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MEMORIA 2010/11 - FC Barcelona

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agosto de <strong>2010</strong>, que ha sido aprobada judicialmente el 15 de julio de 20<strong>11</strong>, establece, entre otros, la inexistencia de quita<br />

en los créditos sujetos al procedimiento concursal así como una carencia en el pago de 35 meses. La evaluación que los<br />

administradores concursales remiten al Juzgado Mercantil número 7 de <strong>Barcelona</strong> con fecha 8 de noviembre de <strong>2010</strong>, sobre<br />

la propuesta anticipada de convenio y los planes de viabilidad y de pagos elaborados por la concursada, es positiva con las<br />

siguientes reservas:<br />

- El plan de viabilidad parte de la premisa de renovación de los contratos con los clientes a partir del ejercicio 2012 en<br />

condiciones similares a las existentes.<br />

- Se ha considerado el cobro entre <strong>2010</strong> y 2013 de cuentas a cobrar de empresas de su grupo por importe de 80,6<br />

millones de euros, así como el cobro de dividendos de empresas del grupo por importe de 91,3 millones de euros.<br />

- Así mismo, el plan de viabilidad incluye la hipótesis que se cobrará íntegramente los saldos que se generarán en la<br />

operativa habitual de la Sociedad, es decir, una tasa de morosidad de cero.<br />

- En el supuesto de que la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid, en fecha de<br />

17 de marzo de <strong>2010</strong>, resolviendo el Juicio Ordinario número 1052/2007, ganara firmeza en algunos o la totalidad de<br />

sus términos, entre otros efectos, la concursada podría verse privada de buena parte de la totalidad de los derechos<br />

audiovisuales de los clubes de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en este caso las hipótesis planteadas en el<br />

plan de viabilidad dejarían de ser factibles puesto que la comercialización de estos derechos representa alrededor<br />

del 80-90% del negocio total de Mediaproducción, S.L.<br />

A pesar de la situación concursal en la cual se encuentra la operadora, al 30 de junio de 20<strong>11</strong>, el Club está ingresando en<br />

cuantía y plazo las cantidades mensuales establecidas en el contrato de fecha 9 de junio de <strong>2010</strong>.<br />

Con fecha 15 de julio de 20<strong>11</strong>, y una vez resueltos los diferentes incidentes concursales interpuestos, el Juzgado Mercantil<br />

nº7 de <strong>Barcelona</strong>, en el que se tramita este procedimiento concursal, ha emitido Decreto por el cual se declara aprobada<br />

judicialmente la Propuesta Anticipada de Convenio presentada por Mediapro, al haber obtenido las adhesiones suficientes.<br />

Se espera que, transcurrido el plazo para presentar oposición a dicha aprobación judicial, se dicte la correspondiente sentencia,<br />

con la que se finalizará y levantará el concurso de Mediapro, momento en que entrará en vigor el Convenio así como<br />

los plazos para el cobro de los créditos concursales.<br />

c) Patrocinio publicitario<br />

Acuerdo firmado el 7 de mayo de 2009 con Televisió de Catalunya, S.A., para la cesión de ciertos derechos de patrocinio y<br />

de publicidad. El contrato supondrá unos ingresos totales para el Club de 15 millones de euros hasta la temporada 2012/13.<br />

Durante el presente ejercicio el Club ha registrado unos ingresos derivados de este contrato por importe de 3.000 miles de<br />

euros en cada uno de los ejercicios. El pasivo del balance incluye 3.480 y 3.480 miles de euros al 30 de junio de 20<strong>11</strong> y 6.960<br />

y 3.480 miles de euros al 30 de junio de 2009 en los epígrafes “Periodificaciones a largo plazo” y “Periodificaciones a corto<br />

plazo” respectivamente, que corresponden a importes descontados mediante una entidad financiera asociada al mencionado<br />

contrato de patrocinio.<br />

d) Derechos de licencia y operaciones minoristas<br />

El 27 de febrero de 2009, el Club formalizó un nuevo contrato con Nike European Operations Netherlands B.V. con fecha<br />

retrospectiva 1 de julio de 2008 y fecha de vencimiento 30 de junio de 2013, según el cual se traspasa a esta sociedad el<br />

derecho exclusivo de licencia y comercialización de determinados productos y servicios, así como el derecho de explotación<br />

de la “Botiga” en la línea con el modelo de gestión vigente hasta el 30 de junio de 2008, pero con una participación mayor en<br />

el porcentaje de los resultados generados en la explotación de los derechos concedidos.<br />

e) Patrocinador oficial<br />

El 13 de diciembre de <strong>2010</strong> el Club ha formalizado dos contratos con Qatar Sports Investments (QSI), mediante los cuales el<br />

Club cede a QSI, entre otros, el derecho de patrocinio y explotación a nivel mundial de la camiseta para todos los equipos de<br />

fútbol, excluyendo la sección de fútbol sala. El primero de los contratos entró en vigor en el momento de su formalización y<br />

tiene vencimiento el 30 de junio de 20<strong>11</strong>. El contrato ha supuesto unos ingresos totales para el Club de 15 millones de euros<br />

durante la presente temporada.<br />

El segundo de los contratos entrará en vigor el 1 de julio de 20<strong>11</strong> y tiene fecha de vencimiento el 30 de junio de 2016. El<br />

importe mínimo garantizado por temporada asciende a 26 millones de euros y se estima que supondrá unos ingresos futuros<br />

mínimos para el Club de aproximadamente 151.000 miles de euros. Siguiendo el calendario de facturación establecido en<br />

este contrato, al 30 de junio de 20<strong>11</strong> el Club ha facturado la mitad del importe correspondiente a la temporada 20<strong>11</strong>/12 que<br />

ha registrado como “Periodificaciones a corto plazo” del pasivo corriente del balance de situación adjunto por un importe<br />

de 13.000 miles de euros.<br />

Abonos y carnets de socios:<br />

El saldo registrado en este capítulo al 30 de junio de 20<strong>11</strong> y al 30 de junio de <strong>2010</strong> corresponde, básicamente, a la parte diferida<br />

de los carnets de socios de los años naturales 20<strong>11</strong> y <strong>2010</strong> respectivamente.

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