DELINEAMIENTOS DEL DELITO IMPRUDENTE ... - Laborem Iuris
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cuidado.<br />
Además, cabe señalar que el concepto de exigibilidad en el delito<br />
imprudente es más elástico que en el delito doloso, es decir, los requerimientos son<br />
menos estrictos 75 .<br />
Por último, en este punto cabe afirmar el valor de la jurisprudencia. En<br />
efecto, la inexigibilidad como caso de exclusión de la culpabilidad en los delitos<br />
imprudentes tuvo como punto de partida el clásico caso jurisprudencial alemán conocido<br />
como “trabarriendas” (Leinenfänger, RGSt 30, 25) 76 . En él se trataba de un cochero que<br />
había viajado con un caballo del que sabía que, como “trabarriendas”, tenía tendencia a<br />
desbocarse; el caballo había causado efectivamente la fractura de la pierna de un<br />
transeúnte; aunque al cochero no le había faltado en modo alguno la conciencia del<br />
peligro que originaba, se lo absolvió porque había actuado a las órdenes del patrón, que<br />
estaba asimismo al corriente de los defectos del caballo, y porque si se negaba a<br />
obedecer debería contar con la pérdida de su puesto de trabajo, por lo que para el<br />
tribunal era inexigible el comportamiento adecuado a la norma.<br />
CONCLUSIÓN<br />
Vale concluir que la temática relacionada con los delitos culposos o<br />
imprudentes adquiere ribetes particulares, y que su estudio ha ido evolucionando<br />
continuamente sobre todo por obra de la doctrina, pero también por la jurisprudencia.<br />
El concepto de la culpa, conceptualizado como un obrar imprudente,<br />
determina un tipo penal prima facie indefinido que se concreta en cada caso.<br />
Respecto a la manera en que están contenidos legislativamente los delitos<br />
culposos en el Código Penal, el sistema legal argentino es el conocido como numerus<br />
clausus, conforme al cual se determina qué casos son sancionados específicamente como<br />
delitos culposos, a diferencia del método de numerus apertus en el cual hay una norma<br />
general que dispone que cualquier delito doloso cometido imprudentemente merece<br />
75 Aut. y ob. cit., pág. 138.<br />
76 ROXIN, ob. cit., pág. 1040.