19.08.2015 Views

B C

(SBP) y Juntas de Participación Social (JPS) - Inabif

(SBP) y Juntas de Participación Social (JPS) - Inabif

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

MIMDESINABIFGerencia para el Desarrollode la Población en RiesgoGuía Técnica 10: Base Legal Relacionada alFuncionamiento de las Sociedades de BeneficenciaPública (SBP) y Juntas de Participación Social (JPS)(**) Artículo modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 27273, publicada el 30-05-2000, cuyotexto es el siguiente:"Artículo 5.- Organizacióna) Despacho Ministerial.b) Gerencia de Gestión Administrativa.c) Viceministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.d) Órganos Consultivos:- Consejo Consultivo de la Mujer.- Consejo Consultivo del Niño y del Adolescente.- Consejo Consultivo del Adulto Mayor.e) Organismos Públicos Descentralizados:- Instituto Nacional de Bienestar Familiar.- Programa Nacional de Asistencia Alimenticia.- Programa de Apoyo al Repoblamiento y Desarrollo de Zonas de Emergencia.- Oficina Nacional de Cooperación Popular.- Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad.- Patronato del Parque de las Leyendas."Artículo 6.- MinistroEl Ministro es el Titular del Sector y del Pliego Presupuestal del Ministerio que tiene lasatribuciones que la Constitución y el presente Decreto Legislativo le otorgan:a) Formula y dirige la ejecución la política del Ministerio;b) Refrenda y emite los dispositivos legales que la legislación establezca y toda normade carácter general del Ministerio;c) Aprueba la asignación de recursos presupuestales del Ministerio y de cada uno desus Organismos Públicos Descentralizados;d) Aprueba los programas y planes de acción del Ministerio y de sus OrganismosPúblicos Descentralizados y evalúa su cumplimiento;e) Establece las mediciones de gestión de las unidades del Ministerio y de susOrganismos Públicos Descentralizados y evalúa su cumplimiento;f) Supervisa el desarrollo de las actividades de las unidades del Ministerio y de susOrganismos Públicos Descentralizados.Artículo 7.- ViceministroEl Viceministro es nombrado por Resolución Suprema. Ejerce las funciones que leasigna el Ministro, y lo representa en los actos y gestiones que les sean encomendadas.Gerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo GDPR 43

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!