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Código Ética (.pdf) - International Paper

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Acatamos las más altas normas éticas y asumimos<br />

la responsabilidad en todo lo que hacemos.<br />

ANTIMONOPOLIO Y COMPETENCIA<br />

Creemos en una competencia libre y abierta.<br />

Además, en la mayoría de los países en los que<br />

operamos rigen estrictas leyes (similares a las leyes<br />

antimonopolio de los Estados Unidos y las leyes<br />

sobre la competencia de la Unión Europea) que<br />

prohíben un comportamiento comercial desleal<br />

o que entre en colisión o en cualquier medida<br />

restrinja la libre competencia.<br />

Las leyes antimonopolio de los Estados Unidos y las<br />

leyes sobre la competencia de otros países son<br />

bastante complicadas, y el incumplimiento de estas<br />

leyes puede derivar en severas sanciones para la<br />

Compañía y los empleados que las infrinjan.<br />

Apenas si existen circunstancias en que la ley<br />

permita la realización de acuerdos con la<br />

competencia en cuanto a fijación de precios,<br />

condiciones de venta, volúmenes de producción,<br />

división de mercados o clientes. Además, los<br />

intentos de discriminar en cuanto a precios o<br />

condiciones de venta entre nuestros clientes, o de<br />

cualesquiera otras formas restringir la libertad de<br />

nuestros clientes para competir, puede ser ilegal<br />

en algunos casos. Si nos negamos a tratar con<br />

determinados integrantes de la competencia o<br />

determinados clientes pueden originarse problemas<br />

de carácter jurídico.<br />

Puntos de contacto: Departamento Jurídico de la<br />

Compañía o Línea de Asistencia (consulte la página<br />

22). Éstos son los contactos que necesita para<br />

obtener orientación y respuestas a las preguntas<br />

sobre temas relacionados con el antimonopolio o<br />

la libre competencia.<br />

Referencia de políticas: manuales de cumplimiento<br />

de leyes sobre libre competencia y antimonopolio<br />

de <strong>International</strong> <strong>Paper</strong> y Política corporativa 202, que<br />

se encuentran en IPNet, en la sección My-Policies<br />

(Mis políticas). Allí encontrará asesoramiento para<br />

un mejor cumplimiento de las leyes sobre la libre<br />

competencia y el antimonopolio.<br />

DILEMAS DE CARÁCTER ÉTICO<br />

SECCIÓN I COMPORTAMIENTO ÉTICO<br />

He recibido varias llamadas de una compañía<br />

que desea distribuir nuestros productos, pero<br />

actualmente no reúne los requisitos para hacerlo.<br />

Han amenazado con entablar una demanda si no<br />

les vendemos nuestros productos. ¿Tengo que<br />

autorizarlos a que sean nuestros distribuidores?<br />

¿Puedo autorizarlos a que sean distribuidores,<br />

pero cobrarles un precio más elevado por los<br />

productos que el que cobramos a otros<br />

distribuidores?<br />

Si no se presentan circunstancias especiales, no es<br />

necesario autorizarlos como distribuidores. Como regla<br />

general, una compañía puede elegir con quiénes desea o<br />

no establecer relaciones comerciales. Existen algunas<br />

excepciones especiales en las que tenemos la obligación<br />

legal de tratar con otros. Por ejemplo, cuando es<br />

posible que exista un historial previo de acuerdos<br />

comerciales y una negativa pueda derivar en el cese de<br />

actividades comerciales de la otra parte o cuando<br />

tenemos un producto exclusivo que no puede obtenerse<br />

en ningún otro sitio. Este tipo de circunstancias no se<br />

presenta a menudo y podemos seleccionar a los<br />

distribuidores o a otros clientes en función de lo que le<br />

resulte beneficioso para nuestra empresa.<br />

Esencialmente, si los autorizamos como distribuidores<br />

deberemos darles el mismo trato que a otros<br />

distribuidores, salvo que contemos con un fundamento<br />

objetivo para tener un trato diferente. Esto significa<br />

que es posible que tengamos que venderles productos de<br />

reventa básicamente por el mismo precio que les<br />

cobramos a los demás distribuidores. El trato con<br />

varios distribuidores o un trato diferente con otros<br />

clientes es un tema complejo y, en tales situaciones,<br />

debe consultarlo con el Departamento Jurídico o con la<br />

Línea de Asistencia (consulte la página 22).<br />

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