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¿Hacia dónde?

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david iBaRRa<br />

El criterio fundamental de las autoridades<br />

no se altera en medida suficiente. Se parte<br />

de señalar la existencia, real o supuesta, de<br />

graves restricciones financieras del Estado.<br />

De ahí, se infiere que la maximización de las<br />

rentas petroleras reside en concentrar su inversión<br />

en el desarrollo y extracción de crudos,<br />

con abandono incluso del resto de las<br />

cadenas de valor agregado. Tal enfoque tiene<br />

dos problemas: uno, que induce –como en<br />

el pasado– a la extracción inmoderada de<br />

crudos, con daño a la explotación racional<br />

de los yacimientos (véase Cantarell); y dos,<br />

a dejar de lado la concreción de rentas petroleras<br />

incrementadas con la industrialización<br />

de los hidrocarburos en la refinación<br />

y la petroquímica. En contraste, no parece<br />

haber reparo en aumentar el número de participantes<br />

en el reparto actual y futuro de<br />

la renta petrolera, si con ello el fisco puede<br />

seguir postergando una verdadera reforma<br />

tributaria.<br />

Diagnóstico e iniciativas de ley se concentran<br />

en el acomodo interno de Pemex<br />

sin considerar las circunstancias externas<br />

más importantes que afectan decisivamente<br />

su comportamiento. En particular, nada<br />

aportan en la cuestión de capitalizar a Pemex<br />

y de usar los márgenes financieros de<br />

maniobra disponibles. Y tampoco se avanza<br />

en alterar su defectuoso sistema impositivo<br />

–ojalá pronto surja una iniciativa<br />

en ese terreno–, o en dotar a Pemex de un<br />

régimen razonable de autonomía de gestión.<br />

Si bien se le otorgan ciertas libertades<br />

para invertir algunos de los excedentes de<br />

ingreso que pudiese generar, se le somete a<br />

férreos controles hacendarios, nulificando<br />

en gran parte su capacidad empresarial de<br />

gestión.<br />

En efecto, el mayor gasto de inversión<br />

queda sujeto a requisitos como los siguientes:<br />

el cumplimiento, a juicio del gobierno<br />

federal, de las metas que se le fijen a Pemex; el<br />

cumplimiento del techo consolidado del gasto;<br />

el cumplimiento de los montos del balance<br />

primario y del financiero que se le fijen; la<br />

colocación de bonos ciudadanos en proporciones<br />

especificadas de su deuda total. Como<br />

se aprecia se trata de reglas macroeconómicas<br />

110 confluencia XXI<br />

que poco o nada tienen que ver con la salud<br />

microeconómica de Pemex ni con el fortalecimiento<br />

de sus capacidades productivas o de<br />

competitividad.<br />

A su vez, la propuesta de integración del<br />

Consejo de Administración de Pemex fortalece<br />

las inclinaciones políticas del Ejecutivo<br />

al designar a seis de sus representantes; al<br />

nombrar a cuatro consejeros profesionales<br />

adicionales y sostener a cinco personas del<br />

sindicato; al señalar que su presidencia quedaría<br />

a cargo del titular de la Secretaría de<br />

Energía (Sener), y al nombrar al comisario.<br />

La autonomía de gestión y la independencia<br />

de criterios no quedan garantizadas tampoco<br />

con la creación de tres comités auxiliares del<br />

Consejo: Transparencia y Auditoría; Estrategia<br />

e Inversiones y Remuneraciones.<br />

Las iniciativas en alguna medida flexibilizan<br />

las regulaciones relacionadas con la preparación<br />

de licitaciones y de contratación de<br />

servicios al tomar en cuenta algunas peculiaridades<br />

de la industria petrolera. En cierto grado,<br />

se excluye a Pemex de satisfacer las normas<br />

de las leyes sobre obras públicas, adquisicio-<br />

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