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(SBP) y Juntas de Participación Social (JPS) - Inabif

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MIMDESINABIFGerencia para el Desarrollode la Población en RiesgoGuía Técnica 10: Base Legal Relacionada alFuncionamiento de las Sociedades de BeneficenciaPública (SBP) y Juntas de Participación Social (JPS)Artículo 21.- La administración y manejo de bienes y rentas se rigen en todos los casospor las normas del Sistema Nacional de Control.Artículo 22.- Toda, adquisición de bienes o servicios, remates, ventas permutas,transferencia de bienes o de derechos sobre ellos, arrendamientos, constitución de derechosreales de garantía, ejecución de obras, y en general actos y contratos similares que debanejecutar las Sociedades y Juntas se rigen por las normas sobre Bienes del Estado y seránexpresa y previamente autorizados por el Ministro de Salud. Esta facultad puede delegarse enforma expresa a los Presidentes del Directorio.CONCORDANCIA:D.S. Nº 006-89-SACAPITULO VIDE LOS PROGRAMAS DE SALUD Y DE BIENESTAR SOCIALArtículo 23.- Las Asambleas Generales de Sociedades y Juntas, formularánanualmente, Programas de Salud y de Bienestar Social, en relación con las necesidades de sucircunscripción territorial. Estos Programas se sujetarán a los lineamientos de política del sectorSalud, a los fines establecidos en el artículo 5, y se coordinarán con los programas similaresdel Ministerio de Salud y de las instituciones públicos y privadas que integran el Sector Salud.Los Programas serán desarrollados y expresados en términos de presupuesto porprograma por el Directorio. Su aprobación corresponde a la Asamblea General de Socios.La Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional actuará como organismo coordinador detodos los programas de salud y bienestar social, a nivel nacional.CONCORDANCIA:D.S. Nº 20-86-SACAPITULO VIIDEL PLAN DE ACTIVIDADES PROMOCIONALESArtículo 24.- Las Asambleas Generales de Sociedades y Juntas formularán anualmenteun plan de actividades promocionales, con el propósito de generar mayores recursos, utilizar almáximo la capacidad y disponibilidad del patrimonio existente y lograr la mayor participaciónposible de todos los socios e instituciones, así como de otras personas y grupos organizados.CONCORDANCIA:D.S. Nº 20-86-SAArtículo 25.- Son objetivos del Plan de Actividades Promocionales los siguientes:1. Obtener rentas para ser aplicadas exclusivamente en los fines señalados en elartículo 5 del presente Decreto Legislativo; y,2. Utilizar al máximo la capacidad y disponibilidad patrimonial existente, con finalidadsocial y de coparticipación permanente.Artículo 26.- Declárese de necesidad urgente la ejecución del proceso de renovación,mejoramiento, incremento, transformación y desarrollo del patrimonio inmobiliario de lasSociedades y Juntas. Dicho proceso se efectuará en función de los Programas de Salud y deBienestar Social y de los objetivos señalados en los artículos 23 y 25 del presente DecretoLegislativo.Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo GDPR 13

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