Educación en derechos humanos - codhem
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CODHEM<br />
RECOMENDACIÓN No. 23/98 *<br />
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, recibió un escrito de<br />
queja pres<strong>en</strong>tado por la señora María de Jesús García Copete <strong>en</strong> el que refirió<br />
hechos que consideró violatorios de <strong>derechos</strong> <strong>humanos</strong>, atribuidos a elem<strong>en</strong>tos de<br />
la Policía Municipal adscritos a los HH. Ayuntami<strong>en</strong>tos de Cuautitlán Izcalli,<br />
Cuautitlán, Naucalpan de Juárez y Tlalnepantla de Baz; así como a elem<strong>en</strong>tos<br />
policiales de la Procuraduría G<strong>en</strong>eral de Justicia y de la Dirección G<strong>en</strong>eral de<br />
Seguridad Pública y Tránsito, ambas del Estado de México.<br />
Manifestó la quejosa, que el 12 de febrero de 1998, al det<strong>en</strong>erse y orillarse el camión<br />
con número económico 36 de la Línea Cuautitlán Izcalli y Anexas S.A. de C.V.,<br />
sobre la Calzada Guadalupe <strong>en</strong> el municipio de Cuautitlán, fue interceptado por<br />
elem<strong>en</strong>tos de la Policía Municipal del H. Ayuntami<strong>en</strong>to de Tlalnepantla de Baz y<br />
Cuautitlán Izcalli; así como por elem<strong>en</strong>tos policiales de la Procuraduría G<strong>en</strong>eral de<br />
Justicia y de la Dirección G<strong>en</strong>eral de Seguridad Pública y Tránsito, ambos del<br />
Estado de México, bajando a los pasajeros, que eran alumnos de la Escuela<br />
Secundaria Técnica Industrial y Comercial No. 52 Jaime Torres Bodet, qui<strong>en</strong>es<br />
regresaban de una excursión, sometiéndolos, al igual que al profesor Héctor<br />
Román Espinoza García, mediante agresiones físicas y verbales, argum<strong>en</strong>tando<br />
que el autobús <strong>en</strong> el que viajaban, había sido reportado como secuestrado.<br />
Una vez que los elem<strong>en</strong>tos de las corporaciones policiales referidas revisaron al<br />
m<strong>en</strong>cionado profesor y alumnos, les permitieron retirarse manifestándoles que<br />
había sido una confusión. En tal virtud, acudieron ante el Ag<strong>en</strong>te del Ministerio<br />
Público adscrito al Segundo Turno de Cuautitlán, a d<strong>en</strong>unciar los hechos, los cuales<br />
quedaron as<strong>en</strong>tados <strong>en</strong> el acta de Averiguación Previa CUA/II/839/98, iniciada por<br />
el delito de lesiones y lo que resulte, <strong>en</strong> agravio de Ubaldo Román T<strong>en</strong>orio Rivera,<br />
Juan Manuel Salvatierra Sánchez, Mauricio Ballesteros Calzadilla y coagraviados,<br />
y <strong>en</strong> contra de elem<strong>en</strong>tos de la Policía Judicial de Tlalnepantla, y policías<br />
municipales de Tlalnepantla de Baz y Cuautitlán Izcalli.<br />
El Ag<strong>en</strong>te del Ministerio Público del conocimi<strong>en</strong>to, acordó remitir las dilig<strong>en</strong>cias de<br />
la indagatoria <strong>en</strong> com<strong>en</strong>to a la Mesa de Responsabilidades <strong>en</strong> Turno, de la<br />
* La Recom<strong>en</strong>dación 23/98 se dirigió al Procurador G<strong>en</strong>eral de Justicia del Estado de México, el 18 de mayo de 1998, por<br />
abuso de autoridad y lesiones, por parte de ag<strong>en</strong>tes de diversas corporaciones policíacas. Se ha determinado publicar una<br />
síntesis de la misma, con fundam<strong>en</strong>to <strong>en</strong> lo dispuesto por los artículos 56 de la Ley que crea la Comisión de Derechos<br />
Humanos del Estado de México y 10 de su Reglam<strong>en</strong>to Interno. El texto íntegro de la Recom<strong>en</strong>dación 23/98 consta de<br />
46 hojas.<br />
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