NORMATIVO
Compendio_Normativo
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Constitución Política del Perú<br />
Artículo 8.- El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas.<br />
Asimismo, regula el uso de los tóxicos sociales.<br />
Artículo 9.- El Estado determina la política nacional de salud. El<br />
Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación. Es responsable de<br />
diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar<br />
a todos el acceso equitativo a los servicios de salud.<br />
Artículo 10.- El Estado reconoce el derecho universal y progresivo de<br />
toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias<br />
que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida.<br />
Artículo 11.- El Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de<br />
salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas.<br />
Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento.<br />
La ley establece la entidad del Gobierno Nacional que administra<br />
los regímenes de pensiones a cargo del Estado.<br />
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Artículo 12.- Los fondos y las reservas de la seguridad social son<br />
intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad<br />
que señala la ley.<br />
Artículo 13.- La educación tiene como finalidad el desarrollo integral<br />
de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad<br />
de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus<br />
hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar<br />
en el proceso educativo.<br />
Artículo 14.- La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje<br />
y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes,<br />
la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y<br />
fomenta la solidaridad.<br />
Es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico<br />
del país.<br />
La formación ética y cívica y la enseñanza de la Constitución y<br />
de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educa-