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Abandonados y desaparecidos: - Disability Rights International

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DRI y CMDPDH EMBARGADO Noviembre 30, 2010, 12:00 hras ESTE <strong>Abandonados</strong> y<br />

Desaparecidos<br />

Durante nuestras visitas a las instituciones de estancia prolongada en el Distrito<br />

Federal y los Estados de Jalisco, México, Oaxaca, Puebla y Veracruz observamos a miles de<br />

individuos languidecer en inactividad casi total, hacinados en bancas de habitaciones yermas,<br />

acostados en el pasto o el piso de concreto de las instituciones o sentados en sus camas. Estos<br />

ambientes son completamente inadecuados para la rehabilitación y recuperación de las<br />

habilidades necesarias para reintegrar a las personas a la comunidad. Las rutinas son<br />

reglamentadas, ya que la gente despierta a la misma hora, va a dormir a la misma hora y se<br />

forma para comer a la misma hora. La mayoría de las instituciones no le permiten a la gente<br />

conservar sus propias ropas, y caminan por ahí a medio vestir, en harapos.<br />

Pérdida de capacidad jurídica<br />

El Estado toma todas las decisiones por los abandonados. Depende del<br />

director del hospital. Yo soy responsable. Director de El Batam<br />

Somos tutores legales de todos quienes aquí se encuentran… No tenemos<br />

que pasar por proceso legal alguno. Directora de Fraternidad sin<br />

Fronteras<br />

Si alguna persona viviendo en el sistema de los centros de atención social<br />

de la Ciudad de México quiere tener sexo, yo tengo que decidir si es<br />

consensual y seguro. Me corresponde a mí decidir por todos. Tienen<br />

discapacidades, así que es muy difícil. Coordinadora de Operación del<br />

Sistema de Centros de Atención e Integración Social del Distrito Federal<br />

(CAIS) para 2,700 personas<br />

La ley en México reconoce los derechos de los adultos, en la población en general, de trabajar<br />

y ganar su propio dinero, poseer y heredar bienes, tomar decisiones sobre su lugar de<br />

residencia, casarse, decidir el tipo de atención médica que pueden recibir, cuándo tener un<br />

niño propio o adoptivo o cómo criarlo. Para las personas con discapacidad, sin embargo, estos<br />

derechos pueden ser arrebatados por el sistema jurídico mexicano cuando los individuos son<br />

declarados incapaces o mentalmente incompetentes. Adicionalmente, nuestra investigación<br />

encontró que la gente internada en instituciones está sujeta a restricciones aún mayores. Las<br />

personas colocadas en una institución pierden el derecho a tomar tan siquiera las decisiones<br />

cotidianas más fundamentales de la vida sin proceso legal alguno de por medio. En los límites<br />

reglamentados de una institución la gente debe despertar, dormir, comer o usar la ropa que la<br />

institución decida y en el tiempo que sea más conveniente para el personal del pabellón o para<br />

las autoridades institucionales. Las decisiones más importantes, tales como si una mujer puede<br />

conservar a su niño o al menos ver a sus hijos, están sujetas a las decisiones de los directores<br />

de la institución.<br />

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