30.04.2019 Views

Food Business Año 2 Núm. 1

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

food<strong>Business</strong><br />

El cambio principal es que el periodo probatorio se<br />

aumenta de tres meses a 12 meses en el caso de los<br />

empleados exentos y a nueve en el resto de los empleados<br />

(no-exentos). No obstante, es de rigor señalar que<br />

las diferencias entre temporeros y probatorios sigue<br />

estando vigente.<br />

Un empleado temporero es aquel que se contrata por<br />

tiempo determinado por una necesidad particular de<br />

la empresa. Muchos de los fines de semana especiales<br />

tienen un impacto directo en el volumen de negocio<br />

de los restaurantes. Otro ejemplo podría ser eventos<br />

deportivos que se transmitan en el negocio. Para<br />

estos eventos hace falta mas “manos” que den apoyo.<br />

Una manera es creatividad en el diseño de horario<br />

cambiando empleados regulares a los horarios que<br />

proyectamos mas actividad o aumentando las horas<br />

que trabajan. Hay que tener cuidado con esta estrategia<br />

porque puede redundar en horas extra. Otra alternativa<br />

es traer empleados temporeros, o sea solo por ese evento.<br />

Otro ejemplo sería cuando sustituimos un empleado que<br />

está ausente por alguna licencia donde hay que reservar<br />

el empleo (Enfermedad, vacaciones, ACCA, Fondo del<br />

Seguro del Estado, SINOT, Maternidad, entre otras).<br />

El empleado probatorio es otra figura que sirve al<br />

patrono (y en teoría al empleado) para determinar si esta<br />

persona es la idónea para trabajar con la organización.<br />

En otras palabras, no esta por un rush o porque un<br />

empleado regular está ausente sino que aspira a un<br />

puesto regular en la empresa. La diferencia fundamental<br />

es que cuando contratamos un probatorio hay un puesto<br />

regular vacante que vamos a llenar con ese empleado<br />

probatorio si da el grado. En el caso del temporero no<br />

existe el puesto regular subyacente porque el puesto<br />

“tiene dueño”. Lo que sucede es que quien lo ocupa está<br />

incapacitado de rendir trabajo por alguna razón legítima<br />

o no existe tal puesto porque la necesidad es literalmente<br />

temporera.<br />

El empleado temporero no tiene expectativa de<br />

continuidad en el empleo. El probatorio sí y de hecho<br />

si nada hacemos el mero transcurso del tiempo lo<br />

hará empleado regular si continúa trabajando mas allá<br />

del periodo probatorio. Es importante señalar que los<br />

periodos que da la ley se pueden acortar si las partes así<br />

lo entienden y que es un tema que se debe discutir al<br />

momento de la contratación. Nada impide que no haya<br />

periodo probatorio y en algunos casos esa es la costumbre<br />

(altos ejecutivos, chefs, por ejemplo)<br />

Aunque la referida ley permite la contratación oral de<br />

empleados nos parece sabio mantener la práctica anterior<br />

de reducir a un escrito los términos y condiciones de<br />

empleo. No tiene que ser un documento sofisticado,<br />

inclusive se puede hacer una especie de formulario donde<br />

como mínimo se debe establecer que tipo de empleo es<br />

(temporero o probatorio) la fecha de vigencia, que en el<br />

caso de los probatorios no debe exceder 9 meses para<br />

los no exentos y 12 meses para los exentos. No viene<br />

mal hacer referencia a las normas del empleo, manuales<br />

y compromiso de rendir un trabajo productivo a la luz<br />

de las enmiendas de 2017. Por supuesto lo aquí incluido<br />

no constituye consejo legal si no una orientación general<br />

sobre las disposiciones legales por lo que debe consultar<br />

con su asesor legal de confianza antes de tomar decisiones<br />

que luego pueden resultar muy costosas.<br />

23

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!