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AMPARO DIRECTO 213/2022 BBVA VS CENTRO CULTURAL EL PLAZA

AMPARO DIRECTO del tercer tribunal colegiado civil del PRIMER CIRCUITO numero 213/2022 entre las partes BBVA BANCOMER (QUEJOSO VS CENTRO CULTURAL EL PLAZA

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FORMA A-55

to

AMPARO DIRECTO: D.C. 213/2022

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

“ALEGATOS EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECW- SI BIEN LOS

TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO DEBm ESTUDIARLOS,

NO NECESARIAMENTE DEBEN PL^mAR ALGUNA

CONSIDERACIÓN AL RESPECTO EN LA SENTmCIA. En términos del

artículo 181 de la Lev de Amparo, después de qiffhayan sido notificadas

del auto admisorio de la demanda, las oarti^ tendrán 15 días para

formular alegatos, los cuales tienen como^málidad que quienes no

ejercieron la acción de amparo directo pSdan ser escuchados, al

permitírseles formular opiniones o conclu^mes lógicas respecto de la

promoción del Juicio de amparo, por lo se trata de una hipótesis

normativa que garantiza un debido prSmso en cumplimiento a las

formalidades esenciales del procedimiei^mque exige el párrafo segundo

del artículo 14 de la Constitución f^wtica de los Estados Unidos

Mexicanos. De esa forma, el debido beso se cumple con brindar la

oportunidad de manifestarse y el corre yo deber del tribunal de estudiar

las manifestaciones, sin que ello puec ' faducirse en una obligaqión de un

pronunciamiento ________________ expreso ________ en ______ la senté -e'n-tanto-.que no todo ejercicio

analítico que realiza un órgano Juri0j^ional respecto del estudio de las

^ \^.rconstancias debe reflejarse forzosam^te en una consideración. Por todo

^ VVo anterior, el órgano Jurisdiccional gs^l que debe determinar, en atención

r

al caso concreto, si plasma en I, solución el estudio de los alegatos

formulados por las partes, en el 'ndido de que en cumplimiento a la

debida fundamentación y motiv: I, si existiera alguna incidencia o

cambio de criterio a partir del es de dichos argumentos, sí resultaría

necesario referirlo en la senten •orno por ejemplo, el análisis de una

■ causal de improcedencia hech 1er. Así, el ejercicio de esta facultad

debe darse en cumplimiento al ulo 16 constitucional que ordena a las

autoridades ________________ fundar y ______ motivar sl ., otos, así como al diverso artículo __ 17_

constitucional que impone una Jrr^artición de Justicia pronta, completa e

imparcial”.

QUINTO. Conceptos ación y sentencia reclamada. No

se transcribirán las considerables en que se apoyó la sentencia

reclamada, así como escrito ^^feratorio que obran en las fojas mil

cuatrocientos ochenta a mil qi^Jntos treinta y seis del expediente de

origen, ni los conceptos de vióí^pg5 que obran de fojas tres a ciento

doce del expediente en que sl^^-actúa, toda vez que no existe

disposición legal que obligue á este Tribunal a incluir el contenido

literal de esos documentos, pará'ísu análisis, en el presente fallo.

En apoyo se cita la Juri^rudencia de la Segunda Sala de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro: “CONCEPTOS DE

VIOLACIÓN O AGRAVIOS. PARA CUMPLIR CON LOS PRINCIPIOS

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