índice - Auto Marsh
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9. ATLAS CERO PLUS POR PÉRDIDA TOTAL DE DAÑOS MATERIALES<br />
De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la póliza y tratándose de automóviles de uso<br />
particular, en caso de siniestro que ocasione la pérdida total del vehículo asegurado por cualquiera de los riesgos<br />
amparados por la cobertura 1. Daños Materiales, la Compañía exentará al asegurado del pago del deducible<br />
especificado en la carátula de la póliza para la cobertura 1. Daños Materiales y, adicionalmente, devolverá al<br />
asegurado la prima neta pagada de las siguientes coberturas:<br />
1) Daños Materiales<br />
2) Robo Total<br />
3) Responsabilidad Civil<br />
4) Gastos Médicos Ocupantes<br />
La devolución de la prima arriba señalada ya incluye la devolución que pudiera corresponder, en su caso, por la<br />
parte no devengada de la prima o primas correspondientes a dichas coberturas no afectadas por el siniestro.<br />
Para pólizas con vigencia mayor a un año, la devolución de las primas, de conformidad con lo establecido en esta<br />
cláusula, se realizará únicamente sobre el importe de la anualidad en curso al momento del siniestro, con<br />
independencia en su caso de la devolución de anualidades futuras no devengadas que en su caso pudiera<br />
proceder.<br />
10. ATLAS CERO PLUS ROBO TOTAL<br />
De aparecer como contratada esta cobertura en la carátula de la póliza y tratándose de automóviles de uso<br />
particular, en caso de siniestro que ocasione la pérdida total del vehículo asegurado por cualquiera de los riesgos<br />
amparados por la cobertura 2. Robo Total, la Compañía exentará al asegurado del pago del deducible especificado<br />
en la carátula de la póliza para la cobertura 2. Robo Total y, adicionalmente, le devolverá al asegurado la prima<br />
neta pagada de las siguientes coberturas:<br />
1) Daños Materiales<br />
2) Robo Total<br />
3) Responsabilidad Civil<br />
4) Gastos Médicos Ocupantes<br />
La devolución de la prima arriba señalada ya incluye la que en su caso pudiera corresponder por la parte no<br />
devengada de la prima o primas correspondientes a dichas coberturas no afectadas por el siniestro.<br />
Para pólizas con vigencia mayor a un año, la devolución de las primas, de conformidad con lo establecido en esta<br />
cláusula, se realizará únicamente sobre el importe de la anualidad en curso al momento del siniestro, con<br />
independencia en su caso de la devolución de anualidades futuras no devengadas que en su caso pudiera<br />
proceder.<br />
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