Plan AIRE
Plan AIRE
Plan AIRE
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
RESUMEN EJECUTIVO<br />
común en las aglomeraciones urbanas, superándose con relativa frecuencia los valores<br />
legalmente establecidos. La fuente de emisión principal de ambos contaminantes es el<br />
tráfico de vehículos, que se concentra en las grandes ciudades.<br />
Por otra parte, también constituye un objetivo prioritario del <strong>Plan</strong> <strong>AIRE</strong> el cumplimiento de la<br />
Directiva 2001/81/CE, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes<br />
atmosféricos. En este sentido, el diagnóstico de situación concluye que resulta perentorio<br />
incluir medidas para reducir las emisiones de amoniaco y óxidos de nitrógeno<br />
principalmente. También es conveniente seguir reduciendo las emisiones de dióxidos de<br />
azufre, porque se siguen observando incumplimientos puntuales en algunas zonas; y de los<br />
compuestos orgánicos volátiles, puesto que son precursores del ozono.<br />
Aparte del cumplimiento normativo, las medidas relacionadas con estos cuatro<br />
contaminantes deben contemplarse desde la perspectiva sanitaria, debido a que todos ellos<br />
son precursores de partículas secundarias, cuyo impacto en la salud es cada día más<br />
evidente. Es decir, reducir su concentración en la atmósfera permitirá cumplir con la<br />
normativa europea e internacional, y ayudará a minimizar los impactos de la contaminación<br />
sobre la salud, que es el fin último que persigue la Ley 34/2007.<br />
Los objetivos específicos y las medidas que el <strong>Plan</strong> <strong>AIRE</strong> quiere poner en marcha se<br />
presentan en el capítulo 3. Se aprueban dos tipos de medidas: horizontales y sectoriales.<br />
Las medidas horizontales deben servir para mejorar, en general, algunos aspectos<br />
relacionados con la calidad del aire, actuando sobre la información, concienciación,<br />
administración, investigación y fiscalidad. Las medidas sectoriales, en cambio, van<br />
dirigidas a sectores concretos implicados en la emisión de contaminantes, como el sector<br />
industrial, la construcción, el transporte, la agricultura y ganadería o el sector residencial,<br />
comercial e institucional.<br />
Las medidas que se aprueban en el <strong>Plan</strong> <strong>AIRE</strong> vienen a complementar a los planes de<br />
actuación aprobados para cada zona o aglomeración que presenta incumplimientos. No<br />
podemos olvidar que las competencias del Estado sobre gestión del medio ambiente<br />
atmosférico son muy limitadas; son las comunidades autónomas y entidades locales quienes<br />
pueden aprobar los citados planes y adoptar medidas que actúen directamente ante las<br />
fuentes de emisión de contaminantes.<br />
Sin embargo, la competencia exclusiva del Estado para dictar legislación básica sobre<br />
protección del medio ambiente, hace que la Administración General del Estado tenga en su<br />
mano la posibilidad de crear un marco legal más favorable para la adopción de medidas<br />
eficaces en los planes de actuación locales o autonómicos. Por ejemplo, el <strong>Plan</strong> <strong>AIRE</strong> prevé<br />
como medida para reducir las emisiones, la aprobación de un reglamento en el que se<br />
establezcan valores límite de emisión y requisitos técnicos aplicables a las actividades<br />
potencialmente contaminadoras de la atmósfera que precisan regulación, por estar excluidas<br />
del ámbito de aplicación de la Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales<br />
(prevención y control integrados de la contaminación).<br />
De igual manera, la Administración General del Estado puede actuar en el ámbito fiscal,<br />
estableciendo criterios ambientales a determinados impuestos regulados por el Estado. Por<br />
<strong>Plan</strong> <strong>AIRE</strong> 6