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TE QUEDARÁS EN LA OSCURIDAD

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Esta externalización de un servicio público, que pierde su condición como tal, se realizó<br />

además en un contexto de crisis económica y especial incidencia del número de desahucios.<br />

El Defensor del Pueblo, en su Informe Anual de 2014 señalaba que:<br />

“Entre esas consecuencias cabe señalar que varía completamente su situación,<br />

de ser los destinatarios directos del servicio público de promoción de viviendas –<br />

con todo lo que ello lleva consigo – a ser simples sujetos de una relación arrendaticia<br />

de carácter privado, en la que no tienen una posición de igualdad real con<br />

el arrendador. Ello trae como consecuencia que carecen de medios de oposición<br />

frente a medidas adoptadas por nuevo dueño-arrendador, de manera unilateral<br />

y con un empeoramiento de la situación inicial del inquilino (subidas de renta, de<br />

gastos de comunidad, obligación de contratar un seguro, etc.).” 19<br />

La gravedad para la vulneración de los derechos de los niñas, niños y adolescentes, en<br />

casos de desahucio derivado de vivienda pública (o vivienda pública privatizada), tiene<br />

que ver sobretodo con la dejación hecha en sus obligaciones por el Estado. El desalojo<br />

en estos casos implica la producción de un daño de difícil reparación causado directamente<br />

por la acción consciente del Estado.<br />

19 https://www.defensordelpueblo.es/wp-content/uploads/2015/06/Informe2014.pdf<br />

66<br />

Desahucios, familias e infancia desde un enfoque de derechos

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