Este documento fue publicado gracias al apoyo Técnico y ... - CRIN
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DEFINICIÓN DE NIÑO<br />
En la Ley de Protección Integr<strong>al</strong> de la Niñez y Adolescencia (LPINA), en el<br />
Artículo 2, se considera niño o niña a toda persona desde su concepción hasta<br />
que se cumple trece años de edad, y adolescente a toda aquella desde los trece<br />
hasta que cumple dieciocho años de edad. En este sentido, en relación a la<br />
Convención, se establece la protección de la niñez desde la concepción y no a<br />
partir de su nacimiento, y se introduce el concepto de “adolescencia” como una<br />
etapa en el desarrollo hacia la adultez.<br />
Posterior a la aprobación de la Ley de Protecciòn Integr<strong>al</strong> de la Niñez y<br />
Adolescencia, <strong>al</strong>gunas instituciones de gobierno han tomado medidas<br />
administrativas para el cambio de nombre de las dependencias responsables<br />
de las acciones dirigidas a la niñez y adolescencia, como por ejemplo la Unidad<br />
del Menor Trabajador la Unidad de Protección a la Adolescencia Trabajadora<br />
del Ministerio de Trabajo y Previsión Soci<strong>al</strong>. A pesar de las gestiones re<strong>al</strong>izadas<br />
el Congreso de la República aun no ha tomado la decisión administrativa del<br />
cambio de nombre de la Comisión del Menor y la Familia.<br />
REFERENCIA<br />
Decreto No. 27-2003 aprobado por<br />
el Congreso de la República el 4 de<br />
junio de 2003 y que entró en vigencia a<br />
partir del 19 de julio del mismo año.<br />
Lo estipulado es congruente con el<br />
Artículo 3º de la Constitución Política<br />
de la República de Guatem<strong>al</strong>a de<br />
1985 que dice: “El estado garantiza<br />
y protege la vida humana desde su<br />
concepción.”<br />
Persiste aun en el país, a pesar de los es<strong>fue</strong>rzos re<strong>al</strong>izados desde las<br />
organizaciones de la sociedad civil una concepción de la niñez, como objeto de<br />
protecciòn, debido a la persistencia de una estructura patriarc<strong>al</strong> y de prácticas<br />
discriminatorias por razones de edad y sexo.<br />
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