QUIEN DEBE PRESIDIR EL IMARPE
Se expone en este documento una reflexión sobre el Proyecto de Ley 1129 LEY QUE PROMUEVE EL FORTALECIMIENTO ESTRATEGICO Y SOSTENIBILIDAD DEL INSTITUTO DEL MAR DEL PERU
Se expone en este documento una reflexión sobre el Proyecto de Ley 1129
LEY QUE PROMUEVE EL FORTALECIMIENTO ESTRATEGICO Y SOSTENIBILIDAD DEL INSTITUTO DEL MAR DEL PERU
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una sociedad de conocimiento justa y solidaria, en los ámbitos oceánicos y marino-costeros” ha
consolidado una Agenda de Investigación Marina, en la cual uno de sus objetivos específicos es
“Consolidar la cooperación interinstitucional para articular la investigación marina con las
prioridades nacionales y compromisos internacionales”. En respuesta, esta cartera de Estado
con el apoyo del Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano (MCCTH), han
dedicado esfuerzos para la conformación de una Red de Investigación Marina y Gestión
Marítima (REIMAR) de carácter nacional, orientada a fortalecer la integración entre la academia,
los sectores productivos y el Estado. La creación y seguimiento de dicha red se enmarca dentro
del Programa de Fortalecimiento de la Investigación Científica Marina y Desarrollo de
Transferencia de Tecnología Marina de la Setemar.
Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada
MISIÓN INSTITUCIONAL: Desarrollar la caracterización hidro-oceanográfica de los espacios
marítimos jurisdiccionales y no jurisdiccionales de interés nacional, e implementar y mantener
los sistemas de señalización marítima, para contribuir a garantizar la seguridad a la navegación,
el desarrollo, defensa y soberanía del territorio marítimo ecuatoriano, así como ejecutar
expediciones y coordinar actividades de investigación científica que promuevan la proyección
Geopolítica y Oceanopolítica del Ecuador en la Antártida.
Secretaría Técnica del Mar
Institución que lidera y coordina intersectorialmente con las entidades del Estado, que se
encuentran vinculadas al espacio oceánico y territorio marítimo costero.
La Secretaría Técnica del Mar, es adscrita a la SENPLADES, además de presidir el Comité del
Mar, que está integrado por cuatro ministerios coordinadores.
Ante la necesidad de promover e impulsar los beneficios que tiene el territorio marítimo del
Ecuador, el Gobierno mediante decreto creó la Secretaría Técnica del Mar, la cual está
regulada por un Comité Interinstitucional del Mar, conformado por la mayoría de ministerios
coordinadores.
El Comité Interinstitucional, según el Decreto Ejecutivo firmado el 29 de diciembre de 2011,
estará conformado por el titular de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo
(Senplades) o su delegado permanente, quien no solo lo preside, sino que además ejercerá la
representación legal, judicial y extrajudicial del Estado ante órganos o instituciones nacionales e
internacionales, sobre asuntos relacionados al campo del desarrollo e intereses marítimos.
También será integrado por el Ministro Coordinador de Patrimonio; el Ministro Coordinador de
Sectores Estratégicos, el Ministro Coordinador de Talento Humano, el Ministro Coordinador de
la Producción, Empleo y Competitividad, y el Ministro Coordinador de Seguridad Interna y
Externa o sus delegados permanentes.
El organismo tendrá como funciones “aprobar y coordinar la política nacional relativa al espacio
marítimo” y “vigilar que la cooperación interministerial para temas del territorio marino costero
guarde concordancia con la política intersectorial establecida”, entre otras responsabilidades.
El secretario técnico será designado por el Comité Interinstitucional de una terna que elabore la
Senplades, la cual en el plazo de 90 días, contados a partir de la vigencia del presente Decreto
Ejecutivo, creará la estructura orgánica de la Secretaría Técnica del Mar.
El Decreto 990 crea el Comité Interinstitucional del Mar (CIM), que tiene como objetivo articular
las acciones que desarrollan las distintas instituciones del Estado en relación con el mar,
adaptándolas a la nueva estructura democrática del Estado, lo cual permitirá un sistema
coherentemente articulado de permanente y continua colaboración interinstitucional. El Comité
Interinstitucional del Mar (CIM) tendrá las siguientes atribuciones: 1) Aprobar y coordinar la
política nacional relativa al espacio marítimo; 2) Planificar la política nacional para el desarrollo
de los intereses marítimos del Estado; 3) Vigilar que la cooperación interministerial para temas
del territorio marino costero guarde concordancia con la política intersectorial establecida; 4)
Establecer políticas que permitan armonizar las actividades de las direcciones, institutos y otros
organismos nacionales, relacionados con el espacio marítimo, a efectos de definir sus
competencias y evitar superposición de atribuciones.
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