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DERECHO FINANCIERO MEXICANO - Acceso al sistema

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Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica InteriorPara Acosta Romero “La legislación no tiene una definición o concepto quepueda tomarse como base para establecer un criterio de lo que debe entendersecomo banco o banca, pues en <strong>al</strong>gunos preceptos hablan de instituciones, en otros desociedades y también de empresas, no hay una sistemática jurídico-técnica queimplique un concepto definido, de donde consideramos que banco es un conceptogenérico que hace referencia a una sociedad mercantil (sociedad nacion<strong>al</strong> de créditoy sociedad anónima) que cuenta con autorización de la SHCP, para llevar a cabo deforma permanente, profesion<strong>al</strong> y masiva cierto tipo de operaciones de créditopermitidas por la ley, o una combinación de ellas, y banca es la actividad re<strong>al</strong>izada enesos términos o abarca genéricamente <strong>al</strong> conjunto de bancos o instituciones que enun país llevan a cabo la importante función de intermediar en el crédito”. 21Funciones del Banco de México.La Ley del Banco de México, en su (artículo 3) señ<strong>al</strong>a como funciones:• Regular la emisión y circulación de la moneda, los cambios, la intermediación ylos servicios financieros, así como los <strong>sistema</strong>s de pagos.• Operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y acreditante deúltima instancia.• Prestar servicios de tesorería <strong>al</strong> Gobierno Feder<strong>al</strong> y actuar como agentefinanciero del mismo.• Fungir como asesor del Gobierno Feder<strong>al</strong> en materia económica y,particularmente, financiera.• Participar en el Fondo Monetario Internacion<strong>al</strong> y en otros organismos decooperación financiera internacion<strong>al</strong> o que agrupen a bancos centr<strong>al</strong>es.• Operar con los organismos a que se refiere la fracción V anterior, con bancoscentr<strong>al</strong>es y con otras personas mor<strong>al</strong>es extranjeras que ejerzan funciones deautoridad en materia financiera.De acuerdo a lo anterior Jesús de La Fuente Rodríguez explica el análisis de dichasfunciones:a) Regular la intermediación y los servicios financieros. 22 La Ley del Banco deMéxico y la Legislación Financiera confiere a dicho Instituto Centr<strong>al</strong> la facultad dedictar disposiciones gener<strong>al</strong>es para estructurar y conducir actividades de lasentidades financieras, t<strong>al</strong>es como:‣ Las características de las operaciones activas, pasivas y de servicios quere<strong>al</strong>icen las instituciones de crédito.‣ Las de crédito, préstamo o reporto que celebren los intermediariosbursátiles. Fideicomisos, mandatos o comisiones de los intermediarios bursátiles y delas instituciones de seguros y fianzas. Además, puede establecer un marco gener<strong>al</strong>respecto a operaciones que afectan <strong>al</strong> <strong>sistema</strong> de cambios y de pagos, dando libertad<strong>al</strong> mercado de decidir internamente qué hacer.21 Acosta Romero. Miguel. Derecho Bancario. Porrúa. México, 1991. Págs. 246-247.22 De La Fuente Rodríguez, Jesús. Óp. Cit. Pág. 120-121.- 22 -

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