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REPORTE INTEGRADO 2015

Reporte_Integrado_Agrosuper_2015

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Reporte Integrado<br />

filiales, y afirmando que las imputaciones formuladas no son efectivas y desconocen<br />

la realidad de los mercados relevantes, que demuestra inequívocamente el correcto<br />

funcionamiento de éstos.<br />

El H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia recibió la causa a prueba con fecha<br />

24 de Enero de 2012, quedando a firme dicha resolución el día 22 de Marzo de 2012,<br />

luego de resolverse los recursos de reposición interpuestos por las partes.<br />

Por resolución de fecha 4 de marzo de 2014, se fijó como fecha para la audiencia de<br />

vista de la causa el día 2 de abril de 2014, a las 10:00 hrs, fecha en la cual el H. Tribunal<br />

de Defensa de la Libre Competencia, en audiencia pública, recibió los alegatos de las<br />

partes.<br />

Con fecha 25 de septiembre de 2014, el H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia,<br />

procedió a dictar sentencia, la cual fue notificada a Agrosuper en esa misma fecha.<br />

Con fecha 7 de octubre de 2014, Agrosuper interpuso un recurso de reclamación en<br />

contra de la sentencia definitiva N°139/2014, solicitando que se elevaran todos los<br />

antecedentes a la Excma. Corte Suprema para que ésta, previa vista de la causa, acoja<br />

el recurso, todo ello en virtud de los antecedentes de hecho, derecho y económicos<br />

expuestos en dicho recurso.<br />

Con fecha 18 y 19 de marzo de <strong>2015</strong>, se realizaron los alegatos de las partes en la<br />

Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema, quedando con fecha 27 de mayo de <strong>2015</strong>,<br />

la causa en estado de acuerdo. Posteriormente, con fecha 29 de octubre de <strong>2015</strong>, la<br />

Excma. Corte Suprema dictó sentencia.<br />

Con fecha 10 de noviembre de <strong>2015</strong>, el H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia<br />

notificó por estado diario la resolución cúmplase, procediendo Agrosuper al pago de la<br />

multa de 30.000 UTA con fecha 20 de noviembre de <strong>2015</strong>.<br />

Demandas colectivas por vulneración al interés colectivo y difuso de<br />

consumidores.<br />

a) Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Asociación de<br />

Consumidores (CONADECUS).<br />

Con fecha 30 de octubre de <strong>2015</strong>, Conadecus interpuso una demanda civil en<br />

protección del interés colectivo y difuso de consumidores y usuarios.<br />

A la emisión de los presentes Estados Financieros Consolidados, Agrosuper no ha sido<br />

notificada de dicha demanda.<br />

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