12.05.2013 Views

Beneficios_Convenio_Colectivo - Sindicato Nº2 Cesmec

Beneficios_Convenio_Colectivo - Sindicato Nº2 Cesmec

Beneficios_Convenio_Colectivo - Sindicato Nº2 Cesmec

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En los casos de renuncia voluntaria o mutuo acuerdo de las partes,<br />

el pago de la indemnización estará sujeto a la condición de que el<br />

trabajador suscriba previamente el compromiso de confidencialidad<br />

solicitado por la Empresa, ya sea en su finiquito o en instrumento<br />

separado.<br />

9.3 En caso de fallecimiento del trabajador, la indemnización que le<br />

habría correspondido en vida será cancelada a sus causahabientes<br />

en conformidad a las disposiciones legales sobre sucesión por<br />

causa de muerte que estuvieren vigentes al momento de ocurrir el<br />

evento.<br />

10.- TRABAJO NOCTURNO<br />

A partir de la fecha de vigencia de este instrumento, el trabajo<br />

nocturno de los trabajadores involucrados en esta negociación,<br />

estará sometido a las siguientes definiciones, condiciones y<br />

beneficios:<br />

Horario Nocturno: se entenderá por éste, aquel que se inicia a las<br />

21:00 horas y termina a las 06:15 horas del día siguiente.<br />

Jornada Nocturna: los trabajos cuya extensión horaria<br />

comprendan no menos de un 50% de su tiempo efectivo en Horario<br />

Nocturno.<br />

Rotación: Los trabajadores cuyo contrato no estipule el trabajo en<br />

turnos de noche, podrán optar al término de un período de 10<br />

Jornadas nocturnas continuadas, por un periodo de trabajo diurno<br />

de hasta 5 días.<br />

Descanso por cambio de turno: Al término de un período de<br />

trabajo nocturno, y antes del inicio de un período de trabajo diurno,<br />

el trabajador podrá disponer de a lo menos un día de descanso, sin<br />

perjuicio de que deberá cumplir con la jornada semanal contractual.<br />

Bono: Todo trabajador que deba efectuar su trabajo en Jornada<br />

Nocturna recibirá un Bono por este concepto de un 2.5% de su<br />

sueldo base, por cada turno de noche trabajado, con un máximo de<br />

$15.489.- por jornada.- Este Bono será imputable a cualesquiera<br />

bonificaciones que, por el concepto de trabajo nocturno, la Empresa

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!