JUZGADO PENAL. SENTENCIA 56/2011. - Poder Judicial del ...
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<strong>JUZGADO</strong> <strong>PENAL</strong>.<br />
<strong>SENTENCIA</strong> <strong>56</strong>/<strong>2011.</strong><br />
mas gente pero aquí estas, haciéndose constar que la ofendida saca un<br />
folder y señala en el en el momento en que le dice aquí están las fotos, por<br />
que no avanzando mas en el presente careo, haciéndose constar que el<br />
procesado se mostraba tranquilo y la ofendida en algunos momentos elevo el<br />
tono de la voz, lo que se asienta para debida constancia, manteniéndose<br />
cada quien en su dicho. Medio complementario de prueba que en términos<br />
de los artículos 201 y 223 <strong>del</strong> Código de Procedimientos Penales en vigor, se<br />
le concede fuerza probatoria de indicio. Del cual se desprende que los<br />
careantes se mantienen en su dicho.<br />
Obra el CAREO PROCEDIMENTAL ENTRE LA OFENDIDA ****** Y<br />
LA PROCESADA ****** (foja 187 vuelta), de fecha 16 de abril <strong>del</strong> 2012, <strong>del</strong><br />
cual resulto: la ofendida dice: A ver cuando te di la carne y ¿cuanto me<br />
entregabas?: la procesada contesta: tu me la dabas para vender al buen<br />
Sazón; la ofendida le dice: te digo lo que me dijo la <strong>del</strong> buen sazón y la de<br />
xuchitlan que tu se la dabas a ****** a ver cuanto me dabas por la venta y<br />
cuando te la daban; la procesada le contesta: lo que me daban y me la dabas<br />
los martes; la ofendida le dice: y lo atunes y todo lo demás de mercancía a<br />
poco te lo daba a ver explícame que no te pagaba?, y tu me robaste las<br />
llaves y metiste a ****** mi casa y entre los dos me transculcaban mi casa y a<br />
****** lo metías y robabas el dinero <strong>del</strong> altar de mi mama y era de diosito y se<br />
lo dabas al ****** para la gasolina de la moto; la procesada le contesta: Usted<br />
me daba el mandado, usted me decía que me lo podía llevar y tenia llaves<br />
por que usted me las daba yo no tenia duplicado; la ofendida responde: no tu<br />
sabrás trabajabas y me robas ¿a ver cuanto costaba la cecina acepta que me<br />
robabas? Entonces soy tan dadivosa todas van a querer trabajar conmigo<br />
como te voy a dar tanta carne y las toallas que encontré nada mas por que<br />
no quiero involucrar a mas gente; la procesado le dice: Tu me loa dabas yo<br />
no la agarre, tu me diste las toallas, el kilo lo dabas a $170.00, tu me lo<br />
dabas tu me lo dabas; por que no avanzando más en el presente careo,<br />
haciéndose constar que la procesado se mostraba tranquilo y la ofendida en<br />
algunos momentos elevo el tono de la voz, lo que se asienta para debida<br />
constancia, manteniéndose cada quien en su dicho. Medio complementario<br />
de prueba que en términos de los artículos 201 y 223 <strong>del</strong> Código de<br />
Procedimientos Penales en vigor, se le concede fuerza probatoria de indicio.<br />
Del cual se desprende que los careantes se mantienen en su dicho.<br />
De las anteriores pruebas, a juicio de quien resuelve, se desprenden<br />
datos suficientes para tener por acreditada la responsabilidad penal de ******