Edicion 11 de junio 2020
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Diario Co Latino
Opinión
Jueves
11 de junio de 2020 13
César Ramírez
@caralvasalvador
De lectura obligatoria debe consi-
-
21-2020/23-2020/24-2020/25-2020 Inconstitucionalidad,
divulgada en San Salvador, a las dieciocho
horas con cincuenta y cinco minutos del ocho de
junio de dos mil veinte.
-
cobar,
que realiza precisiones complementarias sobre
la sentencia, de los cuales he tomado algunos descriptores.
El magistrado ilustra: 1. La necesidad de una interpretación
muy estricta del régimen de excepción. 2. El
régimen de excepción y los poderes normativos del
órgano Ejecutivo. 3. La diferencia entre suspensión y
limitación de derechos.
bles:
1. La necesidad de una interpretación muy estricta
del régimen de excepción... “antes de acudir
a la aplicación del régimen de excepción, las
emergencias constitucionales deberían atenderse
con las potestades para limitar derechos habi-
necesario modularlas o adaptarlas a las necesidades del
tipo de emergencia de que se trate. Precisamente por la
posibilidad de afrontar una situación de riesgo extraordinario
mediante el ejercicio de las competencias constitucionales
ordinarias adaptadas a la necesidad del caso
y por el carácter extremo que tiene el régimen de excepción
con la consiguiente suspensión de derechos, es
ción
reforzada, exigente o rigurosa que debe ser controlada
por esta Sala, cuando así lo demanden los ciudadanos
afectados”. 2. El régimen de excepción y los pode-
salvadoreña no reconoce expresamente una mayor concentración
de poder en el Ejecutivo durante el régimen
de excepción”. Y más adelante: “En otras palabras, la
privilegiada del órgano Ejecutivo durante el régimen
de excepción, aunque por sus competencias dicho órgano
deba tener cierto protagonismo para hacer frente
al peligro extraordinario que amenace a la sociedad
o al Estado”... “El régimen de excepción no es una interrupción
temporal de la reserva de ley”.
3. La diferencia entre suspensión y limitación de
derechos. “La jurisprudencia constitucional ha manejado
como una de sus distinciones más útiles, en la resolución
de casos relacionados con la reserva de ley,
la diferencia entre regulación y limitación de derechos
cionalidad
11-2012, de 20/4/2015)”.
La lectura en conjunto del pronunciamiento de la
acervo jurídico del tema, cualquier diferencia es fanatismo
(electoral).
www.cesarramirezcaralva.com
La Escuela de las Oportunidades.
Desafío para las escuelas públicas salvadoreñas
Edit Esmeralda Alas Luque de Vásquez
Presidente:
Nelson López
Director General:
Francisco Elías Valencia
Jefa de Información:
Gabriela Castellón Fajardo
Coordinadora de Prensa: Patricia Meza
Teléfonos: 2222-1009, 2271-0671, 2271,0971 Fax: 2271-0822
128 AÑOS INFORMÁNDOTE CON CREDIBILIDAD
Escuela de las Oportunidades, una propuesta de
Francois Dubet para sistemas educativos.
En ese contexto Dubet plantea una pregunta
¿cómo es una escuela justa? Él visualiza la escuela de
oportunidades como alternativas para construir una escuela
justa. Esta visión promueve cambios en los paradigmas
sobre la aplicación de ese principio moral. Por tal
razón, se pretende analizar la pertinencia de su propuesta
en el contexto salvadoreño. La propuesta de Dube podría
ser considerada como utopía para algunos, porque
la escuela actual en El Salvador está inmersa en un ambiente
de carencias que en algunos casos no son tomadas
en cuenta. Sin embargo, esa propuesta podría ser una
esperanza de transformación social, si los actores clave
se comprometen y participan con responsabilidad. Esa
transformación podría concretarse mediante una Política
Educativa de Escuela de Oportunidades que tenga a su
base la participación de los actores clave. Una Política Educativa
sobre las Escuelas de Oportunidades en el sector pú-
de cada nivel educativo y sector territorial. Promover la participación
requiere claridad de lo que se necesita e interesa
aprender. También es necesario que los actores clave conozcan
los problemas a los que se enfrentan los educandos. Para
ello debe capacitarse a estos actores sobre las formas de participación
ciudadana y sus respectivos mecanismos de participación.
La participación en las escuelas del sector público debe
ser integral e integradora. En el primer caso se requiere una
visión holística que permita encontrar su identidad, valorar
el sentido de la vida y facilitar la adaptación a nuevas situaciones.
En el segundo caso se trata de ayudar a comprender
que existe conectividad entre la persona en sí misma y con
su entorno. La participación de los actores clave en el diseño
de una Política Educativa de Escuela de Oportunidades debe
actores son: personal directivo, docentes, estudiantes, padres
y madres de familia. La participación es determinante en la
construcción de la política. Participar contribuye al desarrollo
de perspectivas de cambio y transformación. Estas perspectivas
incluyen una visión holística que aportaría a las escuelas
públicas el componente de justicia para humanizar la
educación rural y urbana. La participación en la escuela demanda
espacios de diálogos y oportunidad de ser parte activa
en la toma de decisiones, de tal forma, que es un factor de
garantía para transformar las escuelas públicas en verdaderos
espacios de aprendizaje y oportunidades. En ese sentido, las
escuelas públicas deben tener claro para qué están educando
y conocer quienes se educan en el sector público.
de la Educación Nacional. En el segundo caso a reconocer
que los estudiantes no son los únicos destinatarios de la
formación. También se educan los docentes, los padres y
madres de familia, y los agentes de la comunidad. Se educa
con el modelaje y el trato cotidiano, con la coherencia entre
el discurso y la práctica, con las experiencias inclusivas
nidades
facilitaría que las escuelas públicas caminen hacia
una propuesta educativa racional y crítica, que permita
descubrir la oportunidad que el entorno le ofrece, aún en
medio de las adversidades. En tal sentido, es imperante que
las escuelas rurales y urbanas tengan la audacia para abrir
los espacios de participación necesarios, con el propósito
de proteger una propuesta novedosa que emerja de un
compromiso colectivo y que represente el anhelo de una
comunidad educativa. La novedad radica en que debe nacer
y desarrollarse con acompañamiento comunitario para
los salvadoreños y salvadoreñas deseamos. Por tanto, la
Escuela de Oportunidades son un desafío para las escuelas
rurales y urbanas del Sistema Educativo Salvadoreño.
Bibliografía
Dubet, Francois. (2004) La Escuela de las oportunidades. ¿Qué es
una escuela Justa? Editorial Gedisa. España.
Ellacuría, I. (2007). Filosofía de la Realidad Histórica. San Salvador:
dor.
San Salvador: Sin nombre.
MINED. (2017, p6). Organización y participación comunitaria. Obtenido
de Organización y participación comunitaria.: http://minedupe-
Morin, E. (octubre de 1999). Los siete saberes necesarios para la educación
del futuro. Obtenido de Los siete saberes necesarios para la educación
del futuro: http://www.ideassonline.org/public/pdf/LosSieteSaberesNecesariosParaLaEdudelFuturo.pdf
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