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DEFINICION<br />
La Comunidad Educativa del I.E.D. Liceo Femenino Mercedes Nariño<br />
Conformado por Directivos Docentes, Educandos, Personal Administrativo, Padres<br />
de Familia o Acudientes y Estudiantes de Primaria y Secundaria dan a conocer a<br />
través de este documento los servicios que presta la Institución, los requisitos para<br />
pertenecer a ella, la Misión, los Principios, los Fines y las Normas que definen los<br />
Derechos y Compromisos de los Alumnos, de sus relaciones con los demás<br />
estamentos de la Comunidad Educativa, para que de ésta manera, se participe y<br />
se comprometa decididamente en el mejoramiento continuo de nuestra Institución<br />
y la adecuada e integral formación de las estudiantes.<br />
El Manual de convivencia escolar, se consolida y pretende ser una herramienta<br />
clara concisa y contundente, a la hora de regular, definir y establecer conductas,<br />
comportamientos y actitudes dignificantes, sanas y pedagógicas, dentro del marco<br />
escolar de la institución educativa, dando respuesta actualizada a las enormes<br />
exigencias de una visión educativa en Colombia, que realmente forme<br />
integralmente a los individuos.<br />
Este manual, responde a los conceptos en consenso entre las diferentes<br />
instancias a saber: Rector, Consejo Directivo, representante de Padres de Familia,<br />
representante de las estudiantes, representante de La Comunidad.<br />
Igualmente, este presente manual de convivencia, se establece, para dar<br />
cumplimiento y soportado en la LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (Ley 1098<br />
de Nov. de 2006)<br />
Se consolida, éste presente manual, contando con la asesoría jurídica necesaria,<br />
además de su correspondiente aprobación en consenso general, lo que implica,<br />
que este canon de comportamiento o manual de convivencia, debe ser asumido,<br />
respetado y acatado por convicción y de manera obligatoria, para el sano y pleno<br />
desarrollo integral de los educandos y de la institución en general, con el<br />
respectivo soporte de Ley.<br />
Que el Consejo Directivo se ampara en las leyes y normas nacionales y distritales;<br />
Además, de las estipuladas en el Manual de Convivencia Institucional y de lo<br />
Conceptuado por la Corte Constitucional cuando declara:<br />
Que “Al momento de matricularse una persona en la I.E.D. Liceo<br />
Femenino Mercedes Nariño celebra por ese acto un Contrato de<br />
Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear<br />
obligaciones”. (ST- 612/92).<br />
Que “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia,<br />
en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro<br />
Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental<br />
que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe<br />
cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para<br />
excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97).<br />
Que “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los<br />
que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos<br />
fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino<br />
también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la<br />
persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también<br />
ella debe respetar su propio ser”. (ST- 02/92).<br />
Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la<br />
disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés<br />
general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona<br />
del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en<br />
el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor<br />
formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener<br />
suficiente entidad como para que la persona sea retirada del<br />
establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”.<br />
(ST- 316/94).
Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en<br />
cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que<br />
comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la<br />
subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para<br />
su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus<br />
responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se<br />
comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales<br />
conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones<br />
previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las<br />
cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del<br />
establecimiento educativo”. (ST- 519/92).<br />
Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía<br />
se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como<br />
para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones<br />
recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles<br />
Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o<br />
reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que<br />
deben seguir las partes del proceso Educativo (ST- 527/95).<br />
Que “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema<br />
Educativo, salvo que existen elementos razonables – incumplimiento<br />
académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a<br />
privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa<br />
determinada”. (ST- 402/92).<br />
Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas a la estudiante resulta<br />
acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando<br />
se encuentran consignadas en el manual de convivencia que él y sus<br />
acudientes, firman al momento de establecer la vinculación<br />
educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, así<br />
como a integrar el plantel, pero lo que sí se le puede exigir, inclusive<br />
mediante razonables razones es que cumpla sus cláusulas una vez<br />
han entrado en Vigor, en este orden de ideas, concedida la<br />
oportunidad de estudio, el comportamiento del estudiante si<br />
reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o<br />
grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de<br />
exclusión”. (SC- 555/94).<br />
Nota: El fundamento y soporte legal y jurídico del presente reglamento o manual<br />
de convivencia, serán los anteriores conceptos jurídicos y los demás que exija la<br />
ley.<br />
Igualmente la filosofía de la institución educativa, así mismo, declarando y<br />
respetando las normas, derechos y promoviendo los deberes de las estudiantes y<br />
los padres de familia, y los docentes y directivas, así como regulando y<br />
estableciendo las sanciones, prohibiciones y estímulos correspondientes.<br />
DE LA CALIDAD DE LA ESTUDIANTE LICEÍSTA Y DEL ACOMPAÑAMIENTO<br />
DE LAS ESTUDIANTES<br />
DECÁLOGO DE LA ESTUDIANTE LICEÍSTA<br />
1. Portar adecuadamente el uniforme, el carnet y la agenda estudiantil.<br />
2. Mantener aseados los espacios de clase y descanso.<br />
3. Respetar a todos y todas las integrantes del Liceo, utilizando un vocabulario<br />
pulcro y decente<br />
4. Justificar las inasistencias.<br />
5. Nunca evadir clase y nunca evadir colegio.<br />
6. No rayar las paredes de los salones, baños y/o pupitres.<br />
7. Ser las más puntuales en el cumplimiento de los horarios.<br />
8. Jamás apropiarme de lo que no me pertenece.<br />
9. Solucionar las diferencias de manera pacífica e inteligente.<br />
10. Cumplir satisfactoriamente con mis deberes académicos.
PERFIL DE LA ESTUDIANTE LICEISTA<br />
Tenemos el compromiso de expresar ante la sociedad actual los valores<br />
sembrados y construidos a partir de la Educación Liceísta, por tanto la Liceísta es:<br />
• Una persona que vivencia y promueve valores para su proyecto de vida,<br />
ejerciendo un liderazgo solidario y positivo en la sociedad, en la familia y en su<br />
vida laboral.<br />
• Con pensamiento autónomo, crítico y analítico, capaz de proponer soluciones,<br />
tomar decisiones y asumir las responsabilidades que de éstas se desprenden.<br />
• Comprometida con la transformación social, asumiendo posturas relacionadas<br />
con su cotidianidad, el contexto y los saberes a través de la comunicación<br />
asertiva.<br />
• Con una formación íntegra, humana e idónea en las diferentes áreas del saber<br />
encaminadas hacía el perfeccionamiento y excelencia.<br />
• Capaz de utilizar la ciencia y la tecnología en beneficio propio y del ámbito<br />
social.<br />
• Actitud conciliadora frente a situaciones problémicas<br />
• Dinámica frente al saber, con actitud creativa, científica, analítica, crítica y<br />
lógica.<br />
• Exponente de expresiones artísticas, culturales y deportivas de la institución.<br />
ARTICULO Nº 01 REQUISITOS DE INGRESO:<br />
1. Realizar la correspondiente inscripción para ingresar a la educación oficial si la<br />
aspirante procede de colegio privado.<br />
2. Diligenciar oportunamente la solicitud de traslado, si la aspirante se encuentra<br />
matriculada en un Colegio oficial del Distrito Capital.<br />
3. Presentar en el tiempo señalado la documentación requerida para obtener la<br />
orden de matrícula. Esta será expedida únicamente por el Rector o su<br />
delegado.<br />
4. Presentarse con el acudiente para legalizar la matrícula en los días y horas<br />
señaladas por el colegio.<br />
5. Las estudiantes de la jornada nocturna para su matrícula no requieren de<br />
acudiente.<br />
6. Conocer el Manual de Convivencia antes de formalizar la matrícula.<br />
PARÁGRAFO 1.<br />
El incumplimiento a cualquiera de estos requisitos acarrea la pérdida del cupo, en<br />
caso de haberlo obtenido.<br />
7. La presentación de por lo menos un documento ilegal es causal para la perdida<br />
del cupo en alumnas nuevas y no renovación de matrícula en alumnas antiguas.<br />
8. Los costos educativos estarán de acuerdo a las normas que el Ministerio y la<br />
Secretaría de Educación produzcan para ello.<br />
ARTÍCULO Nº 02 MATRÍCULA<br />
La matrícula es el acto por el cual la aspirante admitida, previa autorización del<br />
Rector adquiere la calidad de, estudiante Liceísta y constituye un contrato entre la<br />
Secretaría de educación del Distrito representada por el Colegio, y el padre de<br />
familia y / o acudiente, por el cual las partes se obligan a cumplir y ejercer sus<br />
derechos y responsabilidades según el Manual de Convivencia y las normas<br />
educativas vigentes.<br />
“Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo<br />
celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es<br />
un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST- 612/92).<br />
NOTA: para garantizar una educación de calidad, y soportados en el artículo 53<br />
de la ley de infancia y adolescencia (ley 1098) las estudiantes antiguas, que
presenten antecedentes disciplinarios negativos y complejos estarán sujetos a<br />
condiciones especiales de cumplimiento y respeto por el presente manual y de la<br />
misma manera de su rendimiento en el área académica, todo debidamente<br />
clarificado por escrito y con copia a su observador de la estudiante, esto con el fin<br />
del restablecimiento de sus derechos y para el presente manual en el<br />
cumplimiento de sus deberes, igualmente consagrado en el artículo 15 de la ley<br />
1098 donde declara, que los niños, niñas y adolescentes, deberán cumplir con sus<br />
obligaciones o deberes cívicos y sociales que corresponden a un individuo de su<br />
desarrollo. Del mismo modo, acatando lo que señala la corte constitucional:<br />
Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la<br />
disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés<br />
general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona<br />
del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en<br />
el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor<br />
formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener<br />
suficiente entidad como para que la persona sea retirada del<br />
establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”.<br />
(ST- 316/94).<br />
PARÁGRAFO 1: Solo se acepta Acudiente en el caso que el Estudiante no viva<br />
con los Padres y/o Abuelos y tenga autorización de ellos para representarlos.<br />
PARÁGRAFO 2: Para su admisión el Consejo Directivo estudiará los casos<br />
especiales de estudiantes con problemas disciplinarios. Soportado en la sentencia<br />
de la corte que declara:<br />
Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no<br />
solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comporta exigencias<br />
de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues<br />
quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el<br />
discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen<br />
disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias<br />
propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las<br />
sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de<br />
las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del<br />
establecimiento educativo”. (ST- 519/92).<br />
ARTÍCULO Nº 04 UNIFORMES<br />
El Uniforme de la Institución es expresión de identidad y exige compostura,<br />
dignidad, recato y promueve relaciones de calidades humanas dignas y sanas<br />
además de distinguir particularmente a las estudiantes de la I.E.D. Liceo Femenino<br />
Mercedes Nariño de los demás.<br />
Uniforme diario Alumnas: Sección Primaria y Secundaria.<br />
- Jardínera (según modelo) que cubra la rodilla.<br />
- Bicicletero negro<br />
- Camisa blanca<br />
- Saco de color verde oscuro y con el escudo del I.E.D. Liceo femenino<br />
Mercedes Nariño (según modelo)<br />
- Media blanca que cubre toda la pantorrilla y debajo de la rodilla.<br />
- Zapato negro de amarrar<br />
- Accesorios discretos, que combinen con el uniforme, que de ninguna manera,<br />
constituyan una moda estética de momento, ni que sean parte de la estética de<br />
grupos urbanos, subculturas o tribus urbanas.<br />
PARAGRAFO 1: Velando por la integridad, física, moral, psicológica y la dignidad<br />
de las alumnas, se define, para el presente manual, que el uso del uniforme de la<br />
institución, de ninguna manera estará ligado a modas y/o tribus urbanas, o<br />
subculturas, considerando estos como conceptos pasajeros, que agreden en<br />
algunos casos, la integridad, la dignidad y el buen nombre de las alumnas<br />
propician resultados nocivos para los mismos, como faltas de respeto, agresiones<br />
físicas y de cualquier otra índole, de cualquier modo, dando cumplimiento a los
artículos 18, 19, 39, 41 numerales 8 y 9, artículo 42 numeral 3, artículo 43, articulo<br />
44 numeral 4 de la ley de 1098 de infancia y adolescencia y en consenso con el<br />
consejo directivo de la institución, se establece que el uso apropiado, adecuado y<br />
digno del uniforme de identificación de la I.E.D. Liceo Femenino Mercedes Nariño<br />
para las niñas, adolescentes y jovencitas, comprende el uso de la jardínera del<br />
colegio, cubriendo la rodilla, sin maquillajes excesivos o grotescos. Tanto niñas,<br />
adolescentes y jovencitas, que usen piercings o cualquier similar, lo usará fuera<br />
del horario educativo y fuera de las instalaciones de la institución educativa, y<br />
jamás usará estos accesorios combinados con el uniforme de la institución.<br />
Esto sin pretender afectar su libre desarrollo de la personalidad, pues las alumnas<br />
y los alumnos, pueden asumir estos vestuarios y estética de manera autónoma y<br />
propia, siempre y cuando no sea dentro de la jornada educativa, ni usando el<br />
uniforme de la institución, sino en su cotidiano vivir, con su vestuario de diario o<br />
particular y amparados y autorizados por sus padres y/o acudientes.<br />
Uniforme de Educación Física:<br />
- Sudadera color azul rey (según modelo). Chaqueta o buzo de color azul rey y<br />
blanco con el escudo de la I.E.D. Liceo Femenino Mercedes Nariño (según<br />
modelo)<br />
- Camiseta blanca con el escudo de la I.E.D. Liceo Femenino Mercedes Nariño<br />
(según modelo)<br />
- Pantaloneta color azul rey según modelo<br />
- Medias blancas que cubran la pantorrilla y debajo de la rodilla<br />
- Zapatos tenis blancos de amarrar<br />
PARAGRAFO 2 : El pantalón de la sudadera es de bota recta y con el debido<br />
dobladillo en su final.<br />
PARAGRAFO 3 : Las estudiantes de grado Undécimo previa concertación con los<br />
padres de familia y/o acudientes y con la respectiva autorización de las Directivas<br />
de la Institución podrán usar la chaqueta de la promoción.<br />
PARAGRAFO 4: De ninguna manera, se permitirán modas estéticas que<br />
pertenezcan a grupos urbanos, subculturas ni tribus urbanas, puesto que se<br />
consideran los modelos del uniforme como primera instancia de la estética en<br />
comunidad, por ende el uniforme de la institución es uniforme y NO estará de<br />
ninguna manera ligado a modas o comportamientos estéticos pasajeros, que<br />
promuevan el irrespeto, la degradación o un ataque a la dignidad de los individuos.<br />
ARTÍCULO Nº 05 CONDUCTO REGULAR<br />
Busca superar la naturaleza normativa que tienen los reglamentos escolares; los<br />
podemos llamar como consustanciales a la vigencia de los derechos humanos:<br />
Entre otros, estarían el diálogo, la participación y la investigación.<br />
Para dar una oportuna y justa solución a los reclamos y/o dificultades, las<br />
estudiantes y padres de familia o acudientes deben agotar el diálogo y la<br />
concertación de acuerdo con el siguiente conducto regular:<br />
EN ASPECTOS DE CONVIVENCIA:<br />
1. Conciliadoras de paz<br />
2. El Profesor respectivo de la asignatura.<br />
3. El Director de Curso<br />
4. El Director (a) de curso con sus estudiantes. (ASAMBLEA DE CURSO)<br />
5. La Coordinación de convivencia<br />
6. El Comité de convivencia institucional (con conformación según acuerdo 004<br />
de 2000)<br />
7. El Rector.<br />
8. El Consejo directivo
EN ASPECTOS ACADÉMICOS:<br />
1. El profesor de la asignatura.<br />
2. El Director de Curso<br />
3. El Jefe de área respectivo.<br />
4. La Coordinación académica.<br />
5. El Comité Académico de cada jornada<br />
6. La Comisión de Evaluación y promoción.<br />
7. El Consejo Académico.<br />
8. El Rector.<br />
9. El Consejo Directivo.<br />
PARÁGRAFO<br />
1. Teniendo en cuenta la problemática presentada, la estudiante será remitida al<br />
departamento de orientación y asesoría escolar como órgano de apoyo en los<br />
procesos convivenciales y académicos de la institución.<br />
2. Las instancias funcionan previo estudio y clasificación de la falta. (No siempre<br />
se deben seguir todas y cada una de estas instancias).<br />
CAPÍTULO IV<br />
DERECHOS Y DEBERES<br />
ARTÍCULO Nº 06 DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES<br />
DERECHO: ES LA FACULTAD QUE TIENE CADA PERSONA PARA DECIDIR<br />
O EXIGIR LO QUE CORRESPONDE LEGÍTIMAMENTE.<br />
Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad, sin más<br />
limitaciones que las que les imponen los derechos de los demás, y el orden<br />
jurídico ( Art. 16 de C. N.), es decir, la libertad personal está condicionada y<br />
limitada por las exigencias de la convivencia, exigencias que pueden sintetizarse<br />
en “Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios” (Art., 95 numeral 1,<br />
C. N. ). Por tanto el ejercicio de la libertad y de los derechos a nivel personal y<br />
grupal, excluyen el abuso e implican claros deberes frente a la convivencia con los<br />
demás.<br />
SON DERECHOS DE LA ESTUDIANTE LICEÍSTA:<br />
1. Obtener, al iniciar del año escolar, la información total y clara sobre las normas<br />
y cánones que promueve el Manual de Convivencia, para acatarlos por<br />
convicción y cumpliendo a cabalidad lo que promueve la ley 1098 (código de<br />
infancia y adolescencia). Articulo 7. Articulo 17.<br />
2 Ser respetado en su integridad y dignidad personal. Ley 1098 articulo 18.<br />
Entiéndase: Dignidad significa "calidad de digno". Deriva del adjetivo latino<br />
dignus, se traduce por "valioso"; es el sentimiento que nos hace sentir valiosos,<br />
sin importar nuestra vida material o social. La dignidad se basa en el<br />
reconocimiento de la persona de ser merecedor de respeto, es decir que todos<br />
merecemos respeto sin importar como seamos. Al reconocer y tolerar las<br />
diferencias de cada persona, para que esta se sienta digna y libre, se afirma la<br />
virtud y la propia dignidad del individuo, fundamentado en el respeto a<br />
cualquier otro ser. La dignidad es el resultado del buen equilibrio<br />
emocional. A su vez, una persona digna puede sentirse orgullosa de las<br />
consecuencias de sus actos y de quienes se han visto afectados por ellos. Un<br />
exceso de dignidad puede fomentar el orgullo propio, pudiendo crear la<br />
sensación al individuo de tener derechos inexistentes. La dignidad refuerza la<br />
personalidad, fomenta la sensación de plenitud y satisfacción. Es el valor
intrínseco y supremo que tiene cada ser humano, independientemente de su<br />
situación económica, social y cultural, así como de sus creencias o formas de<br />
pensar. El ser humano posee dignidad por sí mismo, no viene dada por<br />
factores o individuos externos, se tiene desde el mismo instante de su<br />
concepción y es inalienable. Es constante en la historia de la humanidad,<br />
negar la dignidad humana para justificar y justificarse en los atentados contra<br />
ella. La dignidad en las personas es muy importante porque tiene muchos<br />
valores que atañen a ella y son por ejemplo: el respeto, la moral, autoestima,<br />
"orgullo propio", etc.<br />
Obtenido de<br />
"http://es.wikipedia.org/wiki/Dignidad".<br />
"La dignidad de la persona se funda en el hecho incontrovertible de que el ser<br />
humano es, en cuanto tal, único en relación con los otros seres vivos, dotado<br />
de la racionalidad como elemento propio, diferencial y específico, por lo cual<br />
excluye que se lo convierta en medio para lograr finalidades estatales o<br />
privadas, pues, como lo ha repetido la jurisprudencia, la persona es "un fin en<br />
sí misma". Pero, además, tal concepto, acogido por la Constitución, descarta<br />
toda actitud despectiva frente a sus necesidades corporales y espirituales,<br />
todas las cuales merecen atención en el Estado Social de Derecho, que<br />
reconoce en el ser humano la razón de su existencia y la base y justificación<br />
del sistema jurídico." ( Corte Constitucional Colombiana. Sala Quinta de<br />
Revisión. Sentencia T-556 del 6 de octubre de 1998).<br />
Clarificando y expresado para el presente manual, el concepto de libre<br />
desarrollo de la personalidad, lo establecido por instancias pertinentes e<br />
idóneas en ese concepto entiéndase:<br />
Libre: que no ha sido coaccionado, inducido, manipulado, acción o decisión o<br />
estado autónomo. Adj. Propio. Este estado (LIBRE) define a quien no es<br />
esclavo, ni sujeto, ni impedido al deseo de otros de forma coercitiva. En otras<br />
palabras, lo que permite al hombre decidir si quiere hacer algo o no, lo hace<br />
libre, pero también responsable de sus actos. En caso de que no se cumpla<br />
esto último se estaría hablando de libertinaje.<br />
Desarrollo: En sociología: Desarrollo humano. Consecución de capacidades que<br />
permitan a las instituciones y personas ser protagonistas de su bienestar.<br />
Desarrollo social. Mejora de la calidad de vida y bienestar en la población.<br />
PERSONALIDAD: La personalidad es un constructo psicológico, con el que nos<br />
referimos a un conjunto dinámico de características de una persona. También es<br />
conocida como un conjunto de características físicas, sociales y genéticas que<br />
determinan a un individuo y lo hacen único e irrepetible.<br />
Tomado de www.wikipedia.org<br />
PARAGRAFO 1. Para dar cumplimiento al artículo 17, artículo 18, articulo 20<br />
numeral 1, articulo 33, articulo 39 numerales 1, 3,5, 6, articulo 41 numeral 19,<br />
articulo 42 numeral 3, articulo 43, articulo 44 numeral 2 numeral 4, numeral 6,<br />
numeral 10 de la ley de infancia y adolescencia 1098, en el presente manual<br />
queda establecido que no se permiten dentro de la institución educativa a las<br />
niñas y adolescentes escolarizados dentro de la institución, ningún tipo de<br />
conductas, moda o acciones propias y lesivas, del fenómeno juvenil<br />
denominado emo, o sus afines subsiguientes, por considerar que vulneran los<br />
derechos a la vida, ya que promueven el suicidio y la mutilación y/o cortes con<br />
cuchillas, además que sus acciones igualmente promueven, la anorexia, la<br />
homosexualidad y la androginia; por ello son consideradas para el presente<br />
manual acciones o conductas que causan muerte, daño o sufrimiento físico,<br />
sexual o psicológico y que están tipificadas reiteramos en los anteriores<br />
artículos citados, como acciones, conductas y comportamientos, que<br />
claramente atentan contra la integridad, física, moral y psicológica, además de<br />
la dignidad personal de las alumnas de la institución educativa.
NOTA: El presente manual dando cumplimiento a los artículos, 17, 18 y 44<br />
numeral 9, de la ley 1098 de infancia y adolescencia, así como también dando<br />
cumplimiento a la ley de garantes, que cita Bajo el título de “Acción y omisión”, el<br />
artículo 25 del Código Penal de 2000 —Ley 599— y dice:<br />
“La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión.<br />
Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una<br />
descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo,<br />
quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto,<br />
se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien<br />
jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de<br />
una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley.<br />
En este caso, se entenderá como omisión, descuido y trato negligente, -véase<br />
articulo 18 de la ley 1098 de infancia y adolescencia- estas conductas cuando<br />
sean aprobadas y facilitadas o respaldadas por los padres de familia,<br />
representantes legales y/o acudientes y la institución educativa, reportará<br />
dichos casos de automutilación, anorexia, bulimia, depresión, intentos de<br />
suicidio, agresión física, homosexualismo, y demás conductas afines del<br />
fenómeno emo y sus similares o degradaciones subsiguientes, en<br />
cumplimiento a la ley de garantes y al artículo 44 numeral 9 de la ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
3. Participar en la elaboración y aplicación del P.E.I. de la institución.<br />
4. Participar en la elaboración y aplicación del PACTO DE CONVIVENCIA<br />
DEL CURSO, así como participar en las asambleas de curso.<br />
5. Que sean valoradas y tenidas en cuenta sus opiniones.<br />
6. Recibir oportunamente el carné estudiantil y/o su renovación, así como la<br />
agenda escolar<br />
7. Utilizar y aprovechar los espacios lúdicos.<br />
8. Tener acceso a la biblioteca y salas de informática en los tiempos<br />
establecidos para ello.<br />
9. Obtener permiso para ausentarse del Colegio, cuando las circunstancias lo<br />
justifiquen y con previa solicitud del acudiente. En todo caso, el permiso<br />
sólo lo concede alguno de los Directivos del Colegio y siempre con la<br />
información radicada en la Coordinación de Convivencia.<br />
10. Supervisar de manera personal o a través de sus representantes en el<br />
gobierno escolar, el cumplimiento del Presente Manual de Convivencia,<br />
particularmente en lo que se refiere a la acreditación de los estímulos de<br />
que habla el artículo 13 del presente Manual de Convivencia.<br />
11. Participar por medio de sus representantes, en la elaboración del MANUAL<br />
DE CONVIVENCIA ESCOLAR y en las adiciones y/o modificaciones<br />
posteriores.<br />
12. A recibir respeto a mi vida, a mi integridad física y emocional y a no ser<br />
agredida física, verbal o moralmente.<br />
13. A no ser amenazadas ni intimidadas. Artículo 45 de ley 1098.<br />
14. Ser tenidas en cuenta para recibir los estímulos que la institución otorga<br />
como reconocimiento al rendimiento académico y/o al buen<br />
comportamiento.<br />
15. Ser escuchada antes de ser sancionada, pudiendo exponer oportunamente<br />
las razones, enmarcadas en la verdad y en el respeto hacia las personas<br />
vinculadas a la institución, estableciendo un diálogo para solucionar el<br />
problema.<br />
16. Ser corregida justa y oportunamente por la autoridad competente después<br />
de que se haya seguido el conducto regular.<br />
17. A recibir la educación orientada por el plantel en igualdad de condiciones y<br />
respeto a la dignidad, en cuanto a identidad, intimidad, diferencias étnicas,<br />
ideológicas, políticas, religiosas y sociales sin que su acción o práctica<br />
perjudiquen el bien común y no atenten contra el buen funcionamiento del<br />
plantel
18. Utilizar los espacios, recursos y servicios con que cuenta el colegio como<br />
salones, pupitres, canchas deportivas, zonas verdes, jardines, fuente,<br />
cafeterías, teatro, biblioteca y laboratorios.<br />
19. A ser orientada, apoyada y estimulada en el desarrollo de actividades<br />
culturales y artísticas deportivas e intelectuales, siempre y cuando hayan<br />
sido autorizadas por la institución y mi comportamiento se ajuste a lo<br />
establecido en el Manual de Convivencia.<br />
20. A conocer los requisitos del comportamiento académico y disciplinario, que<br />
aparece en los controles diarios de clase, controles de aseo, consolidados<br />
de de convivencia y formato de seguimiento convivencial de la estudiante<br />
anotados por las presidentas de curso, docentes o directivos de la<br />
institución, según sea el caso.<br />
21. Apelar y defenderme respetuosamente cuando me sienta lesionada en mis<br />
derechos y en mi integridad personal, acudiendo a instancias superiores,<br />
siguiendo los conductos regulares<br />
22. A utilizar el tiempo libre en actividades lúdicas y formativas previamente<br />
programadas dadas a conocer con anterioridad a coordinación.<br />
23. Participar activamente en la elección de sus representantes al gobierno<br />
escolar, así como otras instancias de participación democrática de la<br />
institución.<br />
24. Recibir con calidad y eficiencia las clases completas y sin interrupciones.<br />
25. Reportar a su director(a) de grupo, dentro de los cinco días hábiles<br />
siguientes a la entrega de informes académicos y convivenciales, las<br />
inconsistencias encontradas en el boletín.<br />
26. Avisar al respectivo profesor cualquier irregularidad o inconsistencia<br />
detectada en sus evaluaciones, en el marco del respeto y la cordialidad.<br />
27. Participar en las actividades de recuperación y profundización en el<br />
desarrollo de los procesos y para alcanzar desempeños y competencias.<br />
28. Se den plazos prudentes para presentar las evaluaciones o realizar los<br />
trabajos cuando no se hayan hecho por ausencia justificada.<br />
29. Conocer oportunamente los proyectos, programas, objetivos, mecanismos<br />
de evaluación y cronograma de actividades de cada área y asignatura.<br />
30. Las estudiantes pueden portar y utilizar de manera discreta los celulares,<br />
los cuales no deben interferir durante las clases, como tampoco deben<br />
distraerse con los mismos.<br />
1. PARAGRAFO:<br />
Ningún miembro de la comunidad se hará responsable por la perdida de los<br />
celulares, que deben ser de total responsabilidad de la estudiante que lo porta.<br />
31. Conocer oportunamente los resultados de las pruebas y trabajos escritos<br />
debidamente revisados y valorados, lo mismo que sus registros en planillas<br />
de las diferentes asignaturas.<br />
32. Participar en las diferentes actividades culturales, artísticas, deportivas e<br />
intelectuales, programadas por la institución.<br />
33. Participar en la planeación, realización y evaluación de las actividades<br />
académicas formales e informales, así como en la evaluación institucional<br />
dando cumplimiento al Art. 31 y Art. 42 Numeral 4 ley 1098.<br />
34. Elegir y ser elegida en los diferentes organismos de participación<br />
estudiantil.<br />
35. Ser integrante de los grupos representativos de la institución (equipos<br />
deportivos, banda marcial, conjuntos musicales, comisiones).<br />
36. Repetir grado por una sola vez en caso de no promoción de acuerdo con el<br />
concepto emitido por la Comisión de evaluación y Promoción del grado<br />
correspondiente.<br />
37. Ingresar o salir en jornada contraria para utilizar las instalaciones del plantel<br />
(biblioteca, secretaría, zonas deportivas, capilla, cafetería) con la<br />
autorización por parte de las coordinaciones respectivas.<br />
38. A ser formadas en la cultura del respeto a la dignidad, el reconocimiento de<br />
los derechos de los demás, la convivencia democrática y los valores<br />
humanos y en la solución pacífica de los conflictos.
39. A que le sean asegurados los medios y condiciones que les garanticen la<br />
permanencia en el sistema educativo y el cumplimiento de sus ciclos<br />
completo de formación.<br />
40. A ser protegida eficazmente contra toda forma de maltrato, agresión física o<br />
psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de las demás<br />
compañeras o algún miembro de la comunidad educativa, especialmente<br />
hacia las niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el<br />
lenguaje o hacia niñas o adolescentes con capacidades sobresalientes o<br />
especiales.<br />
41. A tener apoyo oportuno y orientación en casos de malnutrición, maltrato,<br />
abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y<br />
laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas<br />
las peores formas de trabajo infantil.<br />
42. No ser discriminado por limitaciones físicas, raza o religión. Articulo 42<br />
numeral 12 de la ley 1098. Entiéndase que los grupos urbanos,<br />
subculturas, modas y tribus Urbanas NO constituyen una raza, religión o<br />
etnia.<br />
43. Recibir información ciudadana y Educación Sexual. Articulo 44 numeral 10<br />
ley 1098 de infancia y adolescencia.<br />
44. Seguir el Conducto Regular establecido por el reglamento para la solución<br />
de cualquier conflicto o dificultad de orden académico, disciplinario o<br />
administrativo. Articulo 26, articulo 43 numeral 3 y articulo 44 numeral 6<br />
de la ley 1098 de infancia y adolescencia.<br />
45. Conocer oportunamente los objetivos, la metodología y el sistema<br />
evaluativo de cada asignatura.<br />
46. Ser evaluado cualitativa y permanentemente según sus intereses,<br />
capacidades, esfuerzos dedicación en el logro de los objetivos y teniendo<br />
en cuenta las diversas formas de hacerlo (oral, escrito, individual, grupal,<br />
etc.) según las normas establecidas por el Ministerio de Educación<br />
Nacional.<br />
47. Participar activamente en el proceso enseñanza-aprendizaje y solicitar<br />
aclaraciones y refuerzos cuando los temas no hayan quedado<br />
suficientemente claros.<br />
48. Conocer oportunamente sus logros a través del período académico, antes<br />
de ser pasadas a las planillas y entregadas a Coordinación.<br />
49. Elegir y ser elegido en las elecciones del gobierno Escolar. Artículos 31 y<br />
32 de la ley 1098.<br />
50. Todo estudiante tiene derecho al descanso y a la recreación.<br />
51. Derecho a un trato de acuerdo a su edad. Artículo 18 de la ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
52. A gozar de la amistad de sus maestros dentro de las normas del respeto<br />
mutuo. Articulo 41 numeral 19 y articulo 44 numeral 5 de ley 1098.<br />
ARTÍCULO Nº 07 DEBERES DE LAS ESTUDIANTES<br />
1. Acatar y cumplir la Constitución Política de Colombia y las demás leyes de<br />
la República.<br />
2. Conocer el Manual de Convivencia para cumplir con todas sus obligaciones<br />
Inherentes a la calidad del estudiante y sus deberes tanto cívicos como<br />
sociales dentro de la institución educativa, su ejemplar comportamiento y<br />
sus conductas, comportamientos y acciones dignificantes, respetuosas y<br />
de acuerdo a su edad psicológica y física. Para dar cumplimiento a los<br />
artículos 15, 42 numeral 3, articulo 43 numeral 2, 3, Articulo 44 numerales<br />
4, 6, 7, 10.<br />
3. Ser conscientes y asumir la condición de primer responsable de su propia<br />
formación, de su dignidad, de su autodisciplina y su ejemplar<br />
comportamiento y actitud.<br />
4. Conocer y acatar las disposiciones consignadas en el Pacto de Convivencia<br />
del curso.
5. Cuidar el buen nombre de la Institución, considerando como propio su<br />
Colegio y por lo mismo ser responsables del aseo, la buena presentación<br />
en su uniforme de diario, llevándolo con decoro y dignidad, propender por el<br />
cuidado y el buen uso de los elementos del Liceo para ello, comprender que<br />
mientras porte el uniforme que la distingue como estudiante de la institución<br />
dentro o fuera de la misma, su comportamiento debe ser digno, ejemplar y<br />
de acuerdo a la educación recibida, tanto en el colegio como en su hogar,<br />
tomando como referente que un individuo es el reflejo del núcleo familiar,<br />
de sus padres que le orientan y de la formación académica que recibe.<br />
6. Evitar usar el nombre de la institución en actividades culturales, deportivas<br />
o sociales sin la debida autorización de las directivas de la institución.<br />
7. No hacer comentarios de ninguno de los miembros de la comunidad que<br />
afecten su integridad personal o la buena convivencia de la institución.<br />
8. Respetar las opiniones o puntos de vista de los demás y permitir su libre<br />
expresión, teniendo en cuenta el respeto y las buenas costumbres y por<br />
sobretodo la dignidad de sus compañeras como la suya propia. Artículo 18<br />
de la ley 1098.<br />
9. Portar el carné estudiantil así como la agenda escolar, durante toda la<br />
jornada a partir de la fecha de entrega de los mismos por parte de la<br />
institución.<br />
10. Cumplir con las tareas, lecciones, trabajos y orientaciones señaladas por<br />
los profesores dentro de los términos establecidos.<br />
11. Adquirir y llevar a las clases, los textos, pito, útiles y uniformes<br />
indispensables para el trabajo escolar, como compromiso propio para el<br />
sano y adecuado desempeño escolar.<br />
12. Reconocer y respetar en los demás, los mismos derechos exigibles para sí<br />
mismos, especialmente los contemplados en el Manual de Convivencia.<br />
13. Cumplir en todo momento y lugar, las normas básicas de salud, higiene,<br />
urbanidad y civismo, teniendo en cuenta los principios fundamentales del<br />
P.E.I. y de la convivencia social.<br />
14. Participar activa y puntualmente en todas las actividades programadas<br />
dentro y fuera del Colegio: académicas, culturales, deportivas y recreativas.<br />
15. Informar y presentarse con el acudiente a la Coordinación de Convivencia,<br />
cuando decida retirarse definitivamente del Colegio; y hacer los trámites<br />
administrativos correspondientes.<br />
16. Permanecer en el colegio durante toda la jornada, cumpliendo con las<br />
actividades académicas en las aulas o espacios correspondientes.<br />
17. Justificar las inasistencias en un PLAZO MÁXIMO DE TRES ( 3 ) DÍAS<br />
HÁBILES A PARTIR DEL DÍA DE REINGRESO AL COLEGIO y mediante<br />
presentación personal del padre y/o acudiente a la Coordinación de<br />
Convivencia en el horario establecido para tal fin; o de acuerdo a las pautas<br />
establecidas por la Coordinación de Convivencia para tal fin.<br />
18. Solicitar las citas médicas, odontológicas u otras, a ser posible en horas<br />
que no interfieran en la jornada escolar, para evitar así la pérdida de clases;<br />
el estudiante que solicite este tipo de permisos, se hace responsable de<br />
temas, prácticas y evaluaciones realizadas.<br />
PARÁGRAFO 1:<br />
La autorización para que la estudiante se ausente del colegio antes de finalizar<br />
jornada, será expedida por uno de los Coordinadores, solamente si el padre y/o<br />
acudiente se hace presente a solicitarla, así como de acompañar a la<br />
estudiante para su salida de la institución.<br />
19. Vestir el uniforme de Educación física y de diario, únicamente el día que le<br />
corresponde según al horario o en las oportunidades especiales en que su<br />
uso sea solicitado, en forma completa y pulcra, sin accesorios, ni<br />
maquillaje; sin convertir el uniforme del colegio en una moda o estética de<br />
algún grupo urbano, subcultura o tribu urbana. Durante el desarrollo de las<br />
clases de Educación física la estudiante hará educación física en<br />
pantaloneta y camiseta.
20. Utilizar, cuidar, respetar y hacer un uso adecuado y responsable de los<br />
espacios, recursos y servicios con que cuenta la institución como salones,<br />
pupitres, campos deportivos, zonas verdes, jardines, cafeterías, teatro,<br />
biblioteca, capilla, laboratorios y servicios sanitarios entre otros.<br />
21. Representar dignamente al Colegio, para el que sea elegida en eventos<br />
culturales, sociales y deportivos, sin protagonizar escándalos, faltas contra<br />
la moral o contra la dignidad de las personas.<br />
22. Cuidar sus respectivas pertenencias y abstenerse de portar joyas, objetos<br />
de valor, o dinero no necesario. El Colegio en ningún caso, se podrá<br />
responsabilizar de su extravío hurto o pérdida, pago o restitución.<br />
23. Responder en el plazo máximo de una semana, por cualquier tipo de daño<br />
ocasionado en la planta física del Colegio o en los bienes ajenos:<br />
instalaciones, vidrios pupitres, puertas, tableros, materiales de enseñanza,<br />
herramientas, equipos y demás elementos del plantel o de otras personas<br />
vinculadas a la institución.<br />
24. Entregar en la Coordinación de Convivencia y en forma inmediata, los<br />
objetos encontrados en cualquiera de las dependencias o espacios del<br />
Colegio.<br />
25. Informar situaciones anómalas, daños y actos que atenten contra el<br />
bienestar de la comunidad y las personas dentro y fuera de la institución y<br />
cometidas por las estudiantes de la misma . Artículo 18 de ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
26. Desalojar al final de la jornada todas las dependencias del Colegio para no<br />
interferir en las actividades de la jornada siguiente.<br />
27. Tratar con respeto y cordialidad a los profesores, compañeros,<br />
administrativos y padres de familia de la I.E.D. Liceo Femenino Mercedes<br />
Nariño sin usar términos y palabras soeces del léxico juvenil, palabras<br />
peyorativas o apodos, o ser despectivos con sus compañeros, profesores o<br />
demás personal de la institución, utilizando cualquier medio en especial los<br />
virtuales. Articulo 42 numeral 3, articulo 43 numeral 2, numeral 3, articulo<br />
44 numeral 5, numeral 6 De la ley 1098 de infancia y adolescencia.<br />
28. Respetar y acatar las orientaciones de las estudiantes alfabetizadoras o<br />
asignadas como grupos de apoyo a la convivencia de cada jornada.<br />
29. Decir la verdad real en los descargos, aplicaciones, faltas, etc. Ante los<br />
comités y/o personas donde tuviere que presentarlos, firmarlos y hacerlos<br />
firmar de sus padres y acudientes, para lograr justicia y equidad en los<br />
fallos, sanciones y valoraciones.<br />
30. El salón de clase de cada curso se debe entregar perfectamente<br />
presentado para el uso de las estudiantes de la siguiente hora o jornada.<br />
31. En caso de actividades fuera de la institución, las normas del presente<br />
Manual se aplicarán con especial exigencia y rigor.<br />
32. Cumplir la jornada escolar, horarios y actividades de comunidad<br />
establecidos por la Institución y presentar oportunamente las evaluaciones<br />
correspondientes.<br />
PARÁGRAFO 2:<br />
1. La estudiante que llegue posterior a la hora señalada por el Colegio, podrá<br />
ingresar a la institución hasta (15) quince minutos después para iniciar la<br />
jornada escolar una vez se le haya hecho el registro respectivo en el control<br />
de Coordinación.<br />
2. Después de acumular 5 retardos serán citados los padres o acudientes, para<br />
informarles del hecho y así evitar que la estudiante pueda perder el año por<br />
inasistencia (25%) advirtiéndole que la reincidencia de ésta falta dará lugar<br />
a firma de compromiso y al inicio de proceso convivencial.<br />
3. Las estudiantes de la jornada nocturna, después de quince (15) minutos de<br />
retardo, podrán ingresar solo si presentan certificación laboral en la que<br />
conste la hora de salida del trabajo.<br />
33. Informar a los docentes y/o directivas en forma inmediata, toda falta que<br />
atente contra el bien común.
34. No traer grabadoras, radios, juguetes, walkman, discman, celulares para<br />
horas de clase que no sean solicitados por un docente.<br />
35. Avisar y entregar las citaciones para reuniones o llamados que les hagan<br />
las Directivas o Profesores del plantel y viceversa.<br />
36. Avisar al respectivo profesor cualquier irreguralidad o inconsistencia<br />
detectada en sus evaluaciones, con la mayor prontitud posible y antes de<br />
ser entregados a Coordinación Académica.<br />
37. Fomentar actividades de embellecimiento y aseo de la Institución,<br />
contribuyendo al aseo y embellecimiento de la planta física y bienes<br />
materiales del Liceo, preservando y cuidando el medio ambiente escolar y<br />
natural.<br />
38. Guardar compostura y civismo en los actos públicos y actividades,<br />
comunitarias, así como las diferentes actividades dentro de la institución y<br />
más en las extracurriculares donde representan al colegio en cualquier<br />
actividad, cívico o social. Artículo 15 de la ley 1098 de infancia y<br />
adolescencia.<br />
39. Asistir a las clases extras acordadas en horarios extracurriculares con el<br />
consentimiento de los padres.<br />
40. Hacerse presente a la totalidad de actividades de refuerzo y superación<br />
programadas por la Institución con base en las decisiones del Consejo<br />
Académico, los Comités de Evaluación y Promoción o las Coordinaciones.<br />
41. Presentar oportunamente los documentos exigidos por la Institución<br />
educativa, para los diferentes procesos de ingreso, matricula, grados etc.<br />
42. Reclamar de manera oportuna, según calendario, los planes y horarios de<br />
recuperación.<br />
43. No mantener, realizar ni promover actitudes, comportamientos ni escenas<br />
obscenas, eróticas, o sexuales dentro de las instalaciones de la institución,<br />
ni por fuera cuando esté portando el uniforme del colegio.<br />
44. Observar siempre un comportamiento digno y correcto hacia los vecinos, en<br />
la calle, en los medios de transporte y en todos los lugares públicos que por<br />
su cotidianidad deba visitar cuando porte el uniforme del colegio y sin él<br />
como norma de urbanidad y educación.<br />
45. Reportar a su director de grupo, dentro de los cinco días hábiles siguientes<br />
a la entrega de Informes Académicos y convivenciales y en el formato<br />
correspondiente, las inconsistencias encontradas en su boletín. Lo anterior<br />
para que la novedad sea presentada a la Coordinación Académica.<br />
46. Respetar los bienes ajenos.<br />
47. Evitar traer a la institución radios, grabadoras, walkman, discman que<br />
puedan interferir con el adecuado desarrollo de las actividades<br />
estudiantiles.<br />
PARÁGRAFO 1: Las estudiantes del nivel de Educación Media cumplirán<br />
con el servicio social obligatorio de acuerdo con las normas vigentes y las<br />
orientaciones del P.E.I. (proyectos empleados para tal fin).<br />
PARÁGRAFO 2: Las estudiantes llevarán el cabello correctamente aseado,<br />
no utilizarán piercings o tatuajes visibles, dentro de la institución o en actos<br />
en donde la representen, por considerar que están en un ambiente<br />
educativo, de formación y aprendizaje y que no promueve ni contiene los<br />
espacios adecuados para el desarrollo de modas, subculturas o tribus<br />
urbanas, por ello, se reitera que dentro de los horarios y las instalaciones<br />
de la institución educativa no están permitidos dichos accesorios o modas<br />
combinados con el uniforme. Entendiendo que el libre desarrollo de la<br />
personalidad, debe ser ajustado a su definición, es decir libre, desarrollo y<br />
personalidad. Articulo 17, articulo 39, articulo 42, articulo 43 y articulo 44<br />
de la ley 1098 de infancia y adolescencia. Por otro lado, las estudiantes<br />
usarán la jardinera del colegio cubriendo la rodilla, y no como minifalda, y<br />
las medias cubrirán la totalidad de la pantorrilla, debajo de la rodilla, pues<br />
dicho comportamiento agrede a su dignidad propia y promueve<br />
comportamientos lascivos, obscenos y poco dignos de imitar frente a sus<br />
compañeras, los docentes y los demás miembros de la institución. Fuera<br />
del horario y de las instalaciones educativas, les corresponde a los padres<br />
de familia definir estos parámetros de conducta estéticos de sus hijas.
CAPITULO V<br />
ART. 8 NUESTROS DERECHOS Y DEBERES<br />
En los criterios éticos, además se considera que la convivencia se estructura en<br />
las interacciones entre los integrantes de una comunidad, regidas sus actitudes y<br />
comportamientos por valores y principios individuales y colectivos que dan<br />
garantía de los derechos y deberes de las personas. Por lo tanto debemos<br />
formarnos en la dinámica de que para garantizar el cumplimiento de los derechos<br />
humanos, tengo unos deberes que garantizan los derechos de los otros; y los<br />
deberes de los otros, garantizan mis derechos. Y, que el no cumplimiento de los<br />
deberes y al cometer faltas, ESTAMOS VULNERANDO LOS DERECHOS DE<br />
UNOS Y OTROS. Por ello consideramos que los derechos y deberes, lo mismo<br />
que las faltas, deben ir consignadas así:<br />
DERECHOS:<br />
1. DERECHO A LA<br />
IGUALDAD SIN<br />
DISCRIMINACIÓN DE<br />
RAZA, CREDO O<br />
NACIONALIDAD<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR<br />
ESTE DERECHO<br />
DEBO:<br />
VULNER<br />
O ESTE<br />
DERECH<br />
O<br />
CUAND<br />
O:<br />
Dirigirme<br />
inadecuadamente o<br />
de<br />
forma<br />
irrespetuosa o<br />
degradante hacia<br />
cualquier persona<br />
de la comunidad<br />
educativa.<br />
Coloco apodos o
Dirigirme de forma respetuosa a<br />
todos los miembros de la<br />
comunidad educativa sin importar<br />
su sexo, color, raza, contextura<br />
física, religión o apariencia física.<br />
calificativos<br />
humillantes a<br />
cualquier persona<br />
de la comunidad<br />
educativa, basados<br />
en su contextura<br />
física o apariencia<br />
personal.<br />
Discrimino en la<br />
conformación de<br />
grupos para<br />
cualquier tipo de<br />
trabajo pedagógico,<br />
a compañeras que<br />
considero no de mi<br />
agrado.<br />
Rechazo a<br />
personas o<br />
compañeras en<br />
cualquier actividad,<br />
juego,<br />
conformación de<br />
grupos, etc; por su<br />
apariencia física o<br />
por su bajo<br />
desempeño<br />
académico.<br />
a ser atendida y tenida en cuenta frente a<br />
cambios<br />
repentinos y bruscos de su<br />
comportamiento<br />
no ser discriminada ni señalada por tener<br />
comportamiento, diferestes al colectivo<br />
derecho a recibir estimulos o<br />
reconocimientos en algun area que me<br />
destaque de acuerdo al objetivo del<br />
mismo , sin importar que en otras areas
tenga dificultadas<br />
derecho a expresar libremente mis puntos<br />
de vista y modo de ver el mundo<br />
derecho a ser reconocida contemplando<br />
incentivos por cada edad de desarrollo.<br />
2. DERECHO A UNA PROTECCION<br />
ESPECIAL PARA MI DESARROLLO<br />
FISICO, MENTAL Y SOCIAL, EN<br />
CONDICIONES DE LIBERTAD Y<br />
DIGNIDAD.<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR<br />
ESTE DERECHO<br />
DEBO:<br />
VULNERO ESTE<br />
DERECHO<br />
CUANDO:<br />
Derecho a aclaraciones de dudas<br />
de temas con respecto a su<br />
educación<br />
Derecho al descanso dentro de<br />
la jornada<br />
Derecho a decidir libremente y<br />
de acuerdo a su desarrollo l a<br />
opción sexual<br />
Derecho a ser protegida contra<br />
todo riesgo con las ventas en la<br />
reja (supervisar los alrededores<br />
del plantel , verificando que<br />
personas ajenas a la institución.<br />
No se acerquen a las rejas )<br />
A ser valorada desde sus<br />
capacidades, aptitudes y<br />
actitudes positivas sobre sus<br />
debilidades.<br />
Respetar el desarrollo psicosexual<br />
de las estudiantes de acuerdo a su<br />
edad.<br />
Presentando las tareas, trabajos y<br />
evaluaciones en el tiempo<br />
asignado.<br />
Recibiendo la evaluación de<br />
dichas tareas, trabajos y<br />
evaluaciones de manera<br />
constructiva, y oportuna.<br />
Ayudar a mantener limpias y<br />
aseadas todas las instalaciones<br />
del colegio.<br />
Influyo hacia una tendencia<br />
u opción sexual con mi<br />
comportamiento, de manera<br />
directa e indirecta a las<br />
estudiantes menores.
A ser escuchada cuando le<br />
aqueja una molestia física o<br />
psicológica.<br />
A recibir correcciones<br />
constructivas frente a la<br />
realización de tareas, trabajos y<br />
evaluaciones presentadas.<br />
No cumplo con los acuerdos<br />
del pacto de convivencia del<br />
curso.<br />
Falsifico la firma de padres,<br />
acudientes o profesores.<br />
No colaboro en el aseo,<br />
mantenimiento y orden de<br />
las instalaciones y muebles<br />
del plantel.<br />
Arrojo basura de manera<br />
indiscriminada en cualquier<br />
parte del colegio, y/o me<br />
muestro indiferente en el<br />
momento de colaborar con<br />
el aseo del colegio.<br />
Formo, promuevo y<br />
participo de la indisciplina<br />
en clase, actividades,<br />
formaciones y actos de<br />
comunidad.<br />
Traigo al colegio radios,<br />
grabadoras, wolkman<br />
cuando no sean material<br />
didáctico exigido por el<br />
profesor y que interfieran<br />
con el buen desarrollo de<br />
las actividades<br />
estudiantiles.<br />
Añado a mi presentación<br />
personal piercing (vulnera<br />
este derecho al atentar<br />
contra la salud conociendo<br />
los riesgos en contra de la<br />
misma que acarrea el uso<br />
del piercing; por lo que la<br />
Institución no permite el uso<br />
de este elemento.)<br />
Hurto o me apropio de<br />
elementos de otros y/o de la<br />
institución.<br />
Salgo del colegio sin<br />
autorización antes de<br />
terminar la jornada escolar.<br />
Salgo de mi sitio de<br />
vivienda hacia la Institución<br />
y no ingreso a ella<br />
evadiendo las<br />
responsabilidades<br />
adquiridas al momento de<br />
firmar la matrícula.<br />
Cometo fraudes, alteración<br />
de calificaciones,<br />
falsificación de documentos<br />
o suplanto personas.<br />
Porto armas de cualquier<br />
tipo.
Creo falsas alarmas que<br />
provoquen el pánico<br />
colectivo.<br />
3. DERECHO A UN NOMBRE Y<br />
UNA NACIONALIDAD<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR<br />
ESTE DERECHO DEBO:<br />
VULNERO ESTE<br />
DERECHO CUANDO:<br />
Tener el carné estudiantil y<br />
la agenda del colegio.<br />
Hacer uso adecuado de<br />
ellos.<br />
Resivir a tiempo o al<br />
comienzo de año el carnet<br />
estudiantil y la agenda del<br />
colegio<br />
tener un espacio<br />
institucional para conocer<br />
y analizar el manual de<br />
convivencia de la<br />
institución<br />
Portar Diariamente el<br />
carnet y la agenda del<br />
colegio<br />
Porto el uniforme con el<br />
respectivo escudo del<br />
colegio<br />
Cumplir estrictamente con<br />
la entrada y salida del<br />
colegio<br />
se porta el uniforme incompleto e<br />
inadecuadamente<br />
le pongo accesorios al uniforme que<br />
no están contempladas en el<br />
manual de convivencia<br />
falsificar el carnet estudiantil para<br />
utilizarlo inadecuadamente con<br />
fines personales.<br />
cuando uso maquillaje<br />
Me comporto de forma inadecuada<br />
fuera de la Institución portando el<br />
uniforme, perjudicando la imagen o<br />
buen nombre de éste.<br />
Realizo fraudes, alteración de<br />
calificaciones, falsifico documentos<br />
o suplanto personas.
No cumplo con los horarios<br />
establecidos y las reuniones<br />
programadas en la institución.<br />
4. DERECHO A<br />
DISFRUTAR DE<br />
ALIMENTACION,<br />
VIVIENDA Y ATENCIÓN<br />
MÉDICA ADECUADA.<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA<br />
GARANTIZAR<br />
ESTE DERECHO<br />
DEBO:<br />
VULNERO ESTE<br />
DERECHO<br />
CUANDO:<br />
A una evaluación del refrigerio<br />
informando a la entidad pertinente<br />
en caso de anomalías.<br />
A consumir el refrigerio en<br />
bachillerato siempre que hallan<br />
sobrantes en primaria.<br />
A participar de la evaluación de la<br />
calidad de los productos y los<br />
precios de los mismo en la<br />
cafetería.<br />
Hacer uso adecuado del<br />
refrigerio.<br />
Reportar las situaciones en<br />
las cuales se desperdicie el<br />
refrigerio.<br />
Poner en conocimiento<br />
cualquier caso de abuso o<br />
maltrato infantil que se<br />
conozca.<br />
De manera intencional se<br />
derrama o se bota parte<br />
del refrigerio.<br />
Derramo el contenido<br />
líquido del refrigerio sobre<br />
mis compañeras.<br />
Dejo parte del refrigerio en<br />
cualquier parte del patio o<br />
corredores de la<br />
Institución.<br />
Quitándole el refrigerio a<br />
las niñas de la sección<br />
primaria.<br />
5. DERECHO A<br />
COMPRENSIÓN Y<br />
AMOR POR PARTE<br />
DE LOS PADRES Y<br />
LA SOCIEDAD.<br />
ESTE DERECHO<br />
SE TRADUCE EN<br />
LOS DERECHOS<br />
DE LAS<br />
PARA GARANTIZAR ESTE<br />
DERECHO DEBO:<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
Cuando supero el miedo y me<br />
hago escuchar.<br />
Me dirijo de forma<br />
inadecuada o grosera hacia<br />
mis representantes legales o<br />
personal adulto de la<br />
institución.<br />
Omito, borro y/o destruyo<br />
información dirigida a mis<br />
padres o representante legal<br />
por parte de algún profesor o<br />
coordinador.<br />
A recibir un trato amable y<br />
respetuoso por parte de todos<br />
y cada uno de los integrantes<br />
y funcionarios de la<br />
comunidad educativa.<br />
6. DERECHO A<br />
RECIBIR<br />
EDUCACIÓN<br />
GRATUITA Y A<br />
DISFRUTAR DE LOS<br />
JUEGOS.<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR ESTE<br />
DERECHO DEBO:<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:
A ser notificada de manera<br />
oportuna cuando hallan cambios<br />
de horario.<br />
A recibir las clases completas.<br />
No colaboro con el aseo,<br />
mantenimiento y orden de las<br />
instalaciones y muebles del<br />
plantel.<br />
Como o mastico chicle en<br />
clase.<br />
Vendo o comercializo<br />
cualquier tipo de mercancía<br />
en el salón de clases y/o en el<br />
colegio.<br />
Desperdicio el agua en<br />
cualquier lugar, al igual que la<br />
boto o se la arrojo a mis<br />
compañeras, lo mismo que<br />
harina, huevos u otro material.<br />
Desobedezco o no acato las<br />
órdenes u observaciones<br />
impartidas por los superiores<br />
que ayudan a mi formación.<br />
Hurto o me apropio de<br />
elementos de otros o de la<br />
institución.<br />
Cometo fraudes, altero<br />
calificaciones, falsifico<br />
documentos o suplanto<br />
personas.<br />
Porto armas de cualquier tipo.<br />
Consumo o distribuyo bebidas
alcohólicas, cigarrillos,<br />
alucinógenos y/o drogas<br />
farmacodependientes.<br />
Agredo física, verbal, síquica<br />
o moralmente a cualquier<br />
miembro de la comunidad<br />
educativa.<br />
Pertenezco a pandillas<br />
delincuenciales o las<br />
promuevo.<br />
Me presento en estado de<br />
embriaguez o drogadicción a<br />
la institución.<br />
Induzco o practico actividades<br />
relacionadas con satanismo,<br />
la tabla Ouija o brujería.<br />
Creo falsas alarmas que<br />
provocan pánico colectivo.<br />
Induzco o persuado a<br />
compañeras a evadir clases<br />
dentro de la institución.<br />
Utilizo el celular en clase<br />
interrumpiéndola.<br />
Cuando no presento los<br />
trabajos y evaluaciones en las<br />
fechas estipuladas.<br />
Llegar puntualmente a<br />
las clases, aún si han sido<br />
cambiadas de horario.<br />
7. DERECHO A SER<br />
EL PRIMERO EN<br />
RECIBIR AYUDA EN<br />
CASO DE DESASTRE.<br />
ESTE DERECHO<br />
SE TRADUCE EN<br />
LOS DERECHOS<br />
DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR ESTE<br />
DERECHO DEBO:<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:
A hacer efectivo el convenio<br />
137 de 2005.<br />
Recibir la formación sobre<br />
prevención de desastres.<br />
Conocer el plan de<br />
prevención de desastres.<br />
Recibir información clara y<br />
oportuna sobre evacuación<br />
en caso de emergencia.<br />
Conocer y verificar<br />
visualmente la señalización<br />
dentro de la institución.<br />
Tener acceso a botiquines<br />
suficiente y debidamente<br />
dotados en cada sección.<br />
Tener acceso a un directorio<br />
telefónico de padres y<br />
acudientes en caso de<br />
desastre.<br />
Participar en simulacros<br />
programados durante el año<br />
escolar.<br />
Ser revisadas periódicamente<br />
las instalaciones del colegio<br />
detectando daños que<br />
representen riesgo.<br />
Prever toda acción que<br />
signifique acarrear un peligro.<br />
Respetar y cuidar los<br />
elementos de señalización de<br />
la institución.<br />
No obstaculizar las entradas<br />
y salidas de la institución.<br />
Promover y enseñar el<br />
cuidado de los elementos de<br />
señalización.<br />
Destruyo los elementos de<br />
señalización de la institución.<br />
No acato las ordenes de<br />
desalojo en los simulacros.<br />
No acato las especificaciones<br />
del plan de prevención de<br />
desastres.<br />
Promuevo, desarrollo y<br />
consiento acciones que<br />
ponen en riesgo a la<br />
comunidad educativa.<br />
Creo falsas alarmas que<br />
provocan pánico colectivo.<br />
8. DERECHO A LA<br />
PROTECCIÓN CONTRA<br />
TODA FORMA DE<br />
ABANDONO,<br />
CRUELDAD Y<br />
EXPLOTACIÓN.<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA<br />
GARANTIZAR ESTE<br />
DERECHO DEBO:<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:<br />
Derecho a recibir una<br />
amonestación en forma individual<br />
Promover el buen<br />
trato hacia todas las<br />
personas de la<br />
comunidad<br />
educativa.<br />
Dirigirme de forma<br />
respetuosa a todas<br />
las personas de la<br />
comunidad<br />
educativa.<br />
Llamar a todas las<br />
Salgo del colegio sin autorización<br />
antes de terminar la jornada<br />
escolar.<br />
Salgo de mi sitio de vivienda<br />
hacia la Institución y no ingreso a<br />
ella evadiendo las<br />
responsabilidades adquiridas al<br />
momento de firmar la matrícula.<br />
Induzco y/ o acompaño a mis
y privada con un debido proceso.<br />
Recibir las amonestaciones en<br />
forma respetuosa y en tono<br />
adecuado.<br />
A ser llamada por el nombre y no<br />
por calificativos según mi<br />
apariencia física o desempeño<br />
académico o personal.<br />
A ser tenida en cuenta para todas<br />
las actividades pedagógicas,<br />
deportivas, culturales y sociales<br />
en el aula o en general las<br />
programas por la institución.<br />
personas de la<br />
comunidad<br />
educativa por el<br />
nombre o rol que<br />
representa sin<br />
apodos o<br />
calificativos<br />
degradantes u<br />
ofensivos.<br />
compañeras a no ingresar a la<br />
institución para cumplir con la<br />
jornada escolar.<br />
Me dirijo a mis compañeras o<br />
alguna persona de la comunidad<br />
educativa en forma humillante y/o<br />
degradante con palabras<br />
ofensivas y/o apodos.<br />
Rechazo a mis compañeras para<br />
actividades, juegos o<br />
conformación de grupos con<br />
calificativos degradantes y actitud<br />
humillante.<br />
Porto armas de cualquier tipo.<br />
Participo en pandillas<br />
delincuenciales y/o las promuevo.<br />
Amenazo o intimido a cualquier<br />
miembro de la comunidad<br />
educativa dentro y/o fuera de ella,<br />
bajo cualquier circunstancia o<br />
motivo.<br />
9. DERECHO A FORMARSE EN UN<br />
ESPÍRITU DE SOLIDARIDAD,<br />
COMPRENSIÓN, AMISTAD Y JUSTICIA<br />
ENTRE LOS PUEBLOS.<br />
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES<br />
LICEISTAS:<br />
PARA GARANTIZAR<br />
ESTE DERECHO<br />
DEBO:<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:<br />
Participo en pandillas<br />
delincuenciales y/o las promuevo.
10. DERECHO AL BUEN TRATO, A SER<br />
PROTEGIDOS DEL MALTRATO, DE LAS<br />
DROGAS ILÍCITAS Y DEL ABUSO SEXUAL.
ESTE DERECHO SE<br />
TRADUCE EN LOS<br />
DERECHOS DE LAS<br />
ESTUDIANTES LICEISTAS:<br />
A recibir trato afectuoso y<br />
cordial por parte de todos<br />
los integrantes de la<br />
comunidad educativa.<br />
A ser tratada con respeto en<br />
momentos de adversidad<br />
y/o cuando cometo errores.<br />
A ser escuchada por<br />
problemáticas personales o<br />
individuales.<br />
A participar de actividades<br />
en contra de las violencias<br />
para con l@s niñ@s.<br />
A recibir información acerca<br />
del consumo, riesgos y<br />
perjuicios de sustancias<br />
psicoactivas.<br />
A recibir información acerca<br />
de las formas de prevención<br />
de las violencias contra l@s<br />
niñ@s.<br />
A participar en campañas de<br />
prevención de consumo de<br />
sustancias psicoactivas.<br />
A ser sujeto de programas<br />
de promoción del buen trato<br />
y prevención de uso y abuso<br />
de sustancias psicoactivas y<br />
violencias.<br />
PARA GARANTIZAR ESTE<br />
DERECHO DEBO:<br />
Hacer uso del buen trato en<br />
todas las circunstancias y a<br />
todas las personas<br />
integrantes de la comunidad<br />
educativa.<br />
Aprender los diversos<br />
mecanismos de resolución<br />
pacífica de conflictos.<br />
Aplicar métodos de abordar<br />
los conflictos de manera<br />
positiva para una<br />
convivencia pacífica.<br />
Promover campañas de<br />
prevención de las violencias<br />
contra l@s niñ@s.<br />
Denunciar cualquier forma<br />
de violencia.<br />
Comprometerme en cada<br />
actividad de los procesos de<br />
denuncia de alguna forma<br />
de maltrato y/o abuso<br />
VULNERO ESTE DERECHO<br />
CUANDO:<br />
Traigo al colegio libros, folletos,<br />
revistas o información<br />
pornográfica que atente contra<br />
la moral pública.<br />
Encubro cualquier tipo de falta<br />
cometida por mis compañeras<br />
y/o amenazo en caso de ser<br />
delatadas.<br />
Salgo del colegio sin<br />
autorización antes de terminar la<br />
jornada escolar.<br />
Salgo de mi sitio de vivienda<br />
hacia la institución y no ingreso<br />
a ella evadiendo las<br />
responsabilidades adquiridas al<br />
momento de firmar la matrícula.<br />
Induzco o persuado a mis<br />
compañeras a no ingresar a la<br />
institución para cumplir con la<br />
jornada escolar.<br />
Omito información pertinente<br />
para la detección de casos de<br />
maltrato y/o abuso.<br />
No denuncio casos de maltrato<br />
y/o abuso.<br />
No informo casos de consumo<br />
de sustancias psicoactivas.<br />
Porto armas de cualquier tipo.<br />
Agredo física, verbal, psíquica o<br />
moralmente a cualquier miembro<br />
de la comunidad educativa.<br />
Me presento en estado de<br />
embriaguez o drogadicción a la<br />
institución.<br />
Amenazo o intimido a cualquier<br />
miembro de la comunidad<br />
educativa dentro y/o fuera de<br />
ella, bajo cualquier circunstancia<br />
o motivo.<br />
Consumo y/o distribuyo bebidas<br />
alcohólicas, cigarrillos,<br />
alucinógenos o drogas<br />
farmacodependientes
27<br />
CAPITULO VI<br />
ART.9 ESTÍMULOS<br />
Las estudiantes que<br />
sobresalgan por<br />
buen rendimiento<br />
académico y de<br />
convivencia,<br />
habilidades<br />
deportivas,<br />
compañerismo,<br />
actividades<br />
deportivas y<br />
colaboración,<br />
recibirán las<br />
siguientes<br />
distinciones:<br />
1. Felicitaciones<br />
en público.<br />
2. Izar el<br />
pabellón<br />
Nacional.<br />
3. Anotaciones<br />
en controles,<br />
registros en el<br />
observador de<br />
la estudiante y<br />
boletín<br />
académico.<br />
4. Orden<br />
Liceísta a la<br />
mejor bachiller<br />
durante los seis<br />
ñ<br />
.<br />
5. P<br />
ICFES.<br />
6. I<br />
í<br />
,<br />
ó<br />
,
28<br />
ART.10 Y GARANTÍAS<br />
TODA ESTUDIANTE ANTES DE SER SANCIONADA<br />
TIENE DERECHO A:<br />
1. Ser escuchados antes de ser sancionados.<br />
2. Conocer los cargos que se le hacen así como la<br />
indagación.<br />
3. A rendir descargos.<br />
4. A que se le practiquen las pruebas conducentes<br />
que solicite.<br />
5. A aportar pruebas.<br />
6. A intervenir en su práctica.<br />
7. A impugnar las decisiones cuando hubiere lugar a<br />
ello.<br />
8. A que se le expidan copias de la actuación.<br />
9. A que se le notifique la sanción personalmente, en<br />
forma oral y/o escrita y se le comunique a sus<br />
padres o acudientes.<br />
PARA LA APLICACIÓN DE CUALQUIER SANCIÓN<br />
SE TENDRÁ EN CUENTA:<br />
1. Que la estudiante no tenga anotaciones negativas<br />
en el observador.<br />
2. Que la estudiante no tenga citaciones a padres de<br />
familia.<br />
3. Que no tenga compromiso de matrícula, ni acta<br />
de compromiso con vivencial.<br />
4. Que académicamente haya obtenido el máximo de<br />
logros.<br />
5. Buen concepto de sus profesores.
29<br />
La honorable Corte Constitucional de Colombia ha señalado que al deber estatal<br />
de garantizar los derechos humanos le corresponden tres derechos relevantes de<br />
toda persona afectada por una conducta punible:<br />
El derecho a la verdad; es decir que exista la posibilidad<br />
de conocer lo que realmente aconteció.<br />
El derecho a la justicia, por lo tanto que no halla<br />
impunidad.<br />
El derecho a la reparación del daño, el cual se dá<br />
generalmente a través de una compensación<br />
económica que es la forma tradicional como se ha<br />
resarcido a las víctimas de un delito, pero en este<br />
ámbito educativo debe ser de tipo ético, pedagógico,<br />
formativo y/o material o físico según lo amerite la<br />
vulneración del derecho.<br />
CAPITULO VII<br />
ART. 11 PACTO DE CONVIVENCIA<br />
Las normas y las reglas son pautas de comportamiento establecidas por un grupo,<br />
comunidad o sociedad para garantizar su organización y por lo tanto su bienestar.<br />
Sin las reglas y las normas se crea el caos y no se puede llevar cabo ningún<br />
proyecto, objetivo o meta; por lo cual las reglas o normas son pautas de acción<br />
que un grupo acuerda y de esta manera cada integrante conoce y sabe que se<br />
espera de él y cual es su aporte a la construcción de una sana convivencia.<br />
Saber establecer reglas y llevar a el grupo las cumpla son técnicas eficaces para<br />
resolver problemas teniendo en cuenta que las niñas y adolescentes ase<br />
comportan en forma mas adecuada si su mundo es predecible y si pueden prever<br />
las consecuencias de su conducta.<br />
Por lo tanto UN PACTO es un conjunto de reglas o normas que se acuerdan en<br />
consenso por los miembros de un grupo y que definen las pautas de<br />
comportamiento que sustentan su convivencia y su bienestar en la cotidianidad.<br />
Por ser acordadas por todos exige del compromiso de cada uno de los integrantes<br />
del grupo para su aplicación y cumplimiento.<br />
CONDICIONES PARA ELABORAR UN PACTO:<br />
‣ Todo pacto de convivencia debe elaborarse SOBRE LA BASE DE LOS<br />
DERECHOS HUMANOS y en nuestro caso sobre la base de los derechos<br />
de los niñ@s de tal manera que los acuerdos en ningún momento lesione o<br />
vulnere dichos derechos y por el contrario se conviertan en posibilidades<br />
prácticas y cotidianas del reconocimiento y aplicación de éstos en y para<br />
cada uno de los integrantes del grupo.<br />
‣ El pacto de convivencia debe TENER EN CUENTA y CONTEMPLAR DE<br />
MANERA EXPLICITA LOS VALORES Y PRINCIPIOS individuales y<br />
colectivos que condicionan nuestro comportamiento y actitudes como
30<br />
sujetos sociales. Esto es la verbalización y escritura de los valores que<br />
nuestra familia formo en nuestra personalidad y que se constituyen en<br />
ideales realizables a la hora de interactuar con los otros o con nuestros<br />
amigos y compañeros.<br />
‣ Los acuerdos que conforman el pacto de convivencia DEBEN SER<br />
REALIZABLES, APLICABLES Y PRACTICOS en la cotidianidad de tal<br />
manera que cada uno se responsabilice de llevarlos a la practica en el día a<br />
día porque están a su alcance y posibilidad.<br />
‣ El pacto de convivencia debe ESTAR CONTEXTUALIZADO Y/O QUE<br />
RESPONDA A LAS NECESIDADES DEL GRUPO DENTRO DE LA<br />
INSTITUCION, ya que su fin último es facilitar la convivencia en el Liceo<br />
Femenino Mercedes Nariño.<br />
Para la conformación del conjunto de acuerdos que constituyen el pacto de<br />
convivencia es fundamental detenerse EN CONSIDERACIONES DE TIPO:<br />
PERSONAL, son mis aportes que se refieren a mis propios valores,<br />
actitudes y/o comportamientos que conforman mi manera de ser frente a mi misma<br />
y frente a los otros. Hacen parte de la prerrogativa “doy lo que quiero recibir”.<br />
COLECTIVO O SOCIAL, son los valores y principios que facilitan y<br />
promueven el desarrollo de un grupo y que hacen parte de la prerrogativa “lo que<br />
no quiero para mi no lo hago a los demás”<br />
INSTITUCIONAL, se refiere a normas que hacen parte del manual de<br />
convivencia u otras que hacen parte de la organización y bienestar de la<br />
comunidad. Aquí es de contemplar el cuidado y atención a los espacios físicos<br />
(límites de dichos espacios), el respeto y cuidado por los otros integrantes de la<br />
comunidad educativa y de manera especial el cuidado y protección de parte de las<br />
estudiantes mayores por las mas pequeñas.<br />
DE ESTA MANERA CADA CURSO O GRUPO DEBE TENER SU PACTO DE<br />
CONVIVENCIA QUE SE CONFORMARÁ AL INICIO DE CADA AÑO ESCOLAR Y<br />
QUE SU CUMPLIMIENTO DEBERÁ SER EVALUADO A TRAVÉS DE LAS<br />
ASAMBLEAS DE CURSO, CADA MES.<br />
ART 12. ASAMBLEAS DE CURSO<br />
Son reuniones periódicas en cada curso dirigidas por el director de grupo, pero<br />
promovidas por las mismas estudiantes como estrategia de evaluación del<br />
desempeño del grupo a nivel académico y con vivencial y que toman como base el<br />
pacto de convivencia.<br />
CARÁCTER DE LAS ASAMBLEAS.
31<br />
DE TIPO PARTICULAR, cuando se percibe que es el comportamiento<br />
inadecuado y reincidente de una o más estudiantes que está<br />
obstaculizando la excelente convivencia del grupo o de la institución.<br />
DE TIPO GENERAL, cuando se percibe que es el grupo en general el que<br />
no está llevando a la práctica los acuerdos del pacto de convivencia.<br />
SON OBJETIVOS DE LAS ASAMBLEAS:<br />
PROCEDIMIENTO:<br />
1. Hacer una evaluación sobre el proceso de convivencia llevado por<br />
el grupo a partir del pacto de convivencia firmado por las<br />
estudiantes.<br />
2. Reconocer las fortalezas que como grupo se están vivenciando.<br />
3. Identificar las debilidades grupales e individuales con respecto a los<br />
acuerdos establecidos, posibilitando estrategias de intervención de<br />
todos los estamentos.<br />
4. Generar compromisos grupales y particulares en pro del bienestar<br />
de cada curso.<br />
5. Promover la exploración de habilidades sociales para futuros<br />
estímulos y reconocimientos.<br />
1. Dejar claro el objetivo de la asamblea, desde lo positivo, con base en los<br />
derechos de las estudiantes y explicitando el carácter de la misma.<br />
2. Para el desarrollo de la asamblea es indispensable tener de forma visible el<br />
pacto de convivencia grupal y el manual de convivencia.<br />
3. Establecer los acuerdos, reglas o pasos de la asamblea según el método<br />
“Hablar hasta entenderse”.<br />
4. Elegir de común acuerdo las personas fundamentales desde el punto de<br />
vista logístico para el desarrollo de la asamblea:<br />
‣ Secretario quien llevará el acta.<br />
‣ Moderador quien dará la palabra.<br />
‣ Director de la Asamblea (monitor de curso, director de curso,<br />
profesor , orientador, etc)<br />
‣ Dos veedores quienes garantizarán el debido proceso y que se<br />
cumplan los pasos del método.<br />
5. Según el carácter de la asamblea se dá comienzo a reconocer y valorar las<br />
fortalezas de las estudiantes a las cuales se les va a evaluar su<br />
comportamiento. Si el carácter es general se explicitará los acuerdos del<br />
pacto que se han cumplido.<br />
6. De manera inmediata, las mismas estudiantes comentarán a manera de<br />
reconocimiento y de acuerdo al manual y al pacto, los derechos vulnerados<br />
y los acuerdos no cumplidos por ellas. Si es de carácter general a través de<br />
una lluvia de ideas se determinarán las características de las acciones que<br />
no están cumpliendo con los acuerdos del pacto de grupo.
32<br />
7. Se procede a consignar los compromisos de resarcimiento de las faltas y<br />
los compromisos individuales y/o grupales en pro de mejorar la convivencia<br />
del curso.<br />
CAPITULO VIII<br />
ART. 13 RESOLUCION DE CONFLICTOS<br />
En el Liceo Femenino Mercedes Nariño queremos seguir construyendo una<br />
cultura de resolución pacífica de los conflictos en nuestra comunidad educativa.<br />
Esto significa que podemos aprender a vivir respetándonos unos a otros y<br />
reconociendo que todos tenemos DERECHOS Y NECESIDADES.<br />
Queremos Construir en cada uno de nosotros valores y actitudes que nos<br />
permitan vivir en paz con los otros y hacer de la convivencia algo grato y<br />
edificante.<br />
Aprender a resolver los conflictos de manera justa y participativa, de tal manera<br />
que todos seamos y nos sintamos tenidos en cuenta, recuperando nuestros lazos<br />
y vínculos sociales y desarrollando respeto, tolerancia y sentido de equidad.<br />
Queremos optar y enseñar por el mejor camino: el diálogo para comprendernos<br />
los unos a los otros y permitirnos hacer de nuestros problemas posibilidades de<br />
construcción conjunta.<br />
Hay conflictos en los que podemos tomar caminos que nos permitan reconocernos<br />
mutuamente como seres con necesidades y derechos y construir, a partir de ellos,<br />
nuevas alternativas de acuerdo y convivencia. En otros conflictos algunas<br />
personas pueden resultar lastimadas (física, psicológica o socialmente) sus<br />
necesidades y derechos irrespetados y los vínculos con los demás deteriorados.<br />
Todos los seres humanos tenemos una forma particular de ser y de actuar que<br />
nos hace únicos. Cuando nuestros intereses y necesidades se cruzan o chocan<br />
con los de otra persona. Es decir, cuando aquello que nosotros deseamos entra<br />
en contradicción o interferencia con lo que desea esa otra persona. Nos sentimos<br />
entonces rivales o vemos en el otro una amenaza.<br />
Los conflictos son situaciones cotidianas que vivimos todos los seres humanos y<br />
en si mismos no pueden considerarse buenos o malos. La forma como los<br />
asumimos puede ser constructiva o no constructiva. Por lo tanto los conflictos son<br />
situaciones en las que dos o más personas entran en oposición o desacuerdo,<br />
porque sus intereses, necesidades y deseos se cruzan o son percibidos como<br />
contrarios.<br />
En los conflictos están presentes las personas con sus distintos valores, maneras<br />
de proceder, sentimientos, percepciones, ideas, necesidades, intereses,<br />
posiciones y hechos. La distinción que hagamos de cada uno es importante, ya<br />
que nos da mayor claridad y nos permite trascender de la pelea concreta. Así, no<br />
nos quedamos en las posiciones y percepciones personales, sino que llegamos a<br />
sus necesidades, identificando los hechos, para propiciar luego, acuerdos<br />
realmente equitativos.<br />
En el Liceo queremos aprovechar pedagógicamente los conflictos asumiéndolos<br />
positivamente como posibilidad de crecimiento personal y encuentro y reencuentro
33<br />
con el otro acrecentando el conocimiento y mejora de las relaciones<br />
interpersonales, SIEMPRE A TRAVÉS DEL DIÁLOGO.<br />
ART. 14 CONDUCTO REGULAR<br />
ACADEMICO<br />
Estudiante<br />
Profesor (a)<br />
Director de Grupo<br />
Jefe de área<br />
Coordinador Académico<br />
Coordinador General<br />
Rectoría<br />
CONVIVENCIA<br />
Estudiante conciliadora de paz<br />
Profesor (a)<br />
Director de Grupo<br />
Coordinador de Convivencia<br />
Comité de Convivencia<br />
Rectoría<br />
Consejo Directivo<br />
ART. 15 DEBIDO PROCESO:<br />
Nuestra permanencia en el colegio será observada, orientada y cuando sea el<br />
caso, corregida. Todos estos procesos se irán desarrollando en nuestra<br />
permanencia en el colegio y contribuirán a la formación de nuestra personalidad.<br />
Para esto adoptaremos nuestra mejor actitud, reconoceremos nuestros errores y<br />
acataremos las recomendaciones que nos hagan en pro de un cambio positivo.<br />
FALTAS COMETIDAS POR PRIMERA VEZ:<br />
1. DIALOGO FORMATIVO EN BUSCA DE COMPROMISO: Será la primera<br />
acción a realizar por parte de la estudiante, con el profesor o directivo que<br />
tenga conocimiento de faltas al pacto de convivencia de curso y/o manual<br />
de convivencia. En el diálogo se analizarán las causas que motivaron la<br />
falta o vulneración del derecho específico y se establecerá el compromiso<br />
de la estudiante para no reincidir en la misma consignando cómo se<br />
resarcirá y el tipo de correctivo, por escrito en el “instrumento institucional”.<br />
REINCIDENCIA EN LA FALTA Y/O MAS DE DOS DERECHOS<br />
VULNERADOS SEGÚN EL MANUAL DE CONVIVENCIA<br />
2. AMONESTACIÓN ESCRITA: Es toda anotación específica registrada en los<br />
controles diarios de clase y/o en el seguimiento estudiantil académico y de<br />
convivencia, que debe hacer cualquier profesor o directivo, por faltas
34<br />
cometidas contra el pacto de convivencia del curso y/o el Manual de<br />
Convivencia por una estudiante. Este registro deberá firmarse por la<br />
estudiante, el profesor y/o el directivo docente que hizo la anotación,<br />
adquiriendo un compromiso de superación y por el padre de familia y/o<br />
acudiente, como constancia de enterado de la observación y el compromiso<br />
con un tiempo específico para el cumplimiento del correctivo.<br />
REINCIDENCIA POR MAS DE DOS VECES LA MISMA FALTA Y/O MAS<br />
DE DOS DERECHOS VULNERADOS SEGÚN EL MANUAL DE<br />
CONVIVENCIA.<br />
3. CITACIÓN AL ACUDIENTE: Si después de las anteriores medidas<br />
correctivas no hay cambios positivos o cuando la gravedad de la falta lo<br />
amerite, las directivas, el director de grupo o los profesores citarán al<br />
acudiente para acordar conjuntamente una acción pedagógica pertinente.<br />
De esta citación, lo mismo que del compromiso adquirido quedará registro<br />
en el seguimiento estudiantil académico y de convivencia, con las firmas de<br />
la estudiante, del acudiente y del profesor o directivo respectivo.<br />
En estos casos las estudiantes serán remitidas al departamento de orientación<br />
para que coadyuden en el proceso formativo de la estudiante. Si el padre de<br />
familia no se presenta en el plazo convenido se le enviará una segunda<br />
citación, si no se presenta en el plazo convenido y no hay justificación de la<br />
inasistencia, se le enviará una tercera citación con copia informando a la<br />
comisaría de Familia respectiva.<br />
REINCIDENCIA POR MAS DE DOS VECES LA MISMA FALTA Y/O MAS<br />
DE DOS DERECHOS VULNERADOS SEGÚN EL MANUAL DE<br />
CONVIVENCIA.<br />
Y NO CUMPLIDOS LOS ACUERDOS.<br />
ASAMBLEA DE CURSO:<br />
4. CITACIÓN DE ESTUDIANTE Y PADRES O ACUEDIENTE A<br />
COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA. Luego de analizar las faltas y los<br />
procesos anteriores, coordinación advertirá a los involucrados que luego de<br />
dirigir los correctivos pertinentes con compromiso por escrito, y en el caso<br />
que no se mejore la situación y/o desaparezca el comportamiento<br />
inadecuado, es el paso previo al comité de convivencia institucional.<br />
AGOTADOS TODOS LOS PROCEDIMIENTOS ANTERIORES Y LAS<br />
ESTUDIANTES CONTINÚAN CON EL COMPORTAIENTO INADECUADO.<br />
5. CITACIÓN AL COMITÉ DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL: se citará a la<br />
estudiante y su acudiente una vez analizado todo el proceso seguido en<br />
instancias anteriores, y se le comunicará lo que sugerirá este comité al<br />
rector si lo considera necesario.
35<br />
ETAPAS PARA FACILITAR EL DEBIDO PROCESO (cuando el caso amerite ser<br />
enviado al Comité de Convivencia Institucional):<br />
Investigación Preliminar.<br />
Formulación de Cargos.<br />
Notificación al Imputado de los Cargos.<br />
Versión Libre. Conocido el comportamiento, se le permitirá a la estudiante<br />
presentar sus descargos, lo mismo que a otras personas que se encuentren<br />
involucradas en el hecho. Esto se hará para obtener una mayor información<br />
y evitar perjuicios que puedan inducir a cometer injusticias.<br />
Pruebas.<br />
Fallo o Sentencia<br />
Recursos<br />
Faltas Disciplinarias o Correctivos. La reincidencia de comportamientos<br />
inadecuados y vulneración continua de derechos a la comunidad educativa,<br />
que ameriten matricula de compromiso será estudiada en este comité de<br />
convivencia a fin de aplicar un correctivo que podría llegar a ser, según el<br />
caso, la negación del cupo para el año siguiente e incluso el retiro de la<br />
institución que se sugerirá al consejo directivo quien tomará la decisión.<br />
La cancelación de matricula es potestad del rector, teniendo en cuenta los<br />
conceptos emitidos por el Comité de Convivencia Institucional (acuerdo 04<br />
de 2000) cuyas funciones son:<br />
a) Analizar el caso.<br />
b) Trasladar el caso al rector si fuere necesario.<br />
c) Establecer el correctivo de acuerdo a la falta que cometió la<br />
estudiante.<br />
La Rectoría será informada oportunamente de los casos por parte de la<br />
Coordinación de Convivencia, lo estudiará y si lo amerita, lo presentará al Consejo<br />
Directivo.<br />
ART. 16 PROCEDIMIENTO PARA ABORDAR LOS CONFLICTOS<br />
Referidos al estamento encargado de ejercer la función docente en el LICEO<br />
FEMENINO MERCEDES NARIÑO<br />
OBJETIVOS:<br />
1. Promover la sana convivencia y la gestión pacífica de conflictos en el<br />
ámbito laboral del liceo Femenino Mercedes Nariño.<br />
2. Agotar el conducto regular y constituir el comité institucional de conciliación<br />
para docentes “CICOND”<br />
PRESENTACIÓN<br />
El pacto de convivencia institucional busca resolver de forma creativa, responsable<br />
y de beneficio común, los conflictos en el ámbito educativo por parte de los<br />
responsables de la formación de las estudiantes. Por lo tanto se hace necesario
36<br />
establecer unos procedimientos para abordar la resolución pacífica de conflictos,<br />
que se pudieran presentar entre los docentes y de éstos con os directivos<br />
docentes, administrativos y de éstos con los representantes de las estudiantes,<br />
padres y madres de familia.<br />
PRINCIPIOS Y VALORES:<br />
Profesionalismo<br />
Vocación.<br />
Respeto Mutuo.<br />
Afectividad y Humanismo.<br />
Comunicación asertiva.<br />
Ética y dignidad.<br />
Resolución pacífica de conflictos.<br />
Función Educativa y Formativa.<br />
Dentro del margen la legislación nacional y el ámbito especial del magisterio y la<br />
autoridad conferida al rector y consejo directivo de la institución, se constituye un<br />
comité de conciliación para docentes “CICOND”, Constituido por tres<br />
representantes de los coordinadores, un representante de los administrativos, tres<br />
orientadoras (una por jornada), cinco docentes(un docente por sección y jornada).<br />
El rector determina el procedimiento para la conformación del comité que tomará<br />
posesión cada año lectivo recordando la razón de ser de su conformación y<br />
teniendo en cuenta que para formar parte del comité la única condición es no<br />
hacer parte del consejo directivo.<br />
ART. 17 DEBIDO PROCESO<br />
1. Siempre mantener una postura profesional sobrevalorando el nivel y status<br />
de docente; conservando una actitud conciliadora y respetuosa a pesar de<br />
lo adverso de la situación.<br />
2. Recordar en todo momento que es necesario analizar l8sa situación antes<br />
de actuar y que siempre la (s) persona(s) implicada (S), será (n) la (s)<br />
primera (s) en conocer dicha situación.<br />
3. Habilitar un espacio y un ambiente propicio para el diálogo y siempre que<br />
sea necesario, utilizar solo ese sitio para abordar cualquier dificultad;<br />
oficinas de coordinación, orientación, sala prerectoral, cubículos para<br />
atención a padres, siempre en el marco de la prudencia, de forma oportuna<br />
y en consideración de las personas implicadas.<br />
4. En toda situación de desacuerdo se debe escuchar primero todas las<br />
versiones posibles, especialmente de los involucrados, para contextualizar<br />
la situación, los antecedentes, los hechos, intereses, necesidades, causas y<br />
las posibles consecuencias. Las partes involucradas, luego de analizar<br />
cada aspecto, objetivo real, y la veracidad de la situación en tratamiento,<br />
acuerdan una o dos estrategias para solucionar y superar la dificultad o<br />
dirimir el conflicto. Dejarlas consignadas por escrito con la respectiva fecha<br />
para el seguimiento y evaluación.
37<br />
5. Estableciendo el ámbito de competencia con relación a las funciones<br />
directivas determinadas por la naturaleza del cargo; coordinaciones<br />
académicas y de convivencia. Y la naturaleza del conflicto determinado por:<br />
relaciones interpersonales, comunicación interrumpida, incumplimiento de<br />
funciones; horario, permisos; contenidos de las asignaturas, metodologías y<br />
didáctica, procesos evaluativos y de promoción. Estableciendo este ámbito<br />
y si las estrategias acordadas por las partes no han funcionado, la<br />
coordinación orientará otras alternativas que deberán ser acogidas por las<br />
partes involucradas.<br />
6. Si la situación no ha sido superada con satisfacción por ambas partes o en<br />
caso de reincidencia frente a la situación en conflicto o incumplimiento de<br />
las estrategias, la situación será analizada por el rector quien determinará si<br />
amerita que se remita el caso al comité institucional de conciliación para<br />
docentes.<br />
7. El comité institucional de conciliación para docentes “CICOND” previo<br />
análisis del procedimiento determinará las pautas de seguimiento<br />
convivencial y pedagógico al docente y sugerirá cambios pedagógicos e<br />
institucionales que favorezcan a las estudiantes y al docente.<br />
ACLARACIÓN:<br />
Si la situación de conflicto hasta el quinto paso se repite por más de tres<br />
ocasiones con diferente padre, estudiante, docente o grupo, se pasará<br />
directamente al comité institucional.<br />
ART. 18 PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE LICEISTA<br />
La calidad de estudiante Liceísta se pierde:<br />
1. Cuando se haya completado el ciclo de estudios.<br />
2. Por retiro voluntario que, con el visto bueno del Coordinador de Convivencia y<br />
las firmas respectivas, hagan la interesada y su acudiente en Secretaría<br />
Académica.<br />
3. Cuando no se haga uso del derecho de matrícula o de renovación de ésta,<br />
dentro de los plazos fijados por el colegio y sin causa justificada.<br />
4. La reprobación del mismo grado académico por segunda vez.<br />
5. Cuando la estudiante no responda a sus deberes Académicos y/o de<br />
Convivencia después de haber recibido un proceso de orientación pedagógica y<br />
formativa con su debido proceso, por falta de la colaboración de ella y de sus<br />
padres de familia.<br />
ART. 19 ALGUNOS CORRECTIVOS Y/O RESTITUCIONES<br />
1. De tipo Ético.
38<br />
‣ Aceptar las faltas reconociendo los errores, permitiendo aclarar la<br />
situación para no inculpar a una compañera inocente.<br />
‣ Pedir disculpas individuales.<br />
‣ Reconocer frente a los involucrados la falta.<br />
‣ Pedir disculpas en Público.<br />
‣ Si es pertinente y ayuda de manera pedagógica a un grupo de<br />
compañeras y con el consentimiento voluntario de la involucrada. dar<br />
testimonio de alguna experiencia de superación de dificultades.<br />
‣ Escribir a través de una carta o nota los aprendizajes de una<br />
situación, dirigida a la contraparte de un conflicto.<br />
‣ Hacer seguimiento a actitudes y comportamiento positivos a manera<br />
de restitución en los próximos días de una falta con las personas a<br />
las cuales les vulneró algún (nos) derecho (s).<br />
2. De tipo Pedagógico<br />
‣ Divulgar el aprendizaje del proceso a manera de enseñar para<br />
prevenir nuevas ocasiones que generen la misma falta.<br />
‣ Charlas sobre temas relacionados con los derechos vulnerados a los<br />
demás grupos.<br />
‣ Actividades de integración con énfasis en solidaridad con la sección<br />
a la que pertenece.<br />
‣ Fomentar actividades de tolerancia, respeto y afecto entre las<br />
compañeras.<br />
‣ Utilizar la emisora del colegio para campañas o mensajes<br />
promoviendo los valores liceístas.<br />
‣ Investigar en Instituciones reconocidas acerca de la problemática<br />
que se está tratando.<br />
3. De tipo Formativo<br />
‣ Participar en campañas de promoción de los derechos<br />
humanos.<br />
‣ Promover acciones de vivencia de valores.<br />
‣ Talleres sobre temáticas formativas en los salones en<br />
compañía de los padres.<br />
‣ Promoción de valores, principios relacionados con el perfil de<br />
la estudiante liceísta a través de afiches, carteles o plegables.<br />
‣ Promover el respeto y acato al manual de convivencia a las<br />
niñas más pequeñas, a través de títeres, obras de teatro,<br />
comparsas, etc.<br />
‣ Realizar un trabajo auto reflexivo en casa por uno, dos o más<br />
días.<br />
‣ Presentar constancia de asistencia profesional especialista en<br />
la problemática involucrada.<br />
4. De tipo Material o físico
39<br />
‣ Devolver o retribuir el bien material que fue extraviado o dañado.<br />
‣ Restituir con otro bien el extraviado o dañado.<br />
‣ Promover el valor del compartir con acciones que tengan que ver con<br />
éste.<br />
‣ Campaña de aseo en compañía de los padres.<br />
‣ Campaña de cuidado de los bienes e instalaciones del colegio.<br />
CAPITULO IX<br />
ART. 20 MATERNIDAD<br />
NORMAS Y RECOMENDACIONES PARA LAS ESTUDIANTES<br />
EMBARAZADAS.<br />
La Institución Educativa Liceo femenino “Mercedes Nariño”, desarrollará todos sus<br />
proyectos, especialmente en valores: éticos, sociales y educativos con mucha<br />
responsabilidad, con el objeto de que las estudiantes tengan una formación<br />
integral en cuanto a su desarrollo de la personalidad y su capacidad para<br />
enfrentarse a la vida, no obstante, al resultar, en estado de embarazo, la<br />
institución se ve en la obligación de regular el cumplimiento de estas estudiantes<br />
al MANUAL DE CONVIVENCIA pactado con los Padres de Familia antes de la<br />
matrícula.<br />
1. Las estudiantes embarazadas están en la obligación de cumplir a cabalidad con<br />
todos los aspectos del manual de convivencia.<br />
2. Las estudiantes embarazadas deben presentar certificado médico de<br />
incapacidad durante el embarazo y después del parto, con el objeto de ser<br />
exoneradas de la participación de algunas actividades programadas por la<br />
institución como: educación física, deportes, Formación, desfiles y algunos<br />
laboratorios.<br />
3. Las estudiantes en este estado deberán asistir al colegio con su respectivo<br />
uniforme.<br />
4. No se admitirá a la estudiante madre asistir al colegio hasta tanto no haya<br />
cumplido su dieta 40 (Cuarenta) días por el bien de ella y el del bebé ya que en<br />
el colegio no existen condiciones clínicas para éstos casos y el derecho de los<br />
niños prima sobre cualquier otro derecho.<br />
5. La estudiante madre asumirá la responsabilidad de la recuperación de los<br />
logros no vistos en su período post-parto.<br />
6. Según el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, recomienda que en<br />
algunos casos “y dependiendo del estado anímico y de salud de la estudiante<br />
se puede optar por suspender el año escolar mientras esté en embarazo y<br />
retomar los estudios una vez salga de su estado”.<br />
7. Por otro lado “es indispensable que las jóvenes asuman su papel dentro de la<br />
sociedad y se hagan responsables de lo que hacen”.
40<br />
8. Desescolarización para las estudiantes gestantes es una opción, en casos de<br />
fuerza mayor. Deberá presentarse semanalmente Ella o su acudiente a<br />
Coordinación académica o a los profesores a solicitar los trabajos y o guías.<br />
CAPÍTULO X<br />
ART. 21 DE LOS DOCENTES<br />
DECÁLOGO DEL MAESTRO LICEÍSTA EN EL SALÓN DE CLASE<br />
1. Siempre tomar listado de asistencia.<br />
2. No iniciar clase hasta tanto el salón no se encuentre aseado.<br />
3. Nombrar monitora de la asignatura en todos los cursos.<br />
4. No comparar una estudiante con otra o un curso con otro.<br />
5. Mantener relaciones cordiales y respetuosas con todas las estudiantes y<br />
cursos.<br />
6. Informar de situaciones especiales a las coordinaciones a tiempo.<br />
7. Verificar que el salón quede aseado y ordenado para el siguiente bloque de<br />
clase.<br />
8. Firmar los controles diarios de asistencia y aseo.<br />
9. Exigir el adecuado porte del uniforme y presentación personal.<br />
10. Mantener un diálogo asertivo con los profesores que dan clase en el curso.<br />
La Institución Educativa Distrital Liceo Femenino “ MERCEDES NARIÑO”, desde<br />
la Ley General de Educación (Ley 115) desde sus artículos reglamentarios 1860 y<br />
desde su Misión para el logro de los propósitos de su P.E.I., se apoya en docentes<br />
altamente comprometidos desde su proyecto Pedagógico personal con la misión,<br />
el currículo, el Plan de estudios, la Construcción de la democracia, el<br />
conocimiento, con capacidad de liderazgo, de auto evaluación y crecimiento<br />
continuo, capaz de comprenderse así mismo y a los demás. Todo lo cual<br />
coadyuvará en el mejoramiento de la calidad de vida del pueblo Colombiano.<br />
El educador es un dinamizador que contribuye al desarrollo integral de la<br />
estudiante liceísta siendo:<br />
• Competente en su quehacer pedagógico y disciplinar<br />
• Orientador de procesos educativos atendiendo al énfasis institucional.<br />
• Innovador en metodologías de la Educación<br />
• Con mentalidad abierta al diálogo y al cambio.<br />
• Coherente, comprometido, equitativo, autónomo y creativo.<br />
• Con sentido de pertenencia expresado en sus actitudes, exigencia, y<br />
profesionalismo<br />
• Mediador y conciliador de conflictos.
41<br />
Los derechos, deberes, funciones, aspectos disciplinarios y jornada laboral están<br />
contemplados en las leyes vigentes.<br />
ARTÍCULO Nº 22 FUNCIONES: Algunas de las principales funciones de los<br />
profesores son:<br />
1. Participar en el planeamiento y programación de actividades del área<br />
respectiva.<br />
2. Cumplir los artículos 40,41, 42, 43, 44 18, 17, 15, 7 y 20 de la ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
3. Programar y organizar las actividades de enseñanza – aprendizaje de las<br />
asignaturas a su cargo, de acuerdo con el P.E.I. y los criterios establecidos en<br />
la programación nivel del área o departamento.<br />
4. Dirigir y orientar las actividades de las estudiantes para lograr el desarrollo de<br />
su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.<br />
5. Participar en la realización de las actividades complementarias y asumir<br />
responsabilidad plena frente a los acontecimientos académicos y/o<br />
disciplinarios que se presenten en el desarrollo de sus clases, dando la<br />
solución más adecuada a cada una de ellas.<br />
6. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso enseñanza –<br />
aprendizaje.<br />
7. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área, el coordinador<br />
académico o la comisión de evaluación y promoción, las estrategias<br />
metodológicas a que dé lugar, el análisis de resultados de la evaluación.<br />
8. Presentar al coordinador académico, informe del rendimiento de las<br />
estudiantes a su cargo, al término de cada uno de los períodos de evaluación,<br />
certificados con su firma o cuando éste los requiera.<br />
9. Participar en el acompañamiento de las estudiantes conforme lo determine la<br />
institución y presentar los casos especiales a los Coordinadores, al director de<br />
grupo o al jefe de área.<br />
10. Presentar periódicamente al jefe de área y/o al Coordinador académico,<br />
informes sobre el desarrollo de las actividades propias a su cargo.<br />
11. Ejercer la dirección de Grupo cuando le sea asignada.<br />
12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las leyes<br />
vigentes.<br />
13. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.<br />
14. Participar en los comités en que sea requerido.<br />
15. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por<br />
las directivas del Plantel.<br />
16. Atender a los Padres de Familia de acuerdo con el horario establecido por el<br />
plantel.<br />
17. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y<br />
materiales confiados a su manejo.<br />
18. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la<br />
naturaleza del cargo.
42<br />
19. Entregar oportunamente y en las fechas señaladas por el colegio, los informes<br />
que le sean requeridos.<br />
ARTÍCULO Nº 23 FUNCIONES DEL DIRECTOR O DIRECTORA DE GRUPO<br />
El profesor(a) director(a) de Grupo tendrá además las siguientes funciones:<br />
1. Elaborar su proyecto de dirección de grupo con asesoría del departamento de<br />
orientación escolar.<br />
2. Participar en el planeamiento y programación de las actividades de las<br />
estudiantes, teniendo en cuenta sus condiciones socio – económicas y<br />
características personales.<br />
3. Ejecutar el programa de inducción de las estudiantes del grupo confiadas a su<br />
dirección.<br />
4. Orientar a las estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y<br />
aprovechamiento académico en coordinación con la orientación.<br />
5. Promover el análisis y soluciones a los conflictos de las estudiantes.<br />
6. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o<br />
acudientes, para coordinar la acción educativa.<br />
7. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de las estudiantes del<br />
grupo a su cargo, en coordinación con la orientación.<br />
8. Rendir periódicamente informe a los coordinadores de la Institución de las<br />
actividades y programas realizados.<br />
9. Escuchar y orientar las inquietudes individuales y grupales, para que se<br />
busquen las soluciones apropiadas.<br />
10. Asumir con responsabilidad el curso a su cargo incluyendo las horas de<br />
dirección de grupo.<br />
ARTÍCULO Nº 24 FUNCIONES DEL JEFE DE AREA.<br />
El Jefe de Área depende del coordinador Académico. Es el responsable de lograr<br />
eficiencia en el desarrollo de los procesos curriculares relativos al área. Tiene<br />
autoridad funcional sobre los profesores que integran su área.<br />
Son entre otras sus funciones:<br />
1. Dirigir, organizar y asesorar las actividades del área, conforme a los criterios<br />
establecidos a nivel curricular y de coordinación académica.<br />
2. Establecer canales y mecanismos de comunicación entre los docentes del área<br />
y los demás estamentos.<br />
3. Colaborar en la elaboración de proyectos de sus asignaturas, del área y en<br />
general en el plan de estudios y carga académica.<br />
4. Dirigir, supervisar y asesorar a los profesores en el planeamiento y desarrollo<br />
de las actividades curriculares que ofrece el distrito y promover su actualización.
43<br />
5. Ejecutar las acciones del proceso académico en coordinación con los demás<br />
jefes de área.<br />
6. Promover y desarrollar programas de investigación científica.<br />
7. Rendir periódicamente informe al coordinador académico sobre el desarrollo de<br />
los programas y actividades de su área.<br />
8. Participar en los comités que sea requerido.<br />
9. Supervisar y evaluar la ejecución de los programas y el rendimiento de las<br />
estudiantes.<br />
ARTÍCULO Nº 25 FUNCIONES DE LA COORDINACION ACADEMICA<br />
El coordinador académico depende del rector de la institución. Le corresponde la<br />
administración académica del plantel. De ella dependen los jefes de área y por<br />
relación de funcionalidad los profesores.<br />
Son algunas de sus funciones:<br />
1. Participar en el Consejo académico y en los demás que sea requerido.<br />
2. Orientar la evaluación institucional permanente.<br />
3. Organizar cursos de capacitación teniendo en cuenta las necesidades de los<br />
Docentes.<br />
4. Establecer e incrementar metodologías modernas que mejoren la calidad<br />
educativa en el plantel y unifiquen la actividad pedagógica en todos los niveles.<br />
5. Dirigir la planeación y programación académica de acuerdo con los objetivos y<br />
criterios curriculares institucionales definidos en el proyecto educativo.<br />
6. Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes y<br />
coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.<br />
7. Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />
8. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.<br />
9. Dirigir la evaluación del rendimiento académico a nivel personal, grupal y por<br />
niveles, adelantar acciones para mejorar el aprendizaje u obtención de logros.<br />
10. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario<br />
general de clases del plantel en colaboración con el Coordinador de<br />
Convivencia y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />
11. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos..<br />
12. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.<br />
13. Rendir periódicamente informe a la rectoría, sobre el resultado de las<br />
actividades académicas.<br />
14. Presentar a la Rectoría la necesidad de material didáctico de las áreas.<br />
15. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la<br />
naturaleza del cargo.<br />
ARTÍCULO Nº 26 FUNCIONES DE LA COORDINACION DE CONVIVENCIA
44<br />
Es el responsable ante la rectoría de la buena marcha del plantel en lo relacionado<br />
con el orden y cumplimiento de las normas vigentes estipuladas en este Manual<br />
de Convivencia.<br />
Son algunas de sus funciones:<br />
1. Participar en el consejo académico y en los demás que sea requerido.<br />
2. Colaborar con la evaluación Institucional curricular y de aprendizaje.<br />
3. Dirigir la planeación y la programación del acompañamiento de estudiantes y<br />
profesores de acuerdo con los objetivos y criterios institucionales definidos en<br />
el P.E.I.<br />
4. Organizar las direcciones de grupo y su proyecto en coordinación con la<br />
orientación y el grupo de docentes encargados para tal fin.<br />
5. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la Coordinación Académica.<br />
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />
7. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.<br />
8. Colaborar con la Coordinación Académica en la distribución de las asignaturas<br />
y en la elaboración del horario general de clases del plantel.<br />
9. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores<br />
y estudiantes.<br />
10. Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.<br />
11. Rendir periódicamente a la Rectoría informe sobre las actividades de su<br />
dependencia.<br />
12. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la<br />
naturaleza de su cargo.<br />
ARTÍCULO Nº 27 FUNCIONES DE LA ORIENTACION ESCOLAR<br />
El (la) orientador (a) escolar o consejero(a) depende del rector del plantel. Le<br />
corresponde facilitar el que las estudiantes y demás estamentos de la comunidad<br />
educativa, identifiquen sus características y necesidades personalmente, creando<br />
así un ambiente que estimule el rendimiento escolar y la realización escolar.<br />
Son algunas de sus funciones:<br />
1. Participar en los proyectos y consejos en que sea requerido.<br />
2. Planear y programar en colaboración con coordinadores las actividades de su<br />
dependencia, de acuerdo con los criterios establecidos por la rectoría del<br />
plantel.<br />
3. Coordinar su acción con los responsables de los demás servicios de bienestar.<br />
4. Atender los casos especiales de comportamiento que se presenten en el<br />
plantel.<br />
5. Elaborar y ejecutar los programas de exploración y orientación profesional.
45<br />
6. Colaborar con los docentes en la orientación de las estudiantes<br />
proporcionándoles información sobre situaciones grupales o particulares que<br />
determinen el proceso de aprendizaje.<br />
7. Programar y ejecutar actividades tendientes a formar líderes.<br />
8. Programar talleres según las necesidades de cada grupo, para ser<br />
desarrollados en la dirección del curso.<br />
9. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la<br />
naturaleza del cargo.<br />
ARTÍCULO Nº 28 FUNCIONES DEL RECTOR<br />
Son funciones del Rector del establecimiento educativo:<br />
1. Presidir las reuniones del Consejo Directivo Y Consejo Académico.<br />
2. Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar decisiones<br />
del Gobierno Escolar.<br />
3. Velar por el cumplimiento de las funciones Docentes y el oportuno<br />
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.<br />
4. Promover el proceso continuo del mejoramiento de la calidad de la educación<br />
en el establecimiento, mediante la capacitación de los docentes.<br />
5. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con la<br />
comunidad local para el continuo progreso académico de la institución.<br />
6. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la<br />
comunidad educativa.<br />
7. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.<br />
8. Ejercer y ejecutar las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley y el<br />
manual de Convivencia de la Institución Educativa.<br />
9. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a<br />
favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.<br />
10. Promover actividades de beneficio cultural, deportivo o recreativo que tienden<br />
al logro de una educación integral.<br />
11. Hacer cumplir las asignaciones académicas y horarios de acuerdo con las<br />
normas vigentes.<br />
12. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le<br />
atribuye el Proyecto Educativo Institucional.<br />
CAPÍTULO XI<br />
ART. Nº 29 PADRES DE FAMILIA<br />
DECÁLOGO DEL PADRE Y MADRE LICEÍSTA
46<br />
1. Respetar a todos y todas las integrantes del colegio, especialmente a las<br />
hijas.<br />
2. Siempre asistir a las reuniones del colegio sin excusa alguna.<br />
3. Cumplir con los horarios de atención a padres de familia.<br />
4. Participar de manera proactiva en asambleas y comités del colegio.<br />
5. Proponer y criticar constructivamente.<br />
6. Responsabilidad y atención en los horarios de las hijas.<br />
7. Ser buen ejemplo con hechos no con dichos.<br />
8. Conocer el círculo de amigos y amigas que maneja su hija; en gran medida<br />
se estará evitando correr riesgos innecesarios o hechos que lamentar.<br />
9. Procurar que al interior de los hogares se construyan acuerdos de<br />
convivencia los cuales pueden contribuir a tener unas mejores relaciones<br />
intra familiares y por ende un mejor bienestar.<br />
10. Utilizar el Conducto Regular establecido por la institución para solucionar de<br />
manera eficiente y adecuada las diferentes inquietudes.<br />
Los Padres de Familia son los principales educadores de sus hijos, por<br />
consiguiente, en la comunidad escolar, deben desempeñar eficazmente el papel<br />
de agentes educativos.<br />
Para asumir esta función, es fundamental que conozcan lo que pretende el P.E.I.,<br />
la Institución Educativa Distrital Liceo femenino “MERCEDES NARIÑO” , si los<br />
padres o acudientes están convencidos de que “ este tipo de educación y de la<br />
Institución que desean para su hija, a partir de la matrícula adquieren derechos y<br />
asumen serios compromisos.<br />
ARTÍCULO Nº 30 DERECHOS:<br />
1. Velar por que sus hijas reciban una educación conforme a la Constitución<br />
Política Nacional y al Proyecto Institucional del Colegio.<br />
2. Ser informado oportunamente de los procedimientos o procesos disciplinarios<br />
en los que esté implicada su hija.<br />
3. Ser atendido oportunamente por la rectoría las coordinaciones, el personal<br />
docente y administrativo, dentro del horario establecido por el Colegio para<br />
atención a los Padres de familia o Acudientes.<br />
4. Ser tratado con respeto y consideración por parte de la Comunidad Educativa.<br />
5. Hacer los reclamos de manera objetiva y oportuna con el debido respeto y<br />
siguiendo el conducto regular, así:<br />
* Profesor de la materia.<br />
* Director de Curso.<br />
* Coordinador Académico y/o de Convivencia.<br />
* Rector<br />
* Consejo Directivo.
47<br />
6. Ser convocado oportunamente a reuniones y a encuentros de carácter<br />
educativo y formativo programados por el colegio.<br />
7. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con la filosofía y los<br />
objetivos del Colegio.<br />
8. Elegir y ser elegido como miembro en las instancias de participación: Consejo<br />
Directivo, Consejo de Padres, Junta Directiva de la Asociación de Padres de<br />
familia.<br />
9. Contratar anualmente con el Colegio, la educación de sus hijas.<br />
10. Dar por terminado el contrato de servicio educativo.<br />
11. Lo contemplado dentro de la ley, el decreto 2737 de 1987, ley 115 de 1994 y<br />
ley 1098 de infancia y adolescencia.<br />
ARTÍCULO Nº 31 DEBERES.<br />
1. Responsabilizarse de la información y educación de su hija(s) en<br />
concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución<br />
Nacional, la Ley General de educación, el código del menor, el P.E.I. y el<br />
presente Manual de Convivencia.<br />
2. Proveer al alumno de los elementos necesarios para el desarrollo eficaz del<br />
aprendizaje. Articulo 17 ley 1098 de infancia y adolescencia.<br />
3. Conocer, comprometerse y cumplir con el presente Manual de Convivencia<br />
según la Ley 115, Artículo 201.<br />
4. Conocer, apoyar y vivenciar la filosofía y los objetivos del colegio.<br />
5. Velar por la buena presentación personal de sus hijas, acorde con el uniforme<br />
exigido por el colegio, que no incluye modas, subculturas, o grupos urbanos y<br />
tribus en la estética del mismo. De la misma manera velar por el conocimiento y<br />
cumplimiento de la ley de infancia y adolescencia 1098 en especial: articulo<br />
14, articulo 15, articulo 17, articulo 18, articulo 20, articulo 22, articulo 23,<br />
articulo 24, articulo 39, articulo 42 numeral 5.<br />
6. Fomenta en sus hijas el amor y el respeto por el Colegio.<br />
7. Dotar a sus hijas de los uniformes completos y de los implementos necesarios<br />
para cada área y asignatura.<br />
8. Contribuir solidariamente con la Institución para la formación de sus hijas.<br />
9. Asistir a reuniones periódicas para recibir los respectivos informes académicos<br />
y demás citaciones hechas por el colegio. Articulo 42 numeral 5. Ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
10. A los Padres de Familia le queda totalmente prohibido llevar al colegio a sus<br />
hijas trabajos, útiles, comida, etc.<br />
11. Responsabilizarse del horario de llegada y salida de sus hijas del Colegio.<br />
12. Controlar y orientar el trabajo que debe realizar en casa.<br />
13. Revisar y controlar el dinero u objetos de valor que sus hijas traen al Colegio o<br />
llevan a su casa.<br />
14. Evitar la violencia y agresión familiar.<br />
15. Firmar el observador de la estudiante cuando sea requerido.
48<br />
16. Facilitar los medios necesarios para que sus hijas asistan a visitas de carácter<br />
cultural, recreativo o deportivo.<br />
17. Asistir de manera obligatoria, responsable y fiel a las citaciones, talleres<br />
escuela de padres y actos resocialisativos, para controlar en forma permanente<br />
al alumno(a) para garantizar su desarrollo armónico integral. Articulo 14,<br />
Articulo 17, Articulo 18, Articulo 39, articulo 42 numeral 5 de la ley 1098 de<br />
infancia y adolescencia.<br />
18. Los reclamos hechos a directivas, docentes, personal administrativo y de<br />
servicios, deben ser en forma justa y respetuosa.<br />
19. Apartar a su hija de todas las situaciones de peligro físico o moral mediante la<br />
prohibición expresa de portar armas, frecuentar lugares prohibidos por la Ley,<br />
tomar parte de actividades ilícitas, asociarse con otros a cometer delitos, hacer<br />
uso de sustancias tóxicas y psicoactivas, promover o participar en cualquier<br />
clase de desordenes, consumo de cigarrillo y bebidas alcohólicas dentro y<br />
fuera de la Institución.<br />
20. Estimular a su hija cada vez que haga bien las cosas, reconocer sus méritos y<br />
destacar el esfuerzo que hace para superar las dificultades y las limitaciones,<br />
rodearlas de afecto.<br />
21. Corregir y tomar acciones adecuadas cuando falte gravemente a sus deberes.<br />
22. Evitar y controlar las ausencias de sus hijas al colegio. En caso de que el<br />
responsable de la ausencia de la estudiante sin causa justificada sea el Padre<br />
de Familia o Acudiente se le enviará a la comisaría de familia.<br />
23. En caso de que su hija necesite retirarse del colegio antes de terminarse la<br />
jornada, debe presentarse personalmente a retirarla, con el visto bueno de la<br />
Coordinación de Convivencia.<br />
24. Presentar al plantel personalmente las excusas de su hija dentro de los tres (3)<br />
días hábiles siguientes.<br />
25. Responder económicamente por los daños causados por su hija en el colegio.<br />
26. Proporciona a su hija fotocopia (para que lo lleve diariamente), del Carné de<br />
afiliación de la E.P.S. a la que tiene derecho.<br />
27. La Institución puede negar la admisión a una estudiante cuando durante el año<br />
escolar, los padres o acudientes han descuidado las obligaciones expresadas<br />
en éste Manual.<br />
28. Las sugerencias o reclamos de los Padres de familia serán a través del padre<br />
delegado.<br />
29. Los Padres de familia no podrán ingresar a las aulas de clase, durante la<br />
jornada escolar. Serán atendidos solo en el lugar donde fueron citados.<br />
30. Integrar y asistir de manera obligatoria e inexcusable a la escuela para padres<br />
buscando su mejoramiento personal que redunde en el bien de la familia.<br />
Articulo 39. Articulo 41 numeral 8 y 9. Articulo 42 numeral 5. Articulo 18. Ley<br />
1098 de infancia y adolescencia.<br />
PARÁGRAFO1: la constante inasistencia de los padres de familia a las reuniones<br />
y el abandono manifiesto de las obligaciones que tienen con sus hijos será<br />
notificado por Psicoorientación, Coordinación y/o Rectoría a las autoridades<br />
competentes, para dar cumplimiento al artículo 18 de la ley 1098 de infancia y<br />
adolescencia, en el tema descuido, trato negligente y omisión; también dando
49<br />
cumplimiento al artículo 39 de la ley 1098. Igualmente, esta inasistencia será<br />
estudiada en consejo directivo, como causal de pérdida del cupo y cancelación<br />
de la matricula. Según lo declara la corte:<br />
Que “Al momento de matricularse una persona en un Centro<br />
Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un<br />
contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (ST-<br />
612/92).<br />
Que “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia,<br />
en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro<br />
Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental<br />
que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe<br />
cumplir, de tal manera que no puede invocar el mencionado derecho para<br />
excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 235/97).<br />
PARÁGRAFO2: los objetos no pertinentes a la clase y al colegio que sean traídos<br />
por el estudiante al Colegio, referidos en este Manual de Convivencia, serán<br />
retenidos, sin comprobar su estado de funcionamiento, en la Coordinación<br />
hasta que el padre de familia o acudiente lo reclame y firme un compromiso de<br />
colaboración con las disposiciones del colegio<br />
ARTÍCULO Nº32 CAUSALES DE AMONESTACIÓN<br />
1. Violencia o agresión familiar.<br />
2. Falsificación de documentos o suplantación de acudientes.<br />
3. Desconocimiento del conducto regular para sus reclamos.<br />
4. Agresión verbal o física a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.<br />
5. Incumplimiento al MANUAL DE CONVIVENCIA.<br />
6. Ingresar al colegio en estado de embriaguez o bajo efectos de drogas.<br />
7. Ingresar al colegio portando cualquier clase de armas.<br />
8. Incumplimiento en el pago de sus obligaciones económicas con el colegio.<br />
9. Desacato a los horarios de atención programados por la institución a<br />
excepción de casos especiales.<br />
ARTÍCULO No. 33 PROCEDIMIENTO EN CASO DE NO CUMPLIR CON<br />
ESTAS OBLIGACIONES.<br />
1. Convocatoria del Padre o acudiente para analizar la situación y hacer el llamado<br />
de atención que quedará registrado en el observador de la estudiante.<br />
2. El padre de familia o acudiente debe justificar su inasistencia a una citación<br />
hecha por la institución.<br />
3. Si es necesario una tercera citación a los padres o acudientes se informará<br />
a la comisaría de familia respectiva y si es el caso se remitirá directamente<br />
a dicha instancia.
50<br />
4. En caso de reincidencia la institución estudiará el caso para remitirlo al I.C.B.F.<br />
CAPÍTULO XII<br />
ART Nº 34 GOBIERNO ESCOLAR<br />
El colegio conformará y organizará el Gobierno Escolar dentro de los 45 días<br />
siguientes al inicio de las labores académicas de cada año. El rector citará a la<br />
comunidad educativa para tal fin.<br />
Mientras se elige y posesiona el nuevo Gobierno Escolar seguirá en funciones el<br />
elegido el año inmediatamente anterior.<br />
Los nombres de los miembros del Gobierno Escolar, serán elegidos y cumplirán<br />
las funciones de su cargo siguiendo lo preceptuado en normas legales vigentes.<br />
Cada uno de los órganos que conforman el Gobierno Escolar se dará su propio<br />
reglamento de funcionamiento.<br />
El Gobierno Escolar en la Institución Educativa Distrital Liceo Femenino<br />
“MERCEDES NARIÑO” estará constituido tal y como lo establece el DECRETO<br />
1860 DE AGOSTO DE 1994.<br />
CAPITULO XIII<br />
ART. Nº 35 REQUISITOS PARA SER ELEGIDO REPRESENTANTE AL<br />
CONSEJO ESTUDIANTIL, PERSONERA, MONITORA O PRESIDENTA.<br />
1. Ser estudiante regular del Colegio (Estar Matriculada).<br />
2. No haber sido sancionada disciplinariamente.<br />
3. Haber observado y mantener excelente rendimiento académico y<br />
comportamental.<br />
4. Ser líder propositiva, respetuosa, excelente presentación personal y dar<br />
ejemplo de superación y convivencia.<br />
5. Cumplir responsablemente con el Manual de Convivencia.<br />
PRESIDENTA DE CURSO:<br />
Estudiante elegida democráticamente en cada curso.<br />
Responsable directa del control diario de clase con sus respectivas<br />
observaciones.<br />
Promotora del buen comportamiento y cumplimiento del manual de<br />
convivencia en cada curso.<br />
FUNCIONES DE LAS PRESIDENTAS:
51<br />
1. Diligenciar y entregar el control diario de asistencia a coordinación de<br />
convivencia.<br />
2. Comunicar a su director de Curso o Coordinador, según el caso, las<br />
novedades disciplinarias o académicas presentadas.<br />
3. Colaborar en el orden y buen comportamiento de sus compañeras en<br />
ausencia del profesor y en todo acto comunitario. En el desempeño de ésta<br />
función contará con la colaboración de la representante al Consejo<br />
estudiantil.<br />
4. Informar a la Coordinación de Convivencia cuando una compañera o varias<br />
han faltado a la institución por tres días o más de forma consecutiva.<br />
PARAGRAFO:<br />
En caso que la estudiante presidenta del curso no cumpla con las funciones<br />
establecidas para ello, el director (a) de curso en acuerdo con la Coordinación<br />
de Convivencia podrán elegir a la nueva estudiante presidenta directamente.<br />
MONITORAS DE ASEO:<br />
Estudiante elegida democráticamente en cada curso.<br />
Representante directa del aseo del salón y de los diferentes espacios que el<br />
curso utilice en la institución.<br />
Promotora del cuidado de todos los espacios y enseres de la institución asi<br />
como de la excelente presentación personal de sus compañeras.<br />
REQUISITOS PARA SER MONITORA DE ASEO:<br />
Excelente presentación personal<br />
No tener compromisos de convivencia y/o académicos.<br />
Alto sentido de pertenencia e identidad con la institución.<br />
Colaboración constante por el mantenimiento y aseo del colegio.<br />
FUNCIONES DE LA MONITORA DE ASEO:<br />
1. Promover actividades que redunden en el mejoramiento continuo del aseo y<br />
organización institucional.<br />
2. Trabajar conjuntamente con las integrantes del proyecto de medio ambiente<br />
para lograr un mayor cuidado de las instalaciones del colegio.<br />
3. Organizar los grupos de aseo del curso con ayuda del director de grupo.<br />
4. Informar y hacer entrega de la organización del curso para el aseo del salón a<br />
coordinación de convivencia.<br />
5. Velar permanentemente por uso adecuado y el cuidado de pupitres, escritorio,<br />
sillas y en general por el mobiliario de su curso e informar oportunamente y por<br />
escrito sobre las anomalías que se presenten en dicho inventario a<br />
coordinaciones de convivencia y administrativa.
52<br />
6. Mantener comunicación permanente con la presidenta de curso asi como con el<br />
director de curso para informar del cumplimiento o no del aseo del curso.<br />
7. Responder por el aseo del sector asignado a coordinación de convivencia.<br />
PARAGRAFO:<br />
En el caso que la estudiante monitora de aseo del curso no cumpla con las<br />
funciones establecidas para ello, el director (a) de curso en acuerdo con la<br />
Coordinación de Convivencia podrán elegir a la nueva estudiante monitora de<br />
aseo directamente.<br />
MONITORAS DE ASIGNATURA<br />
Estudiante elegida por el profesor (a) en todos y cada uno de los cursos en los que<br />
tenga clase, teniendo en cuenta el perfil de la asignatura establecido por el<br />
docente para la estudiante.<br />
FUNCIONES DE LA MONITORA<br />
1. Colaborar en el registro de la asistencia a clase de sus compañeras.<br />
2. Mantener informadas a las compañeras de las actividades establecidas por<br />
el docente para la clase.<br />
3. Colaborar en la distribución de talleres cuando el docente lo requiera.<br />
4. Colaborar en el buen desempeño y disciplina de las compañeras en<br />
ausencia del docente.<br />
CONCILIADORA DE PAZ:<br />
Estudiante elegida democráticamente, mediadora en conflictos escolares lo que la<br />
constituye como un medio eficaz en la solución de conflictos y en enlace entre<br />
estudiantes, docentes, coordinadores y Rector.<br />
PROCESO DE ELECCIÓN DE LA CONCILIADORA DE PAZ:<br />
Tener conocimiento del proyecto conciliadoras de paz.<br />
Participar activamente en los talleres desarrollados para tal fin<br />
Postularse como candidata a ser conciliadora de paz<br />
Realizar el proceso de elección democrática en el salón de clase y<br />
orientado por el Director de grupo.<br />
Realizar escrutinio para conocer el nombre de la conciliadora elegida con el<br />
mayor número de votos.<br />
Elaborar el acta de posesión y compromiso como estudiante conciliadora de<br />
paz.<br />
FUNCIONES DE LA CONCILIADORA DE PAZ:
53<br />
1. Propiciar una sana convivencia dentro de las diferencias.<br />
2. Mantener el diálogo y la concertación como mecanismos eficaces en la<br />
solución de conflictos.<br />
3. Fortalecer la solidaridad, la unión y la disciplina escolar.<br />
4. Generar autonomía<br />
5. Buscar acciones que mantengan la convivencia pacífica.<br />
6. Asistir a todas las reuniones de capacitación.<br />
7. Asistir a las reuniones de los comités donde sea citada.<br />
CAPÍTULO XIV<br />
ART. Nº 36 DEL PROCEDIMIENTO ACADEMICO<br />
Las estudiantes matriculadas en el colegio están obligadas a aceptar y recibir el<br />
esquema estructurado de las áreas obligatorias y fundamentales y las optativas<br />
que la institución señale en su PEI y que forman parte del currículo.<br />
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN EN EL LICEO<br />
FEMENINO MERCEDES NARIÑO<br />
A partir del año 2010 la evaluación de los colegios se encuentra<br />
regida por el decreto 1290 de 2009; el liceo femenino hoy quiere<br />
presentarle algunos apartes de importancia del sistema integral de<br />
evaluación liceísta (SIEL)<br />
ESCALAS VALORATIVAS:<br />
DESEMPEÑO SUPERIOR ( S) : Corresponde en escala cuantitativa al<br />
intervalo comprendido entre 4.6 y 5.0 se evidencian desempeños que<br />
permiten definir el alcance de los logros propuestos sin dificultad, los<br />
descriptores corresponden a desempeños que evidencian un excelente<br />
comportamiento , un desarrollo de actividades curriculares que exceden las<br />
exigencias esperadas, demuestra gran sentido de pertenencia institucional,<br />
muy buena participación en las actividades curriculares y extracurriculares,<br />
demostración de un autocontrol, y autonomía para acceder a mejores<br />
niveles de desarrollo de pensamiento.<br />
DESEMPEÑO ALTO (A): Corresponde en escala cuantitativa al intervalo<br />
comprendido entre 4.0 y 4.5 se evidencian desempeños que permiten<br />
definir el alcance de los logros propuestos sin dificultad, los descriptores<br />
corresponden a desempeños que evidencien el alcance de logros sin<br />
dificultades, interés en superar los procesos académicos y acercarse al<br />
perfil liceísta. Actitudes que manifiesten una buena convivencia y un<br />
espíritu de pertenencia institucional.
54<br />
DESEMPEÑO BASICO (B): Corresponde en escala cuantitativa al<br />
intervalo comprendido entre 3.2 y 3.9 y se entiende como la superación<br />
de los desempeños mínimos necesarios en relación con las áreas<br />
obligatorias y fundamentales y las optativas que el PEI establezca teniendo<br />
como referentes básicos las orientaciones y lineamientos expedidos por el<br />
MEN y el PEI del colegio. Sus descriptores corresponden a desempeños<br />
que evidencian el alcance de los logros mínimos con actividades<br />
complementarias dentro del periodo académico; presenta algunas<br />
inasistencias injustificadas; su comportamiento aún presenta algunos<br />
aspectos que son necesarios de superar para lograr la identificación con el<br />
perfil liceísta, desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas;<br />
manifiesta cierto sentido de pertenencia a la Institución; tiene algunas<br />
dificultades que supera parcialmente. Dentro de los descriptores será<br />
necesario incluir algunas recomendaciones encaminadas a la superación de<br />
las dificultades que presenta<br />
DESEMPEÑO BAJO (BJ): Corresponde en escala cuantitativa al intervalo<br />
de valoraciones entre 1.0 y 3.1 y se entiende como la NO superación de<br />
los desempeños mínimos necesarios.<br />
Sus descriptores corresponden a desempeños que permiten evidenciar<br />
que NO se alcanzan los logros mínimos necesarios y por lo tanto requiere<br />
actividades de refuerzo y superación, presenta inasistencias<br />
injustificadas; presenta dificultades de comportamiento; no desarrolla el<br />
mínimo de actividades curriculares requeridas; no manifiesta un sentido de<br />
pertenencia a la Institución.<br />
LA PROMOCIÓN DE LAS ESTUDIANTES:<br />
• La promoción consiste en el proceso que valida el avance de la<br />
estudiante según sus desempeños demostrados, sus capacidades,<br />
aptitudes personales y desarrollo de competencias, avance logrado en<br />
un tiempo determinado.<br />
• La promoción de la estudiante de un grado a otro se hace por áreas, de<br />
acuerdo al desempeño demostrado al finalizar el proceso académico de<br />
un año lectivo se considera que la estudiante alcanzó los logros mínimos<br />
para ser promovida, cuando sus desempeños corresponden a un nivel<br />
básico. Para ser promovida una estudiante liceísta deberá tener como<br />
mínimo desempeños básicos en todas las áreas de conocimiento.<br />
• Para la aprobación de un área cualquiera, la estudiante debe tener como<br />
mínimo un nivel de desempeño básico que equivale cuantitativamente a<br />
3.2 en su valoración promedio al terminar el cuarto periodo académico. El
55<br />
promedio se realizará de manera ponderada de acuerdo al peso por<br />
asignatura aprobado por el consejo académico según el plan de<br />
estudios.<br />
SUPERACIONES Y CURSOS DE NIVELACIÓN:<br />
En el cronograma académico del liceo se planeará una semana de<br />
superación de dificultades al finalizar el primer y tercer periodo y dos<br />
semanas al finalizar el segundo y cuarto periodo de clases, las niñas<br />
al finalizar cada periodo recibirán el plan de superación de<br />
dificultades a desarrollar en estas semanas.<br />
Al finalizar las dos semanas del curso de nivelación programado al<br />
terminar el cuarto periodo las niñas que no presenten desempeños<br />
básicos en todas las áreas no serán promovidas.<br />
OTROS APARTES DE IMPORTANCIA:<br />
Todo docente liceísta esta obligado a informar en su primera<br />
semana de clase las reglas y sistema de evaluación que utilizará<br />
especificando el porcentaje que le dará a cada una de las<br />
actividades, el tipo de actividades a evaluar.<br />
La evaluación bimestral tipo ICFES será de carácter obligatoria y el<br />
valor será asignado por el consejo académico de la institución.<br />
Según el manual de convivencia liceísta la estudiante que se<br />
encuentre repitiendo año escolar y vuelva a no ser promovido<br />
perderá su calidad de estudiante liceísta y por lo tanto es deber del<br />
padre de familia, realizar las gestiones necesarias para que su<br />
acudida pueda continuar su proceso educativo en otra institución.<br />
Todo proceso de justificación de ausencias deberá realizarse en<br />
coordinación de convivencia por escrito y con los respectivos<br />
soportes.<br />
La asistencia de las estudiantes es de carácter obligatoria ya que los<br />
procesos desarrollados en el liceo son presenciales, el 20% de las<br />
fallas es causal de pérdida del área.<br />
INFORMES DE EVALUACIÓN<br />
Al finalizar cada uno de los cuatro (4) períodos del año escolar, los Padres de<br />
Familia o acudientes, recibirán un informe escrito de evaluación, en el que se dé<br />
cuenta de los avances de las estudiantes en el proceso formativo en cada una de<br />
las áreas. Este deberá incluir información detallada acerca de las fortalezas y
56<br />
dificultades que haya presentado la estudiante en cualquiera de las áreas y<br />
establecerá recomendaciones y estrategias para mejorar.<br />
Además al finalizar el año escolar, se les entregará a los Padres de Familia o<br />
acudientes un Informe Final, Integral del rendimiento de la estudiante para cada<br />
una de las áreas durante todo el año (4 períodos). Esta evaluación tendrá en<br />
cuenta el cumplimiento por parte de la estudiante de los compromisos que haya<br />
adquirido para mejorar las dificultades detectadas en períodos anteriores.<br />
CAPITULO XV<br />
ART. Nº 37 INSTANCIAS DE PARTICIPACION Y REPRESENTACIÓN<br />
Se establecerán directrices y programaciones para la conformación de las<br />
instancias de participación y representación al interior del colegio tal y como lo<br />
establece la RESOLUCION 181 de enero 27 de 2009, y esta hace parte integral<br />
del Manual de Convivencia de la institución.<br />
CAPITULO XVI<br />
ART. Nº 38 PLAN DE PREVENCION DE DESASTRES<br />
El plan de prevención de desastres del Liceo Femenino hace parte integral del<br />
Manual de Convivencia.