Beneficios_Convenio_Colectivo - Sindicato Nº2 Cesmec
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19.- PREMIO POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA<br />
Como una forma de reconocer la permanencia de los trabajadores<br />
en la Empresa, se pagará un Bono como Premio a la Antigüedad,<br />
conforme a la siguiente tabla:<br />
5<br />
12 %<br />
10 20 %<br />
15 25 %<br />
20 30 %<br />
25 35 %<br />
Años de Antigüedad Porcentaje del Sueldo Base<br />
Este bono se pagará conjuntamente con las remuneraciones del<br />
mes en que el trabajador cumpla los años de antigüedad indicados<br />
en la tabla.<br />
20.- PERMISOS CON GOCE DE REMUNERACIÓN<br />
En casos Justificados, tales como gestiones personales e<br />
impostergables que deba efectuar el trabajador en días laborales, u<br />
otras circunstancias semejantes.<br />
La Empresa otorgará a sus trabajadores con jornada distribuida en<br />
días hábiles permisos con goce de sueldo, en número que no<br />
supere a 2,5 días por cada año de vigencia del presente <strong>Convenio</strong><br />
<strong>Colectivo</strong>, a excepción de los trabajadores que presten servicios en<br />
jornadas de trabajo especiales o bisemanales y que su lugar de<br />
trabajo quede alejado de centros urbanos, podrán hacer uso de 2<br />
días administrativos el primer año y 3 días en el segundo y tercer<br />
año.<br />
Estos permisos deberán ser solicitados por escrito y<br />
anticipadamente al respectivo jefe directo. Los permisos autorizados<br />
deberán ser entregados en la Gerencia de Recursos Humanos,<br />
previo a su goce.