06.11.2014 Views

Capítulo 4 EVOLUCIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL

Capítulo 4 EVOLUCIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL

Capítulo 4 EVOLUCIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CAPÍTULO 14. LEGIS<strong>LA</strong>CIÓN AUTONÓMICA<br />

petencia desleal y de la publicidad para la mejora de<br />

la protección de los consumidores y usuarios, norma<br />

de transposición de la Directiva 2005/29/CE del<br />

Parlamento europeo y del Consejo, de 11 de mayo,<br />

relativa a prácticas comerciales desleales de las<br />

empresas en sus relaciones con los consumidores en<br />

el mercado interior.<br />

La Ley establece una reserva de denominaciones<br />

lo que conlleva una utilización de cada figura<br />

acorde al régimen jurídico establecido para cada<br />

una de ellas so pena de incurrir en un acto de<br />

engaño a la vista de lo dispuesto en el art. 5 de la<br />

Ley 3/1991, de 10 de enero, de competencia desleal.<br />

De la normativa de las CCAA ha sido relevante<br />

la desaparición de las autorizaciones administrativas<br />

a las que se vinculaba el inicio del ejercicio<br />

de la actividad promocional, requisito que obstaculizaba<br />

la prestación del servicio, de conformidad<br />

con la Directiva de servicios.<br />

Las comunidades autónomas de Canarias, Cantabria,<br />

Extremadura, Región de Murcia, La Rioja y<br />

las Ciudades de Ceuta y Melilla publican normativa<br />

anual para determinar sus calendarios de rebajas,<br />

no así en el resto de comunidades autónomas que<br />

cuentan con normas que contienen previsiones<br />

generales de repetida aplicación año tras año.<br />

La Comunidad de Madrid y la Región de Murcia<br />

anticipan el inicio del periodo de rebajas de invierno<br />

al día 1 y 2 de enero, respectivamente, aunque el criterio<br />

general en el resto de CCAA ha sido el de su<br />

inicio el día 7 de enero. En el periodo de rebajas de<br />

verano, la singularidad en el caso de la Comunidad<br />

Autónoma de Extremadura, la Comunidad Valenciana<br />

y la Comunidad de Madrid es que se adelanta<br />

al mes de junio su inicio (ver Cuadro 14.7) <br />

Cuadro 14.7<br />

CALENDARIO <strong>DE</strong> TEMPORADA <strong>DE</strong> REBAJAS PARA 2010<br />

Andalucía<br />

– Invierno:<br />

del 7 de enero al 7 de marzo<br />

– Verano:<br />

del 1 de julio al 31 de agosto<br />

Aragón Establecimientos >300 m 2 :<br />

– Invierno después del 6 de enero y terminarán en el mes de marzo por<br />

un periodo máximo de dos meses.<br />

– Verano:<br />

del 1 de julio al 1 de septiembre<br />

Los establecimientos

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!