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TOTORA

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deberá ser regulada por una ley sectorial del nivel central del Estado, la cual<br />

definirá la política, planificación y régimen del sector. Dicha distribución se<br />

basará en el mandato del parágrafo II del artículo 378 de la Constitución Política<br />

del Estado.<br />

13. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos<br />

alimenticios para el consumo humano y animal.<br />

14. Deporte en el ámbito de su jurisdicción.<br />

15. Promoción y conservación del patrimonio natural municipal.<br />

16. Promoción y conservación de la cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico,<br />

monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico, tangible<br />

e intangible municipal. En el ejercicio de esta competencia, al Gobierno<br />

Autónomo Municipal de Totora le corresponde:<br />

a. Formular y ejecutar políticas de protección, conservación, recuperación, custodia<br />

y promoción del patrimonio cultural municipal y descolonización, investigación<br />

y prácticas de culturas ancestrales de naciones originarias y pueblos indígenas,<br />

idiomas del Estado Plurinacional, en el marco de las políticas estatales.<br />

b. Elaborar y desarrollar normativas municipales para la declaración, protección,<br />

conservación y promoción del patrimonio cultural, histórico, documental,<br />

artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, científico,<br />

tangible e intangible a su cargo, dentro de los parámetros establecidos en<br />

la Ley Nacional del Patrimonio Cultural.<br />

c. Generar espacios de encuentro e infraestructura para el desarrollo de las<br />

actividades artístico culturales.<br />

17. Políticas de turismo local. En el ejercicio de esta competencia, al Gobierno<br />

Autónomo Municipal de Totora le corresponde:<br />

a. Elaborar e implementar el Plan Municipal de Turismo.<br />

b. Formular políticas de turismo local.<br />

c. Realizar inversiones en infraestructura pública de apoyo al turismo.<br />

d. Supervisar y controlar el funcionamiento de los servicios turísticos que mediante<br />

normativa municipal expresa hubieran sido definidos de atribución<br />

municipal, preservando la integridad de la política y estrategias nacionales de<br />

turismo.<br />

e. Establecer y ejecutar programas y proyectos que promocionen emprendimientos<br />

turísticos comunitarios.<br />

18. Transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y<br />

educación vial, administración y control del tránsito urbano. En el ejercicio de<br />

esta competencia, al Gobierno Autónomo Municipal de Totora le corresponde:<br />

a. Planificar y desarrollar el transporte urbano, incluyendo el ordenamiento del<br />

tránsito urbano.

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