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TOTORA

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II. El Concejo Municipal establecerá, mediante ley municipal, la creación de otros<br />

mecanismos de control y fiscalización propios.<br />

III. El Gobierno Autónomo Municipal de Totora está sujeto al control fiscal<br />

gubernamental por parte de la Contraloría General del Estado, en el marco de las<br />

normas establecidas y definidas por las leyes vigentes.<br />

Artículo 96. Auditoría interna<br />

El Gobierno Autónomo Municipal de Totora implementará la unidad de auditoría<br />

interna dentro de su estructura organizativa, para el control interno posterior a la<br />

ejecución de los recursos y gastos en el ámbito de sus competencias.<br />

TÍTULO XIII<br />

ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO<br />

Artículo 97. Administración de su patrimonio<br />

El Gobierno Autónomo Municipal de Totora creará los sistemas y mecanismos para la<br />

administración del patrimonio municipal, mediante ley municipal y su correspondiente<br />

reglamentación, de acuerdo a la normativa nacional vigente.<br />

Artículo 98. Sistemas administrativos<br />

El Gobierno Autónomo Municipal de Totora creará los sistemas administrativos y la<br />

reglamentación correspondiente para el ejercicio transparente de la gestión municipal,<br />

de acuerdo a la normativa nacional vigente.<br />

Artículo 99. Sistemas de contrataciones de bienes y servicios<br />

El Gobierno Autónomo Municipal de Totora creará los sistemas de contrataciones<br />

de bienes y servicios de acuerdo a la normativa nacional vigente, estableciendo una<br />

Reglamentación específica.<br />

Artículo 100. Escala salarial<br />

El Concejo Municipal y el Órgano Ejecutivo Municipal aprobarán de forma independiente<br />

sus respectivas escalas salariales y planillas presupuestarias mediante sus propias<br />

normativas, en concordancia como la normativa emitida por el ministerio responsable de<br />

las finanzas públicas como órgano rector del sistema nacional.<br />

TÍTULO XIV<br />

PLANIFICACIÓN MUNICIPAL<br />

Artículo 101. Disposiciones generales sobre planificación<br />

I. La Planificación Integral Municipal, como parte del Sistema de Planificación Integral<br />

del Estado, orientada por el principio del Vivir Bien, consiste en un conjunto de<br />

normas, subsistemas, procesos, metodologías, mecanismos y procedimientos de<br />

orden técnico, administrativo y político, permitiendo la recolección de propuestas<br />

de los actores sociales, privados y comunitarios, para adoptar decisiones que<br />

permitan desde sus sectores, territorios y visiones socioculturales, construir las<br />

estrategias más apropiadas para alcanzar los objetivos del desarrollo con equidad<br />

social, de género y generacional e igualdad de oportunidades.<br />

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Totora, según ley municipal aprobada por el<br />

Concejo Municipal, establecerá los mecanismos, procedimientos e instrumentos<br />

del proceso de Planificación Integral Municipal, teniendo en cuenta los siguientes<br />

aspectos:<br />

III. Territorial: Comunitario, Distrital y Municipal.<br />

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