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UNIVERSIDAD DE CARABOBO

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de edad, sufre unas quemaduras de tercer grado, a consecuencia de recibir un<br />

fulminante baño de ácido sulfúrico al cien por cien, cuando procedía a descargar<br />

una cisterna que transportaba el corrosivo líquido, sin percatarse, dado lo habitual<br />

de su labor, que la tapa de seguridad del tanque no había sido sujetada conforme<br />

a las reglas de seguridad. La situación fue intempestiva, Jesús sólo sentía como<br />

su piel se corrugaba como un papel de seda, incluso sus órganos sexuales.<br />

Los supervisores y demás compañeros de trabajo, tampoco estaban preparados<br />

para atender esta emergencia, ni siquiera la empresa contaba con las duchas de<br />

los neutralizantes requeridos por el reglamento de seguridad industrial en las<br />

maniobras con este tipo de ácidos, razón por la cual Jesús, fue expuesto a una<br />

ducha de agua que agravo su situación clínica. Fueron más de cuatro meses de<br />

terapia intensiva en una clínica privada de esta ciudad, Jesús logra sobrevivir<br />

milagrosamente; sin embargo, se convertía en un nuevo "Jorobado de<br />

Notredame", nacía un nuevo ser de un físico desconocido y repulsivo, pero con<br />

un espíritu sublime y angelical.<br />

No-conforme con el milagro acaecido, la empresa rechazó de plano, los<br />

requerimientos extrajudiciales que en un inicio sólo estaban limitados a los<br />

gastos clínicos, razón por la cual Jesús, convaleciente y con un grave shock posttraumático,<br />

inicia con denuncia penal en contra de los directivos de la empresa, el<br />

proceso establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio<br />

Ambiente de Trabajo; no pasaron dos meses para que la empresa accediera a las<br />

indemnizaciones solicitadas, todo en virtud que el nuevo proceso les<br />

obstaculizaba las defensas opuestas en un proceso previo en contra de ellos<br />

mismos.<br />

La indemnización lograda satisfacía sus expectativas económicas, pero no así los<br />

daños psíquicos que fueron finalmente, después de diez años la causa de su<br />

suicidio. Jesús, luego de haber logrado ocupar un status económico considerable,<br />

muere como un mendigo arruinado por su familia.<br />

De este caso se puede deducir que la Ley cumplió su cometido indemnizatorio,<br />

mas no prevencionistas, ya que se tuvo conocimiento de accidentes posteriores en<br />

la misma empresa causados por la falta de supervisión necesaria y exigida por la<br />

Ley.<br />

Este caso llama a una reflexión que es la siguiente: no hay indemnización que<br />

valga, lo justo y necesario es prevenir a los fines de no lamentar.<br />

Otro caso importante de resaltar es el caso de: Felix Gómez, habida cuenta de ser<br />

el único caso de accidente laboral casado por la Corte Suprema de Justicia a

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