derecho laboral-módulo - Fundación Universitaria Luis Amigó
derecho laboral-módulo - Fundación Universitaria Luis Amigó
derecho laboral-módulo - Fundación Universitaria Luis Amigó
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
empleador está obligado a conservar el puesto del trabajador hasta por seis<br />
meses después de terminado el servicio, de acuerdo con lo estipulado por la ley<br />
48 de 1993, ya que inicialmente se hablaba de 30 días. Dentro de este término el<br />
trabajador puede reincorporarse a sus tareas, cuando lo considere conveniente, y<br />
el empleador lo deberá admitir en el momento que lo haga.<br />
6. Por detención preventiva del trabajador o por arresto correccional que no<br />
exceda de 8 días y cuya causa no justifique la extinción del contrato. La norma no<br />
es muy clara, se deja un vacio en lo referente a la detención preventiva; pero se<br />
habla de un plazo hasta de 30 días, de todos modos, si pasados estos días de<br />
detención preventiva el trabajador continúa con la detención, estaremos frente a<br />
una causal de terminación de la relación <strong>laboral</strong>.<br />
Los 8 días se tienen en cuenta para el arresto correccional, como medida de<br />
carácter policivo, aunque la Corte Constitucional ha dicho que en Colombia no<br />
existe el arresto correccional. Terminados la detención o el arresto correccional el<br />
trabajador deberá presentarse a su trabajo, demostrando las causas de lo<br />
ocurrido.<br />
7. Por huelga declarada en la forma prevista en la ley. Desaparecidas las<br />
causas de la suspensión temporal del trabajo se dará la reanudación del contrato<br />
para lo cual es necesario que el patrono dé aviso a los trabajadores. En los casos<br />
1, 2, y 3, enunciados anteriormente, debe avisar por escrito y notificar en forma<br />
personal la fecha de la reanudación del trabajo o, en su defecto, a través de<br />
avisos publicados no menos de dos veces en un periódico de la localidad. Cada<br />
trabajador regresará a sus ocupaciones anteriores, y deberán presentase dentro<br />
de los 3 días siguientes a la notificación o aviso.<br />
La norma prevé que en los casos de suspensión se presentan algunos efectos,<br />
entre ellos podemos anotar:<br />
40