Minicentrales Hidroeléctricas.Pdf - Ciemat
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Factores económicos, administrativos y medioambientales<br />
75<br />
De acuerdo con el Artículo 14.1 del RD 249/1988, de 18 de marzo, se prescindirá del trámite de<br />
competencia de proyectos para los titulares de concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos<br />
en períodos de ejecución o explotación, que pretendan realizar una ampliación o<br />
modernización de los mismos, siempre que la potencia total no exceda de 5.000 KVA.<br />
Aprovechamientos en infraestructuras del estado<br />
Los aprovechamientos hidroeléctricos que se apoyan en infraestructuras construidas mediante<br />
aportación económica del Estado, con grandes desniveles como son las presas o las rápidas y<br />
saltos en canales, requieren una adjudicación previa mediante concurso.<br />
El artículo 132 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, indica que “cuando exista la posibilidad<br />
de utilizar con fines hidroeléctricos presas de embalse o canales, construidos total o<br />
parcialmente con fondos del Estado o propios del Organismo de cuenca, podrá sacarse a concurso<br />
público la explotación de dicho aprovechamiento”.<br />
El procedimiento sustituye la fase de competencia de proyectos por la del concurso redactándose<br />
un Pliego de Bases en el que se indica el objeto del mismo, obras que pueden ser<br />
aprovechables, régimen normal de explotación del embalse o del canal y cuantos datos se consideren<br />
de interés. Para la adjudicación se tiene en cuenta la idoneidad del proyecto, máxima<br />
utilización de la energía, mejor canon y plazo de concesión entre otras cuestiones.<br />
Una vez adjudicado el concurso a la mejor o más idónea de las proposiciones a juicio de la Administración,<br />
se continúa la tramitación del expediente concesional en la forma descrita en el<br />
apartado anterior “procedimiento”.<br />
Al adjudicatario se le fija un plazo de seis meses para formalizar la solicitud de concesión, que<br />
deberá ir acompañada del proyecto de construcción y de la fianza que equivale al 1% del presupuesto<br />
de las obras, junto con el resto de la documentación que se solicite.<br />
Los<br />
aprovechamientos<br />
hidroeléctricos que<br />
se apoyan en<br />
infraestructuras del<br />
Estado requieren<br />
una adjudicación<br />
previa mediante<br />
concurso