13.07.2015 Views

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

9,1 Mb. - Ayuntamiento de El Campello

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

62directo e inmediato <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la carretera, siempre que no contengan, a su vez,mensajes publicitarios.2. Los que se refieran a activida<strong>de</strong>s y obras que afecten a la carretera.3. Rótulos <strong>de</strong> los establecimientos mercantiles o industriales que sean indicativos <strong>de</strong>la actividad que se <strong>de</strong>sarrolla en los mismos, siempre que estén situados sobrelos inmuebles en que aquellos tengan su se<strong>de</strong> o en sus accesos y no incluyancomunicación adicional alguna ten<strong>de</strong>nte a promover la contratación <strong>de</strong> losproductos o servicios que ofrezcan.4. Los interesados podrán colocar carteles en el dominio público viario previaautorización administrativa y según la normativa <strong>de</strong> señalización vigente.5. La conservación y el mantenimiento <strong>de</strong> los carteles correspon<strong>de</strong>n a los titulares<strong>de</strong> las autorizaciones.6. La autorización podrá ser revocada, sin <strong>de</strong>recho a in<strong>de</strong>mnización, en caso <strong>de</strong> malaconservación, cese <strong>de</strong> la actividad objeto <strong>de</strong> la información, razones <strong>de</strong> seguridad<strong>de</strong> la circulación o perjuicio al servicio público que presta la carretera,procediéndose, en su caso, a retirar el cartel a costa <strong>de</strong>l titular <strong>de</strong> la autorización.Artículo 14. Pasos transversales.1. La altura libre mínima bajo pasos superiores sobre cualquier punto <strong>de</strong> laplataforma no será inferior a cinco metros y treinta centímetros (5,30 m) encarreteras interurbanas y a cinco metros (5 m) en carreteras urbanas.2. La altura libre mínima bajo pasarelas, pórticos o ban<strong>de</strong>rolas, sobre cualquierpunto <strong>de</strong> la plataforma, no será inferior a cinco metros y medio (5,50 m).3. En túneles la altura libre no será inferior a cinco metros (5 m) en ningún punto<strong>de</strong> la plataforma ni en las zonas accesibles a los vehículos.4. Cualquier modificación <strong>de</strong> las alturas libres mínimas prescritas en esteapartado <strong>de</strong>berá ser <strong>de</strong>bidamente justificada.Artículo 15. Pasarelas peatonales.1. Dichos pasos tendrán una longitud mínima libre <strong>de</strong> 40 m. Estarán abocinados aambos lados en una longitud mínima <strong>de</strong> 60 m. No se <strong>de</strong>berán situar pasos <strong>de</strong>mediana en puntos bajos <strong>de</strong> la rasante, siendo <strong>de</strong>seable que se ubiquen próximosa carriles <strong>de</strong> entrada o salida, <strong>de</strong> manera que pudieran emplearse como vías <strong>de</strong>escape ante emergencias.Estudio <strong>de</strong> Paisaje <strong>de</strong>l Plan General <strong>de</strong> Or<strong>de</strong>nación Urbana <strong>de</strong>l <strong>Campello</strong> (Alicante)Ajuntament <strong>de</strong>l <strong>Campello</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!