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Excelencia Profesional Junio 2020

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JUNIO <strong>2020</strong><br />

NEGOCIOS<br />

27<br />

c. Desarrollar acciones de control, cuando el análisis<br />

de los factores así lo indique como:<br />

• Crear y difundir políticas de prevención, lo cual se<br />

puede realizar a través de una declaración de principios<br />

y compromisos que establece el patrón para<br />

prevenir los factores de riesgo psicosocial y violencia<br />

laboral, así como para la promoción de un entorno<br />

organizacional favorable.<br />

• Canalizar a los trabajadores que hayan sido detectados<br />

con acontecimientos traumáticos severos.<br />

• Planear medidas de acción correctivas<br />

• Crear planes y programas de capacitación.<br />

• Mantener al personal informado de las acciones que<br />

se realizan.<br />

• Llevar un control como evidencia de todos los planes<br />

de acción, difusión e información, así como de<br />

las actividades que se realicen.<br />

• Llevar un registro de los casos de factor de riesgo<br />

psicosocial y sus medidas de control.<br />

Nota: Los centros de trabajo hasta con 15 trabajadores<br />

están exentos de aplicar evaluaciones.<br />

Por su parte los trabajadores en la Segunda Etapa tendrán<br />

las siguientes obligaciones:<br />

a. Observar las medidas de prevención que establezca<br />

el patrón.<br />

b. Evitar prácticas contrarias al entorno organizacional<br />

favorable<br />

c. Participar en la identificación de los factores de<br />

riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional.<br />

d. Informar sobre las practicas opuestas al entorno<br />

organizacional favorable y denunciar los actos de<br />

violencia laboral<br />

e. Informar por escrito al patrón de haber presenciado<br />

o sufrido un acontecimiento traumático severo.<br />

f. Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones<br />

psicológicas que determina la norma.<br />

Multas por incumplimiento<br />

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT) El no cumplir<br />

con la norma trae aparejadas multas que van desde 250 a<br />

5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir<br />

aproximadamente entre $21,720.00 y $434,400.00.<br />

Conclusión<br />

Es de gran relevancia para cualquier centro de trabajo<br />

observar la NOM 035 ya que el incumplimiento podría ser<br />

bastante costoso y es por ello que los invitamos a implementar<br />

esta normatividad que adicionalmente traerá como<br />

consecuencia más productividad en las actividades de los<br />

trabajadores, provocara innovación en los productos y servicios<br />

que ofrece y por añadidura eficiencia de los recursos<br />

humanos, materiales y financieros de la entidad.<br />

Palabras clave<br />

Factores de Riesgo Psicosocial. Son aquellos factores que<br />

interfieren en el desarrollo de las actividades del trabajador<br />

de manera negativa y pueden ser carga excesiva de trabajo,<br />

violencia laboral entre otros.<br />

Acontecimiento Traumático Severo. Aquel experimentado<br />

durante o con motivo del trabajo que se caracteriza<br />

por: la ocurrencia de la muerte, peligro real para la integridad<br />

física (accidentes graves o mortales, asaltos con violencia,<br />

secuestros y homicidios, entre otros) de una o varias<br />

personas y que puede generar trastorno de estrés postraumático<br />

para quien lo sufre o lo presencia.<br />

Referencias<br />

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&-<br />

fecha=23/10/2018<br />

https://www.gob.mx/stps/documentos/guia-informativa-nom-035

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