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Auto de Procesamiento a 98 Militares Argentinos

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Sin embargo si <strong>de</strong>be incluirse al Almirante Ruben Oscar Franco, miembro <strong>de</strong> la<br />

4ª Junta Militar, entre el 1.10.82 y el 6.12.83, no tanto por este carácter, sino<br />

por el <strong>de</strong> ser el principal responsable en dicho periodo <strong>de</strong>l CCD que funciona en<br />

la ESMA, hasta el final <strong>de</strong> la dictadura.<br />

Por otra parte <strong>de</strong>be acordarse el procesamiento <strong>de</strong>:<br />

8. El General Cristino Nicolai<strong>de</strong>s, no tanto por su condición <strong>de</strong> miembro <strong>de</strong> la<br />

Cuarta Junta Militar , sino por la <strong>de</strong> Comandante en Jefe <strong>de</strong>l Tercer Cuerpo <strong>de</strong><br />

Ejército <strong>de</strong>s<strong>de</strong> 1.<strong>98</strong>0.<br />

En segundo lugar, pero no por ello menos importante, dada la importantísima<br />

responsabilidad que las personas que se mencionarán en la jerarquía <strong>de</strong> las<br />

Fuerzas Armadas <strong>de</strong>be establecerse la <strong>de</strong> aquellos que tenían bajo su mando los<br />

Cuerpos <strong>de</strong> Ejército Primero, Segundo y Tercero que son los afectados en esta<br />

resolución, dado que es a sus respectivas zonas <strong>de</strong> jurisdicción a las que se<br />

extien<strong>de</strong> este auto por haber sido los lugares <strong>de</strong> ubicación <strong>de</strong> los CCD en los<br />

que estuvieron <strong>de</strong>tenidas las víctimas, o en las que se produjeron las <strong>de</strong>tenciones,<br />

<strong>de</strong>sapariciones, torturas y asesinatos. Partiendo, como en la ocasión anterior <strong>de</strong><br />

los datos que obran en el sumario.<br />

9. Carlos Guillermo Suárez Masón<br />

10. General Olivera Rovere<br />

11. General Antonio Domingo Bussi, que también se le incluye por su<br />

responsabilidad en la provincia <strong>de</strong> Tucumán (3 Cuerpo <strong>de</strong> Ejército)<br />

12. Ramón Genera Díaz Bessone<br />

13. Luciano Adolfo Jaúregui<br />

14. Juan Carlos Trimarco<br />

15. Luciano Benjamín Menén<strong>de</strong>z<br />

16. José Antonio Vaquero<br />

En tercer lugar, se establece la presunta responsabilidad por los concretos<br />

hechos que se <strong>de</strong>scriben y que se refieren a los acontecidos en la Escuela<br />

Mecánica <strong>de</strong> la Armada; agresiones a la familia Labrador Pérez en Rosario;<br />

otras acontecidas en Santa Fe; y los ejecutados en Córdoba y Tucumán. Esta<br />

enumeración se ampliará y completará en resoluciones sucesivas en función <strong>de</strong><br />

los datos que se vayan acumulando.<br />

En este apartado se enumeran los siguientes imputados :<br />

17. Jorge Eduardo Acosta Aubone.<br />

18. Jorge Raúl Vildoza Ostini<br />

19. Carlos Eduardo Daviou<br />

20. Luis María Mendía

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