12.05.2013 Views

reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen

reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen

reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Artículo 130.-<br />

Los vehículos <strong>de</strong> tracción humana o animal, siempre <strong>de</strong>berán ce<strong>de</strong>r el paso a los vehículos<br />

automotores y, entre sí, al vehículo más rápido. Está prohibida su circulación por carreteras <strong>de</strong><br />

acceso restringido, jurisdicciones urbanas así como por las vías rápidas y aceras.<br />

Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />

Título III. De la Circulación en la Vía Publica<br />

Capítulo III. De las Restricciones a la Circulación <strong>de</strong> Tránsito<br />

Artículo 131.-<br />

Artículo 131.-<br />

Con el objeto <strong>de</strong> hacer práctica la aplicación <strong>de</strong> las reglas <strong>de</strong> circulación en <strong>de</strong>terminadas vías<br />

cuyo crecido movimiento no guarda relación con su anchura y otras circunstancias imprevistas, la<br />

Dirección General <strong>de</strong> Tránsito en coordinación con la División <strong>de</strong> Tránsito Terrestre <strong>de</strong> la Policía<br />

Nacional Civil en la Capital y sus Delegaciones en las Zonas o Departamentos, queda facultada<br />

para imponer restricciones a la circulación <strong>de</strong> vehículos, en base a la opinión y/o estudios técnicos<br />

realizados o avalados por la Unidad <strong>de</strong> Ingeniería <strong>de</strong> Tránsito, en la forma siguiente:<br />

1. Limitar el tránsito a una sola dirección en <strong>de</strong>terminadas vías.<br />

2. Determinar horas y zonas restringidas don<strong>de</strong> el cruce será obligado solo a la <strong>de</strong>recha.<br />

3. Fijar horas especiales para el tránsito <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminados vehículos.<br />

4. Limitar la hora <strong>de</strong> carga y <strong>de</strong>scarga.<br />

5. Prohibir el estacionamiento <strong>de</strong> vehículos <strong>de</strong>socupados en algunas calles.<br />

6. Disponer el tránsito <strong>de</strong> vehículos y peatones en <strong>de</strong>sfiles, fiestas cívicas, ferias y solemnida<strong>de</strong>s<br />

religiosas.<br />

7. Excluir cierta clase <strong>de</strong> vehículos o animales <strong>de</strong> las calles don<strong>de</strong> el tránsito así lo exija.<br />

8. Prohibir el tránsito por la calles y caminos, a los animales en pastoreo y mancornado, así como<br />

animales sueltos cuando no los guíen suficientes arrieros.<br />

9. Solamente se permitirá el paso libre <strong>de</strong> animales, en los pasos <strong>de</strong>bidamente señalados.<br />

10. Sólo se permitirá la utilización <strong>de</strong> luces <strong>de</strong> emergencia previa autorización <strong>de</strong> la Dirección<br />

General <strong>de</strong> Tránsito.<br />

Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />

Título III. De la Circulación en la Vía Publica<br />

Capítulo III. De las Restricciones a la Circulación <strong>de</strong> Tránsito<br />

Artículo 132.-<br />

Artículo 132.-<br />

Los vehículos con altoparlantes <strong>de</strong>berán acatar las siguientes regulaciones:<br />

1. Deben contar con un permiso dado por la Dirección General <strong>de</strong> Tránsito, en el cual se autorice<br />

a llevar instalados y poner en funcionamiento los altoparlantes;<br />

2. Se les prohibe circular con los altoparlantes en funcionamiento <strong>de</strong> las veinte a las siete horas<br />

<strong>de</strong>l día siguiente, salvo permiso <strong>de</strong> la Dirección General <strong>de</strong> Tránsito, el cual estará fundamentado<br />

en razones <strong>de</strong> interés Público;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!