david iBaRRa namiento y distribución, ya no sólo del gas, sino también de productos refinados y artículos petroquímicos (artículo 4). Puesto en otros términos, se restringe de nuevo, sin decirlo, la cobertura de las llamadas actividades reservadas al Estado, quebrantándose, quizás, el espíritu del Constituyente. Las intenciones reformistas no se detienen ahí. Se autoriza la inversión privada en la refinación del petróleo, recurriendo a la figura de la maquila. Pemex entregará los aceites y, pagando un costo, recibiría las gasolinas y todos los otros productos residuales (artículo 4). Desde el punto de vista económico, se daría un paso más en especializar las actividades de Pemex en producir exclusivamente materias primas, mientras se deja al sector privado los servicios conexos, así como la elaboración de productos industriales de alto valor agregado. No se distingue entre cubrir un costo temporal de mercado por servicios recibidos –en tanto se desarrollan las capacidades propias– y hacer partícipes en las utilidades a socios permanentes. Adviértase con algo más de detalle el caso de la refinación. El diferencial de precios entre el crudo pesado y el crudo ligero, y entre éstos y las gasolinas u otros productos refinados, asegura pingües utilidades a las operaciones de procesamiento, no inferiores a 2 mil o 3 mil millones de dólares anuales en una planta de 400 mil barriles diarios, considerando los precios internacionales vigentes. Los márgenes de refinación observan marcadas tendencias alcistas en la medida en que pueden repercutir las alzas de precios de los crudos y tomar ventaja del ascenso universal de la demanda. En suma, la inversión asociada podría recuperarse con alta probabilidad al tercer año de haber iniciado operaciones. Puesto en términos más generales. De seguirse ese camino, las rentas petroleras se diluirían paulatinamente entre más y más socios, a los cuales se les retribuiría con márgenes generosos de utilidades. De su lado, el Estado perdería la oportunidad de alargar las cadenas de valor agregado conforme a la mejor conveniencia del país y de fomentar al mismo tiempo la industrialización nacional. En el mediano o en el largo plazo, se cegarían fuentes de financiamiento del gasto público. 112 confluencia XXI Y, pese a la abundancia de recursos energéticos disponibles y potenciales, se desvanecería la posibilidad de construir una economía de energía comparativamente barata. La desincorporación hormiga está llevando a la creación de un intrincado conglomerado de actividades privadas con funciones cada vez más estratégicas y rentables que desangran a Pemex. Incluso se trata de crear derechos que sólo con dificultades podría revertir en el futuro el Estado mexicano, tratándose de inversionistas estadounidenses o canadienses, en virtud de las estipulaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Ya el sector empresarial preponderantemente extranjero empieza a dominar la industrialización, importación, transporte y comercio de los productos primarios y secundarios de Pemex. A la par, se entorpecen o cancelan las posibilidades de alargar y enriquecer sus cadenas de valor agregado. Con olvido de los intereses nacionales, poco a poco las decisiones sobre el abasto nacional o extranjero de los suministros energéticos quedan librados a la voluntad empresarial, a los intereses privados de los negocios. Valga recordar que la prelación de servir prioritariamente a la demanda del mercado nacional por encima de los compromisos de suministro al exterior fue uno de los argumentos válidos al rechazo inicial de la incorporación de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) a finales de los años setenta. La misma cuestión dio origen a la reserva mexicana en el TLC con Estados Unidos y Canadá más de una década después. Quiérase o no, en éste como en otros temas, las nuevas iniciativas gubernamentales pasan por alto batallas libradas en defensa de la soberanía energética del país, y quizá por eso sigan permitiendo el posible despilfarro de recursos y de oportunidades propicias al desarrollo nacional. Valga recordar por igual que importa respetar el Estado constitucional de derecho singularmente cuando surge de una amplia legitimidad democrática, de demandas ciudadanas ampliamente compartidas (1917), y no de imposiciones autoritarias de arriba abajo, disfrazadas de acuerdos legislativos. c 100-117.indd 13 6/27/08 4:13:51 PM
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