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Informe sobre modificaciones efectuadas a los ... - Poder Ciudadano

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PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES<br />

Cláusula Anticorrupción<br />

La denominada “Cláusula Anticorrupción” tiene como objetivo impedir que a través de determinados actos,<br />

tanto de potenciales oferentes como de funcionarios públicos, se adquiera un beneficio personal a través del<br />

presente proceso licitatorio.<br />

Los oferentes deberán actuar en el marco de la presente licitación con integridad y transparencia.<br />

Consecuentemente, asumirán la obligación de no desarrollar por sí o por terceros ninguna práctica<br />

fraudulenta o de corrupción.<br />

En especial, se abstendrán de toda conducta que implique vulnerar <strong>los</strong> principios de igualdad y de<br />

competencia entre <strong>los</strong> oferentes o que atente contra la transparencia del proceso licitatorio, absteniéndose de<br />

realizar acciones que induzcan o alteren las evaluaciones de las ofertas, el resultado de <strong>los</strong> procedimientos u<br />

otros aspectos que otorguen condiciones ventajosas a un oferente en relación a <strong>los</strong> demás. En caso de<br />

producirse alguna de estas conductas ilícitas, la consecuencia es el rechazo de la oferta y se producirá aún<br />

cuando se hubieran consumado en grado de tentativa.<br />

Mediante la incorporación de esta herramienta en el Pliego de Condiciones, el Gobierno promueve un<br />

escenario transparente en el diseño de las bases para la licitación y en el proceso de adjudicación del<br />

contrato.<br />

También demanda que ningún funcionario público exigirá ni recibirá el pago de sobornos. Las empresas<br />

oferentes, por su lado, se comprometen a no ofrecer sobornos y a denunciar a aquel<strong>los</strong> que lo hagan.<br />

Por otro lado, se intenta establecer nuevas reglas de juego en forma simultánea y consensuada entre la<br />

Municipalidad y <strong>los</strong> oferentes con el objetivo de anular <strong>los</strong> incentivos y las oportunidades para el pago de<br />

sobornos <strong>sobre</strong> la licitación pública.<br />

Vale tener en consideración que dicha cláusula estaba contenida en el Pliego de Bases y Condiciones del<br />

Proceso Licitatorio 1780/2010 que quedó sin efecto con la sanción de la Ley 4120, más específicamente en<br />

el artículo 29 del Pliego de Condiciones Generales.<br />

Ahora bien, en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales establecido en la Disposición 171/2008<br />

dicha cláusula se encuentra en el artículo 31, aunque con un texto reducido en comparación con el texto del<br />

Pliego del proceso licitatorio 1780/2010.<br />

En consecuencia, <strong>Poder</strong> <strong>Ciudadano</strong> recomienda que éste sea incorporado expresamente al Pliego de<br />

Condiciones Generales del Pliego definitivo, con el texto que figuraba en el Pliego del 2010. Es decir que,<br />

una vez que se incorpore el Pliego de Condiciones General al cuerpo definitivo del Pliego, en el artículo 31<br />

de este PCG se sumen <strong>los</strong> siguientes párrafos:<br />

“Los oferentes deberán actuar en el marco de la presente licitación con integridad y transparencia.<br />

Consecuentemente, asumirán la obligación de no desarrollar por sí o por terceros ninguna práctica<br />

fraudulenta o de corrupción.<br />

En especial, se abstendrán de toda conducta que implique vulnerar <strong>los</strong> principios de igualdad y de<br />

competencia entre <strong>los</strong> oferentes o que atente contra la transparencia del proceso licitatorio,<br />

absteniéndose de realizar acciones que induzcan o alteren las evaluaciones de las ofertas, el resultado<br />

de <strong>los</strong> procedimientos u otros aspectos que otorguen condiciones ventajosas a un oferente en relación a<br />

<strong>los</strong> demás.<br />

Los oferentes deberán asumir la autoría de la totalidad de la oferta presentada y manifestar no haber<br />

tenido contacto previo con sus potenciales competidores con el objeto de acordar o coordinar posturas,<br />

ya sean especificaciones técnicas o precios. Asimismo, <strong>los</strong> oferentes aceptarán dar acceso irrestricto a<br />

toda la información y documentación que se genere con motivo de este proceso de licitación pública a la<br />

ciudadanía en general”.<br />

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