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Aplica la Carga Tributaria

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La cuota del seguro del retiro como ya se vio es del 2% del sa<strong>la</strong>rio base de cotización y es aportada en su totalidad<br />

por el patrón.<br />

Tanto <strong>la</strong> cuota de cesantía en edad avanzada y vejez como <strong>la</strong> del seguro del retiro deberán depositarse en una<br />

institución de crédito en cuentas individuales por cada trabajador.<br />

Para registrar tanto <strong>la</strong> cuota de cesantía en edad avanzada y vejez como <strong>la</strong> del seguro del retiro en forma<br />

individualizada se emplea <strong>la</strong> sub cuenta del SAR.<br />

SAR.<br />

Sistema de Ahorro para el Retiro. Está basado en cuentas individuales en <strong>la</strong>s que<br />

contribuyen el trabajador, el patrón y el Gobierno Federal. Cada trabajador se hace<br />

acreedor a una pensión al final de <strong>la</strong> vida <strong>la</strong>boral en función del monto acumu<strong>la</strong>do<br />

en su cuenta individual.<br />

SAR 92.<br />

Este Periodo comprende <strong>la</strong>s aportaciones acumu<strong>la</strong>das por los trabajadores del IMSS entre el 1 de marzo de 1992 y el<br />

30 de junio de 1997. Los recursos correspondientes a dicho periodo fueron depositados en el banco que fue elegido<br />

en su momento por cada patrón y regu<strong>la</strong>dos por <strong>la</strong>s Leyes del IMSS y del INFONAVIT. Los recursos de este periodo<br />

se pueden transferir a <strong>la</strong> cuenta individual siempre y cuando se cuente con el comprobante bancario correspondiente.<br />

CONSAR.<br />

CONSAR es <strong>la</strong> Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y su <strong>la</strong>bor fundamental es <strong>la</strong> de regu<strong>la</strong>r el<br />

Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) que está constituido por <strong>la</strong>s cuentas individuales a nombre de los<br />

trabajadores que manejan <strong>la</strong>s AFOREs.<br />

42<br />

¿Qué significa que CONSAR regu<strong>la</strong> a <strong>la</strong>s AFOREs?<br />

La CONSAR establece <strong>la</strong>s reg<strong>la</strong>s para que el SAR funcione adecuadamente.<br />

Vigi<strong>la</strong> que se resguarden adecuadamente los recursos de los trabajadores.<br />

Supervisa que los recursos de los trabajadores se inviertan de acuerdo a los parámetros y límites<br />

establecidos por <strong>la</strong> Comisión (Régimen de inversión).<br />

Se asegura de que brinden <strong>la</strong> información requerida para los trabajadores (que te envíen tu Estado de cuenta<br />

tres veces por año, por ejemplo).<br />

Está facultada para imponer multas a <strong>la</strong>s AFOREs y sanciones a los empleados de éstas en caso de algún<br />

incumplimiento.<br />

Con todo ello, se asegura no sólo de que el SAR funcione sino de que los derechos de los trabajadores sean<br />

respetados por <strong>la</strong>s AFOREs.<br />

Administradoras de Fondos para el Retiro.<br />

Las Administradoras de Fondos para el Retiro, (AFORE), son instituciones financieras privadas de México, que<br />

administran fondos de retiro y ahorro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y<br />

recientemente de los afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado.<br />

Fueron creadas por <strong>la</strong> Ley del seguro social de 1997 e iniciaron su operación el 1° de Julio del mismo año. Su<br />

funcionamiento está regu<strong>la</strong>do por <strong>la</strong> Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, (CONSAR) y autorizado<br />

por <strong>la</strong> Secretaría de Hacienda y Crédito Público.<br />

Su finalidad es que todos los trabajadores puedan contar con una pensión al momento<br />

de su retiro, cuando los recursos de <strong>la</strong> AFORE no son suficientes para <strong>la</strong> pensión, el<br />

trabajador recibe una pensión garantizada del gobierno mexicano, equivalente a<br />

1 sa<strong>la</strong>rio mínimo del Distrito Federal por día y que se actualizará el mes de febrero todos<br />

los años conforme al INPC.<br />

APORTACIONES AL SEGURO SOCIAL Y SAR

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