reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen
reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen
reglamento general de transito y seguridad vial - sertracen
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Los niños <strong>de</strong> las escuelas o colegios, al salir <strong>de</strong> sus planteles lo harán en columnas <strong>de</strong> dos en<br />
fondo, manteniendo la <strong>de</strong>bida compostura y siempre por las aceras, <strong>de</strong>biendo cruzar las vías<br />
únicamente por las zonas <strong>de</strong> <strong>seguridad</strong>. Los Directores <strong>de</strong> cada plantel serán los responsables <strong>de</strong><br />
practicar esta medida.<br />
Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />
Título VI. De la Señalización Vial y otros Dispositivos para el Control <strong>de</strong>l Tránsito<br />
Artículo 203.-<br />
Artículo 203.-<br />
El or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> prioridad entre los distintos tipos <strong>de</strong> señales <strong>de</strong> circulación es el siguiente:<br />
1. Señales y ór<strong>de</strong>nes <strong>de</strong> los agentes <strong>de</strong> la Policía Nacional Civil y los Delegados <strong>de</strong> Tránsito,<br />
Escolta Presi<strong>de</strong>ncial y otros facultados específicamente para ello.<br />
2. Señalización circunstancial que modifique e1 régimen normal <strong>de</strong> utilización <strong>de</strong> la vía.<br />
3. Semáforos.<br />
4. Señales verticales <strong>de</strong> circulación.<br />
5. Señalización Horizontal.<br />
En el caso que las prescripciones indicadas por diferentes señales parezcan estar en<br />
contradicción entre sí, prevalecerá la prioritaria según el or<strong>de</strong>n anterior, o la más restrictiva si se<br />
trata <strong>de</strong> señales <strong>de</strong>l mismo tipo.<br />
Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />
Título VI. De la Señalización Vial y otros Dispositivos para el Control <strong>de</strong>l Tránsito<br />
Artículo 204.-<br />
Artículo 204.-<br />
La señalización <strong>de</strong> tránsito en las vías públicas, será únicamente las que <strong>de</strong>termine la Dirección<br />
General <strong>de</strong> Tránsito, previo dictamen técnico emitido por la <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia respectiva involucrada, y<br />
<strong>de</strong> acuerdo con los Convenios Internacionales ratificados por la República <strong>de</strong> El Salvador.<br />
Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />
Título VI. De la Señalización Vial y otros Dispositivos para el Control <strong>de</strong>l Tránsito<br />
Artículo 205.-<br />
Artículo 205.-<br />
En las intersecciones reguladas simultáneamente con semáforo y señal <strong>de</strong> ALTO, los semáforos<br />
tendrán prioridad sobre las señales <strong>de</strong> alto, <strong>de</strong>biendo ser acatadas éstas señales <strong>de</strong> ALTO<br />
cuando el semáforo esté fuera <strong>de</strong> operación por cualquier causa;<br />
Reglamento General <strong>de</strong> Tránsito y Seguridad Vial No. 61<br />
Título VI. De la Señalización Vial y otros Dispositivos para el Control <strong>de</strong>l Tránsito<br />
Artículo 206.-<br />
Artículo 206.-<br />
La regulación mediante Agente o Delegado <strong>de</strong> Tránsito tiene prioridad sobre la señalización