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FORMULA REQUERIMIENTO DE ELEVACION A JUICIO Señor ...

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el traslado a la Subcomisaría de Don Bosco debe haber durado “una hora”.<br />

Manifestó que en esa dependencia compartió cautiverio junto a Juan Gramano, entre<br />

otras personas, y resaltó que “los señores Miralles especialmente y Liberman,<br />

Destéfano y Gramano presentaban signos evidentes de haber sufrido torturas<br />

tremendas”, y que “era habitual que... después de las dos de la madrugada salieran,<br />

sacaran a un cautivo de la celda y los trasladaran a un lugar y ese cautivo no<br />

volviera más...”, así como también que “...en las madrugadas se producían una<br />

suerte de fiestas de aquelarre digamos, con, con música muy alta para no, para que<br />

los prisioneros no oyéramos las cosas que se decían y era como festejar después de<br />

haber hecho un trabajo, el trabajo entre comillas que ellos hacían, que era asesinar<br />

gente y después lo celebraban con largas borracheras y cosas así”(sic). Refirió<br />

además que fue interrogado en reiteradas oportunidades y también fue torturado y<br />

que en ese momento estuvieron presentes no menos de tres personas. Nazar señaló<br />

haber sido interrogado acerca del “pacto de Gelbard y Perón” y el supuesto “Plan<br />

Andina” y sus vinculaciones con el sionismo, y resaltó textualmente que “en otra<br />

ocasión fui nuevamente trasladado a la Jefatura de la Policía de la Provincia, en La<br />

Plata, donde me hicieron ampliar las declaraciones que formulé, bueno en ese lugar<br />

de detención, ésta vez fue a cara limpia y por lo tanto no había ninguna duda de que<br />

yo estaba detenido, estaba secuestrado, estaba desaparecido porque me trajeron a la<br />

Jefatura de Policía”. La víctima se refirió también a su compañero de cautiverio<br />

Alberto Liberman, de quien dijo que compartió con él el hambre, el frío, los dolores<br />

de las torturas, la incertidumbre, la circunstancia de saber que algunos cautivos eran<br />

sacados de sus celdas y no eran regresados. En ese sentido, describió las condiciones<br />

de higiene y de alimentación, las que estimó deplorables y que ejemplificó diciendo<br />

que les llevaban una olla de alguna comida, que deducían que rescataban de lo que<br />

tiraban los restoranes de la zona, y que comían de la olla, del piso y con la mano.<br />

Concluyó que era una forma de humillación, de tortura sicológica y de hacerles<br />

notar el poder de decidir sobre la vida y los actos de las personas. Juan Ramón<br />

Nazar permaneció detenido ilegalmente en la dependencia policial de Don Bosco<br />

entre los meses de julio y agosto de 1977, y recuperó su libertad el 25 de agosto de<br />

1978.<br />

17. Declaración de Pedro Augusto Goin obrante a fs. 1/8<br />

del legajo N°65 de la causa 3/SE, quien refirió que fue Ministro de Asuntos<br />

Agrarios de la Provincia de Buenos Aires durante la gobernación de Victorio<br />

Calabró y que fue privado de su libertad el 5 de septiembre de 1977 de su domicilio<br />

en la ciudad de Pigüé, por tres personas fuertemente armadas vestidas de civil, e<br />

inmediatamente fue trasladado hacia La Plata, siendo su primer centro de detención<br />

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