguladora <strong>de</strong>usos, tendrá en cuenta la emisión lumínica tanto diurna como nocturna a la horaEstudio <strong>de</strong> Paisaje <strong>de</strong>l Plan General <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>nación Urbana <strong>de</strong>l <strong>Campello</strong> (Alicante)Ajuntament <strong>de</strong>l <strong>Campello</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!