POBLACIÓN Y DESARROLLO
Nuevas_tendencias_dinamicas_migratorias_America_Latina
Nuevas_tendencias_dinamicas_migratorias_America_Latina
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
CEPAL - Serie Población y Desarrollo N° 114<br />
Nuevas tendencias y dinámicas migratorias en América Latina...<br />
Las garantías de debido proceso que, conforme a los derechos humanos, deben regir en todo<br />
proceso migratorio, sea administrativo o judicial, que involucre a niñas o niños son: i) el derecho a ser<br />
notificado de la existencia de un procedimiento y de la decisión que se adopte en el marco del proceso<br />
migratorio; ii) el derecho a que los procesos migratorios sean llevados por un funcionario o juez<br />
especializado; iii) el derecho a ser oído y a participar en las diferentes etapas procesales; iv) el derecho a<br />
ser asistido gratuitamente por un traductor y/o intérprete; v) el acceso efectivo a la comunicación y<br />
asistencia consular; vi) el derecho a ser asistido por un representante legal y a comunicarse libremente<br />
con dicho representante; vii) el deber de designar a un tutor en caso de niñas o niños no acompañados o<br />
separados; viii) el derecho a que la decisión que se adopte evalúe el interés superior de la niña o del niño<br />
y sea debidamente fundamentada; ix) el derecho a recurrir la decisión ante un juez o tribunal superior<br />
con efectos suspensivos; y x) el plazo razonable de duración del proceso.<br />
La Opinión Consultiva postula que los Estados no pueden recurrir a la privación de libertad de<br />
niñas o niños para cautelar los fines de un proceso migratorio, deben disponer de alternativas menos<br />
lesivas priorizando los derechos de la niña o el niño. Asimismo, se señala que los Estados deben diseñar<br />
e incorporar en sus respectivos ordenamientos internos un conjunto de medidas no privativas de libertad<br />
a ser aplicadas mientras se desarrollan los procesos migratorios, que propendan de forma prioritaria a la<br />
protección integral de los derechos de la niña o del niño, con estricto respeto de sus derechos humanos y<br />
al principio de legalidad.<br />
En relación a los espacios de alojamiento, estos deben respetar el principio de separación y el<br />
derecho a la unidad familiar, de modo tal que si se trata de niñas o niños no acompañados o separados<br />
deben alojarse en sitios distintos al que corresponde a los adultos y, si se trata de niñas o niños<br />
acompañados, alojarse con sus familiares, salvo que lo más conveniente sea la separación en aplicación<br />
del principio del interés superior de la niña o del niño y, además, asegurar condiciones materiales y un<br />
régimen adecuado para las niñas y los niños en un ambiente no privativo de libertad.<br />
F. Conclusiones<br />
Temas clave para la agenda migratoria<br />
Sin duda la niñez migrante no acompañada representa un tema de creciente importancia a nivel regional,<br />
sobre todo en Centroamérica y México. Sin embargo, se hace necesario abordarlo de manera regional<br />
identificando los elementos centrales para un correcto abordaje en el marco de los derechos humanos,<br />
específicamente de niños y niñas. Como parte de los temas clave para incorporar en la agenda migratoria,<br />
se desprenden de este documento ciertas directrices por medio de las cuales se propenderá a una política<br />
migratoria integral que articule elementos de gobernanza migratoria y desarrollo de la infancia:<br />
i) Definición, por parte de los países, del Procedimiento de Determinación del Interés<br />
Superior de Niño. Se recomienda tomar referencia de aquellos países que han avanzado en<br />
la generación de manuales de referencia, como lo es el caso de México.<br />
ii)<br />
iii)<br />
iv)<br />
Lograr la convergencia en relación a cómo los países definen niñez y adolescencia según el<br />
rango etario. Es necesario que exista un consenso regional que pueda prevenir que un niño<br />
sea niño en un país y joven en otro, con los efectos que ello conlleva.<br />
Trabajar en la incorporación de recomendaciones y obligaciones emanadas de organismos<br />
supranacionales, y junto con esto, generar acciones conjuntas entre países fronterizos.<br />
Identificación de aquellos países que se constituyen como de origen, de destino y de<br />
tránsito; especialmente en relación a los niños. Con esto, tender a un tipo de gobernanza que<br />
pueda hacer distinciones en relación a NNA migrantes no acompañados dentro de su<br />
jurisdicción o fuera de ella.<br />
v) Lograr compatibilizar la política migratoria con la política de protección de la infancia.<br />
Generar una política comprehensiva que considere los derechos de los niños, niñas y<br />
adolescentes como elemento central por sobre las visiones securitistas y de control migratorio.<br />
34