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Untitled - Bariloche

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16. Ejerce en los lugares transferidos por cualquier título al gobierno nacional o al<br />

provincial, las atribuciones que no obstaculicen el cumplimiento de los objetivos<br />

de utilidad nacional o provincial.<br />

17. Las necesarias para poner en ejercicio las enumeradas y las referidas a su<br />

propia organización y funcionamiento.<br />

Estas competencias definen la conformación de áreas dentro de la<br />

administración municipal, las que tienen por objeto dar cumplimiento en forma<br />

eficaz y eficiente, con economía y sencillez, aplicando las técnicas y metodologías<br />

de Administración, integración y participación; para lograr el óptimo desarrollo de la<br />

comunidad.<br />

Según señala la Carta Orgánica Municipal en su artículo 29, son funciones y<br />

competencias municipales:<br />

1. Gobernar y administrar los asuntos públicos e intereses locales dirigidos al bien<br />

común, para promover el desarrollo humano y social.<br />

2. Promover y garantizar la participación de los vecinos en los asuntos públicos<br />

como idea central del régimen democrático participativo, creando los institutos y<br />

organizaciones necesarios que posibiliten el ejercicio de ese derecho, facilitando el<br />

libre acceso a las fuentes de información y asegurando la publicidad de los actos de<br />

gobierno.<br />

3. Sancionar ordenanzas, decretos y resoluciones de carácter general o especial<br />

para la realización de los fines del Municipio.<br />

4. Suscribir convenios con otras jurisdicciones nacionales e internacionales.<br />

5. Concertar con el Estado Provincial regímenes de coparticipación impositiva.<br />

6. Participar activamente en todas las cuestiones que sean de competencia del<br />

Estado Provincial y Nacional e incidan directamente en la ciudad.<br />

Plan Estratégico e Integral<br />

7. Formular el Plan Estratégico e Integral de Desarrollo para la ciudad.<br />

Planificación Urbana y Ambiental<br />

8. Planificar y regular el desarrollo urbano y ambiental conforme al Plan Estratégico<br />

e Integral de Desarrollo y ejecutar las obras públicas que se determinen.<br />

9. Asegurar el uso público de las márgenes de los lagos navegables, de las riberas<br />

externas de ríos y arroyos navegables y de las sendas de montaña, y el libre<br />

acceso a las mismas.<br />

Servicios Públicos y Mantenimiento<br />

10. Los servicios públicos corresponden originariamente a la Municipalidad, quien<br />

vela por su correcta prestación. Toda concesión de éstos debe ser aprobada con la<br />

realización previa de una Audiencia Pública.<br />

11. Garantizar la recolección de residuos, y su adecuado tratamiento y disposición<br />

final, y la limpieza e higiene general en el ejido municipal.<br />

12. Asegurar y promover la limpieza de laderas de montañas, costas de lagos y<br />

ríos.<br />

13. Garantizar la señalización, el control y el mantenimiento de la red vial de su<br />

competencia.<br />

Carta Compromiso con el Ciudadano ‐ MSCB 13

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