TOTORA
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14. Elaborar y elevar dentro de los noventa (90) días de su gestión, ante el Concejo<br />
Municipal para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal<br />
(PDM), el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial y el Plan de Uso de Suelos,<br />
asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con<br />
los planes y programas de desarrollo departamental y nacional.<br />
15. Presentar ante el Concejo Municipal para su consideración y aprobación, el<br />
Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal, elaborado con las<br />
instancias de participación ciudadana y control social, con veinte (20) días de<br />
anticipación a la fecha establecida por el órgano rector.<br />
16. Ejecutar los planes, programas y proyectos municipales, debiendo para ello<br />
suscribir todo tipo de contratos jurídicos en general.<br />
17. Garantizar que aquellas áreas calificadas de riesgo para la construcción no sean<br />
ocupadas con fines de vivienda ni equipamiento.<br />
18. Presentar informes periódicos ante el Concejo Municipal del proceso de la<br />
gestión municipal, así como responder a los pedidos de informes escritos u orales<br />
y minutas de comunicación que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización,<br />
requieran las Concejalas y los Concejales de conformidad con los plazos y las<br />
modalidades establecidos en la Ley Municipal de Fiscalización.<br />
19. Presentar informes periódicos a las instancias de participación ciudadana y<br />
control social sobre el proceso de la gestión municipal de conformidad con los<br />
plazos y modalidades establecidos en la Ley de Participación y Control Social.<br />
20. Elaborar los proyectos de ley en el ámbito de sus atribuciones, y remitirlos al<br />
Concejo Municipal para su tratamiento conforme a procedimientos establecidos.<br />
21. Elaborar y proponer al Concejo Municipal, para su aprobación, los planos de<br />
zonificación y valuación zonal, tablas de valores según calidad de vía del suelo<br />
y la delimitación literal de cada una de las zonas detectadas por el proceso de<br />
zonificación.<br />
22. Administrar el catastro urbano en el ámbito de su jurisdicción en conformidad<br />
con los preceptos y parámetros técnicos establecidos para el gobierno municipal.<br />
23. Planificar y regular el transporte urbano y rural dentro de su jurisdicción<br />
territorial.<br />
24. Elaborar y aplicar los reglamentos específicos para implantar e institucionalizar<br />
los procesos de administración y de control gubernamentales, en el marco de la<br />
normativa respectiva.<br />
25. Ejecutar las expropiaciones aprobadas por el Concejo Municipal, conforme a la ley.<br />
26. Solicitar el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir las leyes y otras<br />
disposiciones municipales.<br />
27. Constituir las empresas y entes municipales en coordinación con los mecanismos<br />
de participación y control social, previa aprobación del Concejo Municipal.<br />
28. Presidir los Consejos de Administración o los Directorios de las empresas con<br />
participación municipal mayoritaria, con facultad de delegar su representación<br />
en otros funcionarios de jerarquía.<br />
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