Rol-089-2013 carolina letelier riumallo - Tribunal Calificador de ...
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-i- ·.L r ~~~,I3o• 1.- LAS MUNICIPALIDADES INSTITUCIÓN PÚBLICACORPORATIVA, DE ORIGEN CONSTITUCIONALA fin <strong>de</strong> contextualizar el entorno en que se<strong>de</strong>senvuelven los concejales; el rol que el legislador les ha asignado; lasatribuciones que les ha conferido para cumplir dicho rol; y los <strong>de</strong>beres yresponsabilidad que como autoridad política les cabe, creo pertinente ynecesario efectuar una breve reseña <strong>de</strong>l marco jurídico que regula dichasmaterias.En conformidad con lo dispuesto por el artículo118 <strong>de</strong> la Constitución Política, reiterado por el artículo JO <strong>de</strong> la Ley N° 18.695,las municipalida<strong>de</strong>s son corporaciones <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho público, con personalidadjurídica y patrimonio propio cuya finalidad es satisfacer las necesida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> lacomunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social ycultural <strong>de</strong> la comuna.Por su parte el artículo 119 <strong>de</strong> la CartaFundamental, establece que en cada municipalidad habrá un concejo integradopor concejales elegidos por sufragio universal, en tanto que el artículo 2° <strong>de</strong> lacitada Ley N° 18.695, dispone que "Las municipalida<strong>de</strong>s estarán constituidas.. •por el alcal<strong>de</strong>, que será su máxima autoridad, y por el concejo" .