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DERECHO FINANCIERO MEXICANO - Acceso al sistema

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Centro de Documentación, Información y AnálisisServicio de Investigación y AnálisisPolítica Interior‣ Tener a su cargo la administración del Banco, la representación leg<strong>al</strong> de éste yel ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las atribuciones que esta Leyconfiere a la Junta de Gobierno.‣ Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno y de la Comisión de Cambios.‣ Actuar con el carácter de apoderado y delegado fiduciario.‣ Ser el enlace entre el Banco y la Administración Pública Feder<strong>al</strong>.‣ Ser el vocero del Banco, pudiendo delegar esta facultad en losSubgobernadores.‣ Constituir consejos region<strong>al</strong>es.‣ Acordar el establecimiento, cambio y clausura de sucurs<strong>al</strong>es.‣ Designar a los Subgobernadores que deban desempeñar cargos o comisionesen representación del Banco.‣ Designar y remover a los apoderados y delegados fiduciarios.‣ Nombrar y remover <strong>al</strong> person<strong>al</strong> del Banco.Fijar, conforme a los tabuladores aprobados por la Junta de Gobierno, los sueldos delperson<strong>al</strong> y aprobar los programas que deban aplicarse para su capacitación. yadiestramiento.‣ Comisión Nacion<strong>al</strong> Bancaria y de V<strong>al</strong>ores.“Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conautonomía técnica y facultades ejecutivas en los términos de la Ley de la ComisiónNacion<strong>al</strong> Bancaria y de V<strong>al</strong>ores.Tiene por objeto supervisar y regular en el ámbito de su competencia, a lasentidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, asícomo mantener y fomentar el sano y equilibrado desarrollo del <strong>sistema</strong> financiero ensu conjunto, en protección de los intereses del público.También será su objeto supervisar y regular a las personas físicas y demáspersonas mor<strong>al</strong>es, cuando re<strong>al</strong>icen actividades previstas en las leyes relativas <strong>al</strong>citado <strong>sistema</strong> financiero”. 26‣ Comisión Nacion<strong>al</strong> de Seguros y Fianzas.Es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)cuyas funciones son supervisar de manera eficiente, que la operación de los sectoresasegurador y afianzador se apegue <strong>al</strong> marco normativo, preservando la solvencia yestabilidad financiera de las instituciones para garantizar los intereses del públicousuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito deextender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población.Se rige bajo lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Feder<strong>al</strong> , laLey Gener<strong>al</strong> de Instituciones y Sociedades Mutu<strong>al</strong>istas de Seguros , la Ley Feder<strong>al</strong> deInstituciones de Fianzas y el Reglamento Interior de la Comisión Nacion<strong>al</strong> de Segurosy Fianzas.26 Consultada en la página ofici<strong>al</strong> del Banco de México.- 25 -

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