21.01.2015 Views

Código Penal Federal - Cisen

Código Penal Federal - Cisen

Código Penal Federal - Cisen

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CÓDIGO PENAL FEDERAL<br />

Última Reforma DOF 26-12-2013<br />

El condenado cuya libertad preparatoria sea revocada deberá cumplir el resto de la pena en prisión,<br />

para lo cual la autoridad considerará el tiempo de cumplimiento en libertad. Los hechos que originen los<br />

nuevos procesos a que se refiere la fracción II de este artículo interrumpen los plazos para extinguir la<br />

sanción.<br />

Artículo 87.- Los sentenciados que disfruten de libertad preparatoria, concedida por la autoridad<br />

judicial, quedarán bajo el cuidado y vigilancia del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y<br />

Readaptación Social, de la Secretaría de Seguridad Pública y de aquellas autoridades que participen en<br />

la fase de ejecución de sentencias, con el auxilio de la Policía <strong>Federal</strong> Preventiva.<br />

Artículo 88.- (Se deroga).<br />

Artículo 89.- (Se deroga).<br />

CAPITULO IV<br />

Condena condicional<br />

Artículo 90.- El otorgamiento y disfrute de los beneficios de la condena condicional, se sujetarán a las<br />

siguientes normas:<br />

I.- El juez o Tribunal, en su caso, al dictar sentencia de condena o en la hipótesis que establece la<br />

fracción X de este artículo, suspenderán motivadamente la ejecución de las penas, a petición de parte o<br />

de oficio, si concurren estas condiciones:<br />

a).- Que la condena se refiera a pena de prisión que no exceda de cuatro años;<br />

b) Que el sentenciado no sea reincidente por delito doloso, haya evidenciado buena conducta antes y<br />

después del hecho punible y que la condena no se refiera a alguno de los delitos señalados en la fracción<br />

I del artículo 85 de este Código, y<br />

c) Que por sus antecedentes personales o modo honesto de vivir, así como por la naturaleza,<br />

modalidades y móviles del delito, se presuma que el sentenciado no volverá a delinquir.<br />

d) (Se deroga).<br />

e) (Se deroga).<br />

II.- Para gozar de este beneficio el sentenciado deberá:<br />

a).- Otorgar la garantía o sujetarse a las medidas que se le fijen, para asegurar su presentación ante<br />

la autoridad siempre que fuere requerido;<br />

b).- Obligarse a residir en determinado lugar del que no podrá ausentarse sin permiso de la autoridad<br />

que ejerza sobre él cuidado y vigilancia;<br />

c).- Desempeñar en el plazo que se le fije, profesión, arte, oficio u ocupación lícitos;<br />

d).- Abstenerse del abuso de bebidas embriagantes y del empleo de estupefacientes, u otras<br />

sustancias que produzcan efectos similares, salvo por prescripción médica; y<br />

e).- Reparar el daño causado.<br />

22 de 178

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!