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de nueStra bandeJa…<br />
SURCOS.De Nuestra Bandeja<br />
[comunicados, noticias, análisis, opinión] SURCOS.INTERNACIONAL<br />
¿“conteo definitivo” o “definitivo conteo” o Qué?<br />
milton ruiz Guzmán<br />
abogado y asesor parlamentario<br />
la construcción gramatical usual en<br />
el idioma español es “sujeto-adjetivo”.<br />
el adjetivo es la palabra que acompaña<br />
al sustantivo para su determinación,<br />
o bien para su calificación y expresa<br />
características o propiedades atribuidas al<br />
sustantivo.<br />
el adjetivo es una palabra que funciona<br />
como adyacente del sustantivo y<br />
concuerda con éste y se caracteriza por su<br />
dependencia del sustantivo.<br />
el adjetivo calificativo expresa una<br />
cualidad abstracta o concreta relativa<br />
al sustantivo, en tanto que, el adjetivo<br />
determinativo delimita la extensión del<br />
sustantivo. Según la función, son palabras<br />
que complementan al sustantivo en<br />
necesaria concordancia con el mismo.<br />
la sintaxis, como parte que es de la<br />
gramática, establece la manera correcta<br />
de formar una oración, valga decir, el<br />
orden adecuado para que las palabras<br />
formen oraciones, y la forma correcta<br />
en que estas se combinan para mantener<br />
la concordancia. las oraciones por<br />
tanto, están compuestas por palabras<br />
relacionadas entre sí y conforme a<br />
determinadas normas.<br />
Señalo lo anterior en atención del ejercicio<br />
de interpretación gramatical realizada<br />
por el magistrado mario Seing Jiménez,<br />
correspondiente a la interpretación<br />
oficiosa contenida en la resolución no.<br />
5721-e8-2009 de las 11.00 horas del<br />
18 de diciembre del 2009 del tribunal<br />
Supremo de elecciones al artículo 197<br />
del código electoral<br />
la interpretación gramatical –y de<br />
ahí el error- debe ser igualmente una<br />
interpretación lógica a partir del texto<br />
que interesa para establecer cuál ha sido la<br />
voluntad del legislador. en ese propósito,<br />
corresponde a la lógica una función<br />
relevante y el texto normativo de ley<br />
debe contextualizarse en forma amplia<br />
y no estrecha de su propia letra como<br />
en la especie, afincada en el calificativo<br />
“definitivo” relativo al “conteo”.<br />
la acción y efecto de contar, es decir,<br />
el “conteo” del artículo 197 del código<br />
electoral, no debió ser descontextualizado<br />
del orden constitucional “escrutinio” en<br />
relación a su vez con la atribución que el<br />
artículo 182 del código electoral otorga<br />
a las juntas receptoras de votos el día de<br />
las elecciones a partir de las 18.00 horas:<br />
proceder “…al cierre de la votación y<br />
al conteo o cómputo y la asignación de<br />
votos conforme a las instrucciones que<br />
para tal efecto haya dispuesto el tribunal<br />
Supremo de elecciones…”.<br />
una cosa es la facultad de interpretación<br />
en forma exclusiva y obligatoria de<br />
disposiciones constitucionales y legales<br />
en materia electoral, y otra muy distinta<br />
impartir instrucciones afirmativas o<br />
negativas, a un organismo electoral.<br />
la capacidad de impartir instrucciones<br />
nace desde la existencia de normas legales<br />
previas, bajo otro esquema, modelo y<br />
concepto y por la naturaleza de la materia<br />
que nos ocupa, debe sustentarse al menos<br />
en un reglamento, y no es el caso.<br />
tan improcedente es reputar la<br />
resolución no. 5721-e8-2009 como<br />
una “instrucción” a las juntas receptoras<br />
de votos, como la inconstitucional<br />
pretensión legislativa que se arroga el<br />
tribunal Supremo de elecciones como<br />
intérprete oficioso para determinar como<br />
una excepción extraordinaria el recuento<br />
de votos ante sí, “…cuando la totalización<br />
del cómputo hecho por las Juntas<br />
receptoras de votos según el informe<br />
del programa electoral de transmisión<br />
de datos… arroje una diferencia de dos<br />
puntos porcentuales o menos…”<br />
¿cuál norma legal o constitucional<br />
establece ese enunciado? ¿desde cuándo<br />
el tribunal Supremo de elecciones<br />
goza de atribuciones y facultades para<br />
legislar y a partir de ahí, interpretar<br />
normas inexistentes en la legislación y la<br />
constitución?<br />
como me decía un amigo: en el tSe<br />
ya hay un max… (esquivel) y por lo<br />
visto como que está volviendo otro… lo<br />
verdaderamente “definitivo” es que sobre<br />
este proceso electoral están cayendo<br />
sombras; sobre el proceso del 2006<br />
los mismos personajes impusieron la<br />
penumbra… ¿querrán lo mismo?<br />
Haití… una mirada deSde la educación popular<br />
óScar Jara<br />
luego de un intercambio por correo electrónico con<br />
nuestro querido compañero William Thelusmond<br />
del crad en Haití, compartimos algunos criterios<br />
que desde la educación popular pudimos extraer<br />
como aprendizajes en situaciones de emergencia a<br />
partir de la sistematización de experiencias luego del<br />
Huracán mitch.<br />
1) buscar convertir la tragedia en una oportunidad<br />
para construir algo totalmente nuevo para el futuro,<br />
no reconstruir lo que había antes en las condiciones<br />
que existían antes.<br />
2) en todo lo posible, involucrar a las personas<br />
damnificadas como sujetos activos y no como<br />
victimas pasivas que esperan simplemente que otros<br />
las ayuden.<br />
-esto significa:<br />
a. organizar grupos para hacer censos de la<br />
población, para identificar necesidades y prioridades,<br />
para distribuir la ayuda según esos criterios, para<br />
comunicar y compartir con la gente lo que se está<br />
haciendo (con asambleas, pequeños volantes o<br />
recorridos de aviso).<br />
b. dar espacio para la rehabilitación espiritual<br />
y del ánimo: crear grupos de solidaridad, apoyo<br />
mutuo, grupos que organicen juegos para los niños<br />
y niñas para que no estén solo lamentándose o<br />
escuchando lamentos y llantos, hacer con ellos grupos<br />
de teatro, darles responsabilidades en la armazón de<br />
tiendas, cargar materiales, llamar a la gente. utilizar<br />
la múSica y el canto, junto con la oración<br />
aún en momentos muy duros<br />
c. organizar una clara informacion<br />
de lo que está sucediendo, de la ayuda que viene, de<br />
quién viene, de qué se está haciendo en distintos<br />
lugares. Hacer listados de personas que se quiere<br />
buscar o saber cómo están en otras partes de la<br />
ciudad y del país y conforme se tenga la información<br />
irla entregando.<br />
d. Si se tiene acceso a un micrófono y parlantes,<br />
instalar una especie de radio popular, para<br />
ayudar en todo lo anterior, para que sea un vehículo<br />
de comunicación y que la gente se exprese por este<br />
medio.<br />
3) fortalecer lo más posible todo tipo de organización<br />
que ya existía o crear nuevas formas que eviten el<br />
aislamiento, la soledad y la sensación de desamparo.<br />
4) conversar, dialogar sobre planes para el futuro:<br />
¿cómo queremos nuestro nuevo barrio? ¿cómo<br />
QueremoS nueStro nuevo Hatí?...<br />
no dejar que la situación presente haga olvidar que<br />
tenemos un futuro.<br />
Son algunas ideas que recogimos de la situación post<br />
mitch en la región que evitaron que la gente repitiera<br />
el ciclo de la victimización: se es víctima de un desastre<br />
y nos volvemos más víctimas, más dependientes, más<br />
incapaces después. no. convertir la manera de<br />
enfrentar la emerGencia en una nueva<br />
posibilidad de ser actores, sujetos, protagonistas.<br />
imaGen iluStrativa<br />
[semana del 04 al Enero 10 de del febrero, 20102008]<br />
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