NUEVO MODELO DE TRAYECTORIA PROFESIONAL DE ... - AUME
NUEVO MODELO DE TRAYECTORIA PROFESIONAL DE ... - AUME
NUEVO MODELO DE TRAYECTORIA PROFESIONAL DE ... - AUME
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
PROPUESTA <strong>DE</strong> MODIFICACION Nº 15<br />
DON<strong>DE</strong> DICE:<br />
Artículo 75. Desarrollo de la carrera.<br />
1. Para responder a las exigencias de la organización militar en los dos primeros empleos de<br />
cada escala los militares profesionales ocuparán preferentemente puestos operativos<br />
correspondientes a la especialidad fundamental adquirida en el acceso a la escala.<br />
A partir de determinados empleos reorientarán su perfil profesional para el cumplimiento de<br />
tareas en distintos campos de actividad o lo adaptarán para perfeccionarse dentro de los que<br />
vinieran ejerciendo, adquiriendo, en su caso, una nueva especialidad.<br />
La articulación de las nuevas especialidades con las de origen dará lugar a que se desarrollen<br />
trayectorias diferenciadas para ocupar distintos destinos en función de los requerimientos de los<br />
mismos, pudiendo alcanzarse los máximos empleos de cada escala.<br />
2. Será requisito para el ascenso al empleo de teniente coronel en las escalas de oficiales de los<br />
cuerpos generales y de infantería de marina la obtención de las titulaciones, que se determinen<br />
por orden del Ministro de Defensa, para ejercer, con una mayor especialización, tareas en los<br />
ámbitos de estado mayor, operaciones, recursos humanos, inteligencia, relaciones<br />
internacionales, logística, comunicación social y en cuantos sean precisos para el mando,<br />
dirección y gestión de las Fuerzas Armadas.<br />
3. Para el ascenso a teniente coronel en los demás cuerpos será requisito obtener las titulaciones<br />
que se determinen por orden del Ministro de Defensa para una mayor especialización en los<br />
campos de actividad correspondientes.<br />
En el caso de los cuerpos de intendencia se potenciará su capacidad en la ejecución de<br />
cometidos relativos a la actividad financiera, presupuestaria y de contratación en los órganos<br />
superiores del Ministerio de Defensa y de las Fuerzas Armadas, así como en lo relacionado con<br />
la logística de gestión.<br />
En los cuerpos de ingenieros esa mayor especialización estará orientada a establecer<br />
especificaciones de diseño, desarrollo y fabricación de sistemas de armas, en la dirección de<br />
programas de investigación y desarrollo y en asegurar su control de calidad, especialmente en<br />
los órganos de adquisición, o en su caso lo relacionado con el planeamiento y desarrollo de las<br />
políticas de infraestructuras y medio ambiental, así como su supervisión y dirección.<br />
4. Los miembros de las escalas de suboficiales de los cuerpos generales y de Infantería de<br />
marina deberán obtener las especialidades necesarias para estar en condiciones de ejercer, a<br />
partir del empleo de brigada, funciones logísticas y administrativas.<br />
5. La carrera militar de los miembros de las escalas de tropa y marinería, según lo dispuesto en<br />
la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, comenzará con un compromiso inicial,<br />
renovable hasta completar un máximo de 6 años, durante el que se ocuparán los puestos<br />
correspondientes a la especialidad adquirida en el acceso. Posteriormente, podrán suscribir un<br />
compromiso de larga duración, desde el que se podrá acceder a una relación de servicios de<br />
carácter permanente con la adquisición de la condición de militar de carrera. A partir de los 45<br />
European Organisation<br />
of Military Associations<br />
33, Miembro av. Général de:<br />
Gaulle<br />
B-1050 Bruxelles<br />
Tel: 0032.2.626.06.80<br />
Fax: 0032.2.626.06.99<br />
Email: euromil@euromil.org<br />
Calle Baeza, 7 28002 Madrid<br />
Tel: 91 415 08 30 Fax: 91 415 08 61<br />
E-mail: aume@aume.org<br />
Web: www.aume.org