19.08.2015 Views

B C

(SBP) y Juntas de Participación Social (JPS) - Inabif

(SBP) y Juntas de Participación Social (JPS) - Inabif

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

MIMDESINABIFGerencia para el Desarrollode la Población en RiesgoGuía Técnica 10: Base Legal Relacionada alFuncionamiento de las Sociedades de BeneficenciaPública (SBP) y Juntas de Participación Social (JPS)HA DADO EL DECRETO LEGISLATIVO SIGUIENTE:LEY DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE PROMOCIONDE LA MUJER Y DEL DESARROLLO HUMANOCapítulo IDisposiciones GeneralesArtículo 1.- ObjetoEl presente Decreto Legislativo tiene por objeto definir el ámbito, misión, objetivos,funciones y organización del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano(PROMUDEH).Artículo 2.- MisiónEl Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano tiene como misiónpromover el desarrollo de la mujer y la familia, promover las actividades que favorezcan eldesarrollo humano de la población y la atención prioritaria a los menores en riesgo. (*)(*) Artículo modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 27273, publicada el 30-05-2000, cuyo textoes el siguiente:“Artículo 2.- MisiónEl Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano tiene como misiónpromover el desarrollo de la mujer y la familia, promover las actividades que favorezcan eldesarrollo humano de la población y la atención prioritaria a los menores de edad, mujer, adultomayor y personas con discapacidad en situación de riesgo o abandono."Artículo 3.- ObjetivoEl Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano cumple los siguientesobjetivos:a) Promover para los grupos objetivos de competencia del Ministerio la equidad en elacceso a la ocupación, salud y educación.b) Afianzar el rol de la mujer y la familia en la sociedad, así como en los programasorientados a su desarrollo y en la lucha contra la pobreza.c) Formular y ejecutar políticas de atención orientados a prevenir, atender, promover yrehabilitar a los menores de edad en situación de riesgo. (*)(*) Literal modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 27273, publicada el 30-05-2000, cuyo textoes el siguiente:"c) Formular y ejecutar políticas de atención orientadas a prevenir, atender, promover yrehabilitar a los menores de edad, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad ensituación de riesgo o abandono."d) Promover los valores cívicos y las normas de comportamiento, acordes con losprincipios de la ética, la moral, la solidaridad y la paz; así como promover el acceso a lainformación, la cultura, la recreación y el deporte como medios del desarrollo personal ycolectivo.Capitulo IIDe la Organización y FuncionesArtículo 4.- Funciones generalesGerencia para el Desarrollo de la Población en Riesgo GDPR 41

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!