02.01.2017 Views

ORDENANZA FISCAL e IMPOSITIVA

ordenanza-fiscal-en-impositiva-2017-digital

ordenanza-fiscal-en-impositiva-2017-digital

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

corresponda. Dejase aclarado que el nuevo arrendatario deberá ser familiar directo y que,<br />

previamente, se abonarán los derechos pertinentes.<br />

Artículo 176º: No se permitirá la entrada al cementerio de ataúdes que sean transportados en<br />

ambulancia, salvo aquellas en que su uso sea exclusivo para el traslado de fallecidos.<br />

Artículo 177º: Cuando el arrendatario de un nicho simple para ataúdes o urna solicite<br />

cambiarlo por uno doble por fallecimiento o reducción de un familiar, se dará curso al pedido<br />

debiendo abonar la diferencia de los valores que fija la Ordenanza Impositiva anual, tomando<br />

como fecha de vencimiento la del primer arrendamiento.<br />

CAPÍTULO XII<br />

SUB-RUBRO 12 - TASA POR SERVICIOS VARIOS<br />

A) HECHO IMPONIBLE<br />

Artículo 178º: Por todos los servicios sujetos a gravámenes no incluidos en los Capítulos<br />

precedentes de la parte especial, se abonarán las tasas que fije la Ordenanza Impositiva anual.<br />

B) BASE IMPONIBLE<br />

Artículo 179º: La Ordenanza Impositiva anual establecerá la base imponible para la<br />

determinación de las distintas tasas, de acuerdo con las modalidades y naturaleza de los<br />

servicios.<br />

C) CONTRIBUYENTES<br />

Artículo 180º: Salvo disposición en contrario del Departamento Ejecutivo, son contribuyentes<br />

de esta tasa:<br />

a) de la desinfección y fumigación: los propietarios y/o solicitantes;<br />

b) de la patente canina: los solicitantes;<br />

c) de los restantes servicios: el titular, propietario y/o arrendatario y/o poseedor de los<br />

elementos que originan la prestación del servicio.<br />

D) GENERALIDADES<br />

Artículo 181º: Salvo disposición en contario del Departamento Ejecutivo, el pago de las tasas<br />

que establece este Capítulo, deberá efectuarse con anterioridad a la prestación del servicio.<br />

Artículo 182º: Los equipos de regulación ambiental destinados a mejorar la calidad del lugar<br />

de trabajo de la población laboral, no serán alcanzados por las tasas que determine el acápite<br />

de Instalaciones Térmicas, Eléctricas y/o Mecánicas.<br />

CAPÍTULO XIII<br />

SUB-RUBRO 13 - CONTRIBUCIÓN ESPECIAL POR MANTENIMIENTO DE RED VIAL<br />

A) HECHO IMPONIBLE<br />

50

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!